Norma Legal Oficial del día 15 de Noviembre del año 2007 (15/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
MORDAZA ­ Quillabamba y viceversa

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de noviembre de 2007

Flota vehicular: Tres (03) vehiculos Operativa: Dos (02) vehiculos VG-5694 y VG-6058 Reserva: un (01) vehiculo UD-3071 Articulo Quinto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO ALAS DORADAS S.R.LTDA., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Sexto.- La EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO ALAS DORADAS S.R.LTDA. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo establecido en el parrafo precedente, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Setimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 126144-1

VIVIENDA
Aprueban transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Quinches y Quinocay y Provincial de MORDAZA, para la ejecucion de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 573-2007-VIVIENDA MORDAZA, 12 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del articulo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Ley Nº 28979, se aprobo el Credito Suplementario para el Ano Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con Resolucion Ministerial Nº 039-2007-VIVIENDA por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 956 765, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el ano fiscal 2007, dispone que para los casos de ejecucion de proyectos a traves de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto para cuyo efecto debera suscribirse previamente, convenios; y

en el caso de ejecucion de proyectos por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano" y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para proyectos de inversion y saneamiento se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Informe Tecnico Nº 455-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, y asimismo, ha emitido opinion favorable respecto a la transferencia financiera a realizarse a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINCHES ubicada en la Provincia de Yauyos, Departamento de MORDAZA, para la elaboracion del Perfil Recargado y Expediente Tecnico del referido proyecto, por una suma de hasta por S/. 210,000.00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2007, Ley Nº 28979 y Ley Nº 29035; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 210,000,00 (Doscientos diez mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINCHES, Provincia de Yauyos, Departamento de MORDAZA, para la elaboracion del Perfil Recargado y del Expediente Tecnico del proyecto descrito en el Anexo A que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolucion. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la elaboracion del Perfil Recargado y del Expediente Tecnico del proyecto detallado en el Anexo A, quedando prohibido que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINCHES efectue anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2°.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presente ano fiscal 2007, de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- De conformidad con la Ley Nº 28979, los desembolsos solo se efectivizaran luego que la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUINCHES, presente al Programa Agua Para Todos, el contrato de ejecucion de estudios, obra o supervision del proyecto, asi como las valorizaciones, informes de avance de ejecucion, u otro documento relacionado a componentes aprobados en la viabilidad del proyecto, segun corresponda; y de conformidad con los articulos 237º, 243º, 246º y demas normas pertinentes del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM que le MORDAZA aplicables. El cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B podra ser materia de modificacion en funcion de los resultados de la ejecucion del proyecto, asi como por factores externos no previsibles. El cronograma actualizado (o modificado) debera contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua para Todos. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos

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