Norma Legal Oficial del día 16 de Noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

357659

Visto los escritos con Registro N° 00015832 de fechas 5 y 26 de marzo, y 20 de setiembre del 2007 presentados por la empresa PESCO MORDAZA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que el numeral 52.4 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (01) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; Que mediante Resolucion Directoral N° 325-2005PRODUCE/DNEPP del 8 de noviembre del 2005 se otorgo a la empresa PESCO MORDAZA S.A.C. licencia de operacion para que desarrolle la actividad de productos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado Parcela G Lote C MORDAZA Industrial de Talara, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 22 t/dia; Que la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2001-PE, regula entre otros, los requerimientos y las condiciones sanitarias para la ubicacion, diseno, construccion y equipamiento de los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, la empresa PESCO MORDAZA S.A.C. solicita autorizacion para el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos de 22 t/dia a 34 t/dia, en el establecimiento industrial pesquero citado en el considerando anterior; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, con fecha 9 de febrero del 2007 expide el Certificado Ambiental N° 011-2007-PRODUCE/ DIGAAP, mediante el cual califica favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y publicado mediante Resolucion Ministerial N° 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar la autorizacion de aumento de capacidad solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe N° 3772007-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la conformidad de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el numeral 4 inciso b) del articulo 43°, los articulos 44° y 46° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, los articulos 49°, 52° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y publicado mediante Resolucion Ministerial N° 341-2005-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006PRODUCE;

Articulo 1°.- Otorgar a la empresa PESCO MORDAZA S.A.C. autorizacion para el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos de 22 t/dia a 34 t/dia, en su establecimiento industrial pesquero ubicado Parcela G Lote C MORDAZA Industrial de Talara, distrito de Parinas, provincia de Talara, departamento de Piura. Articulo 2°.- La empresa PESCO MORDAZA S.A.C. debera instalar el aumento de la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun el Certificado Ambiental N° 011-2007PRODUCE/DIGAAP del 9 de febrero del 2007. Articulo 3°.- Otorgar a la empresa PESCO MORDAZA S.A.C, el plazo de un (01) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite de haber realizado una inversion sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del periodo inicialmente autorizado; para que la interesada concluya con la instalacion de la planta de congelado con una capacidad de 34 t/dia. La licencia de operacion correspondiente debera solicitarse dentro de un plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo de la autorizacion o de ser el caso, de la fecha de vencimiento del plazo de su renovacion. Articulo 4°.- Vencido el plazo inicial o la renovacion, si esta hubiese sido otorgada, la autorizacion de instalacion senalada en el articulo 1° caducara de pleno derecho en caso de no haberse verificado la instalacion total del establecimiento industrial pesquero. Articulo 5°.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2° y 3° de la presente Resolucion, sera causal de caducidad del derecho otorgado, o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 6°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 132458-4

Otorgan autorizacion de incremento de flota por sustitucion de embarcacion pesquera a favor de Pesquera Isa S.R.Ltda.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 448-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 11 de octubre del 2007 Visto el Escrito y Adjuntos 01, 02 y 03 con Registro Nº 00059045, de fechas 22 y 29 de agosto, 11 de septiembre y 05 de octubre de 2007, presentados por PESQUERA ISA S.R.Ltda. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 180-95-PE, de fecha 3 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.R.LTDA., para operar la

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