Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2007 (21/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

358007

conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores involucrados; Que, la situacion de desabastecimiento inminente esta acreditada en el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, asi mismo el Subcapitulo II del mismo Reglamento establece el procedimiento de Exoneracion, para lo cual se debe tener en cuenta el Informe Tecnico-Legal emitido por el Asesor Legal de nuestra Municipalidad Distrital de Cajaruro, disponiendose la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun, corresponda; igualmente se debe seguir estrictamente el procedimiento aprobado por el Art. 148º del Reglamento, invitando a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion; Que, en este estado y habiendose contado con el Informe de la Coordinadora del Programa del Vaso de Leche, asi como del Informe Tecnico-Legal del Asesor Legal de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, y con la propuesta de que se declare la Situacion de Desabastecimiento Inminente, la adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche por el periodo de 30 dias calendario; propuesta que fue votada por la totalidad de los Regidores integrantes del Concejo Municipal, segun consta en la respectiva Acta; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Nº 27972, y contando con el MORDAZA del numero legal de Regidores del Concejo Municipal asistentes a la Sesion Extraordinaria de la fecha; ACUERDA: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE LA SITUACION DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE para la Adquisicion del insumo complementario para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Cajaruro, segun el siguiente detalle: · Producto · · · · · · · · · · · : Leche evaporada entera de hojalata de 410 gr. Cantidad : 19,153. latas. Valor Referencial : S/. 37,540.88 Precio Unitario : 1.96/ lata. Periodo : 30 dias calendario. Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Ano 2007. Producto Cantidad Valor Referencial Precio Unitario Periodo Fuente de Financiamiento : : : : : : Maca MORDAZA en Hojuelas. 5,614.41 Kg. 38,177.99 6.80/Kg. 30 dias calendario. Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales del Ano 2007.

Registrese, comuniquese, cumplase y archivese.

133800-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJAY
Exoneran de procesos de adjudicacion directa selectiva la adquisicion de unidades vehiculares para la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-1-2007-CM/MDC
Cajay, 26 de octubre del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJAY, PROVINCIA DE MORDAZA, REGION DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 014-2007-AJ/MDC remitido por la Oficina de Asesoria Juridica de esta Comuna, Informe Nº 423-2007-JA/MDC elevado por la Oficina de Abastecimiento de esta Comuna, referente a la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la Adquisicion de unidades vehiculares para la Municipalidad Distrital de Cajay; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; y concordante con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Numeral 6.2 del Articulo 4º de la Ley Nº 27506 ­ Ley del Canon, modificado por el Articulo 4 de la Ley Nº 28077, senala "que los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon seran utilizados exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectivamente, a cuyo efecto establecen una cuenta destinada a esta finalidad"; Que, el inciso d), del Numeral 4.3., del Articulo 4º de Ley Nº 28927 - LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2007, senala que "queda prohibida la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons salvo para la reposicion en caso de perdida total"; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, mediante comunicado publico difundido en su web site, con fecha 11 de agosto del 2007, puntualizo al Gobierno Regional de MORDAZA y a los Gobiernos Locales, Provinciales y Distritales de dicha Region, que " la Ley General de Presupuesto autoriza el uso del 20% del Canon Minero para el mantenimiento de infraestructura y hasta el 5% para el desarrollo de perfiles de proyectos de inversion., en consecuencia "la adquisicion de las ambulancias, a las que hace referencia el gobierno regional de MORDAZA las puede adquirir via un proyecto de inversion, sin necesidad de un decreto de urgencia"; Que, es necesario senalar que la Oficina de Defensa Civil de la Region MORDAZA, mediante el Informe ER. Nº 0307-REGION ANCASH/GRRRNGMA-SGDC-JRS, precisa que habiendose realizado los estudios sobre zonas de alto riesgo en la carretera Huayochaca - Cajay, se concluye que las condiciones geodinamicos de inestabilidad de la MORDAZA inspeccionada establece un alto riesgo de colapso de la mencionada carretera, la misma que viene originando deslizamiento de suelos, afectando las seguridad e integridad fisica de las personas, causando un riesgo en los bienes de propiedad privada y las actividades socioeconomicas de los humildes pobladores de la MORDAZA, por lo que se hace necesario contar con unidades vehiculares

Segundo.- Exonerar del correspondiente MORDAZA de Seleccion, la adquisicion de Leche Evaporada Entera en envases de hojalata de 410 gramos, y Maca MORDAZA en Hojuelas en envases de polipropileno de 01 Kg.; y , asi mismo, autorizar a la Unidad de Abastecimiento de nuestra Municipalidad Distrital de Cajaruro, la ejecucion de las acciones conducentes a la adquisicion del producto solicitado por los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche, en estricto cumplimiento del Art. 148º del D.S. Nº 084-2006-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Tercero.- Remitir MORDAZA de todo lo actuado a la Gerencia Municipal de nuestra Municipalidad, a fin de que establezca las responsabilidades a que hubiera lugar en los Funcionarios o Servidores que omitieron la adopcion de las acciones con el fin de asegurar la provision de forma oportuna. Cuarto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (10) dias habiles a su adopcion; e igualmente remitir MORDAZA del presente Acuerdo y de los Informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del mismo plazo.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.