Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

debera elaborar un programa de capacitacion teoricopractico, de frecuencia periodica, que considere el dictado de charlas y la distribucion de folletos.

- Flotabilidad de la tuberia - Esfuerzos de tension o compresion en la tuberia causados por su propio peso h) Se debe considerar el efecto de elevaciones temporales de presion causadas, entre otros, por el cierre intempestivo de valvulas de bloqueo. i) Se tomaran en cuenta las normas del Sistema de Integridad de Ductos, para las Areas de Alta Consecuencias. j) El disenador proveera proteccion adecuada para prevenir danos a la tuberia por causas externas, dentro de esta proteccion debera incrementarse el espesor de la tuberia y tomar precauciones para prevenir la erosion del derecho de via, instalar anclajes, soportes internos a la zanja, medios de impedir danos a la superficie del derecho de via, drenajes, entre otros. k) Las consideraciones geologicas, hidrologicas y geodinamicas con las cuales se propondran las soluciones de diseno en casos que atraviesen tramos criticos (inestabilidad de terreno, fallas geologicas, zonas altamente erosionables, etc.) de la traza planteada. En condiciones topograficas adversas o situaciones constructivas especiales tales como tramos en media ladera y cruces de MORDAZA, en los que se debera realizar movimientos de tierra adicionales para darle estabilidad al terreno para la instalacion del Ducto, de ser necesario ampliar el derecho de via a mas de 25 m durante la etapa de construccion; se debera presentar al OSINERGMIN el estudio tecnico correspondiente de cada lugar especifico, justificando las areas adicionales a afectar durante esta etapa. Al culminar la instalacion del Ducto se requerira la restauracion final de las areas adicionales para la conformacion del Derecho de Via. l) Para clasificar la Localizacion de Area, para Ductos de Gas Natural, se debe considerar los probables usos futuros de la misma. Una vez definida la clasificacion de la Localizacion de Area, esta debera comunicarse a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes con el objeto que incluyan en los planos catastrales las areas asi definidas correspondientes al Derecho de Via. En caso se deba hacer una modificacion que pudiera cambiar la Localizacion de Area, esta debe ser comunicada al Operador del Ducto, con el objeto que se tomen las precauciones pertinentes. Debe ademas incluirse en esos planos catastrales cada Area de Alta Consecuencia y el Area Circular de Impacto definidas por el Radio Circular de Impacto, con el objeto que controlen el crecimiento de las areas urbanas en dichas zonas. m) Para los Ductos de Hidrocarburos Liquidos debera determinarse las Areas de Alta Consecuencia, y estas deberan comunicarse a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspondientes con el objeto que incluyan en los planos catastrales las areas asi definidas correspondientes al Derecho de Via, con el objeto de que controlen el crecimiento de las areas urbanas en dichas zonas. n) Para la instalacion de un Ducto en el Derecho de Via, donde existe un Ducto ya instalado, se debera considerar las condiciones de seguridad, del ducto mas exigente. En las Estaciones, las tuberias auxiliares para aceite lubricante, agua, vapor, MORDAZA, fluido hidraulico, deberan ser disenadas de acuerdo con la MORDAZA ANSI/ASME B31.3 - "Process Piping". Articulo 15º.- Contenido del Estudio de Riesgo El Estudio de Riesgos debe contener como minimo lo siguiente: a) Considerar todo MORDAZA de fallas incluyendo fugas menores, fugas mayores y roturas. b) Identificar las causas de fallas primarias que pudieran resultar en una de mayores consecuencias. c) Estimar la probabilidad y frecuencia de incidentes. d) Estimar el area que sera afectada en caso de un escape o derrame, incluyendo la radiacion termica de gas encendido o liquidos y el destino final de los liquidos derramados. e) Estimar las consecuencias peligrosas para las personas y el ambiente en el area afectada. f) Estimar el efecto de la ocurrencia para cada MORDAZA de falla. g) Estimar danos severos de personas en areas de poblaciones aledanas al Derecho de Via, en areas de concentracion MORDAZA como colegios, hospitales, etc.

TITULO II DISENO
Articulo 12º.- Informe Tecnico Favorable del Manual de Diseno El interesado debera obtener el Informe Tecnico Favorable del Manual de Diseno del OSINERGMIN, en el plazo que establezca el Contrato de Concesion o los terminos de la licitacion o concurso publico por el que se ha obtenido el Contrato de Concesion. En todos los casos, cuando existan demoras en la obtencion del Informe Tecnico Favorable los plazos contractuales corren a partir de la aprobacion del mismo. Articulo 13º.- Modificacion del Manual de Diseno Los planos detallados para la construccion asi como las especificaciones detalladas de materiales y equipos, seran desarrolladas en base a lo indicado en el Manual de Diseno. De producirse situaciones que obligaran al Operador a realizar modificaciones en el Manual de Diseno revisado por OSINERGMIN, el Operador debera gestionar ante dicho organismo, la emision de un MORDAZA Informe Tecnico Favorable, el cual sera requisito para proceder con la ejecucion de los cambios. Articulo 14º.- Criterios de Diseno El Ducto debe ser disenado de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento y las Normas ANSI/ASME B31.4 o ANSI/ASME B31.8, en lo que corresponda, teniendo en cuenta lo siguiente: a) Se debe considerar todas las fuerzas externas que pudieran actuar sobre las tuberias y demas instalaciones. Las fuerzas externas a ser consideradas incluiran las derivadas de fenomenos geologicos, de vibraciones mecanicas o sonicas, o al peso de accesorios especiales, entre otras. El espesor de la tuberia debe proporcionar suficiente resistencia para evitar la deformacion o colapso tomando en consideracion sus propiedades mecanicas, variaciones permisibles en el espesor, ovalidad, esfuerzos por dobladura, peso del material de cobertura y otros efectos externos. b) Se debe considerar todas las fuerzas internas que pudieran actuar en las tuberias y demas instalaciones tales como presion fluyente, presion para vencer la altura hidrostatica, las perdidas por friccion, contrapresiones y las cargas de expansion y contraccion termica. c) Las temperaturas minimas y maximas de las zonas por donde transcurren las tuberias y donde estan ubicadas sus Estaciones. d) Las tuberias del Ducto deben ser disenadas considerando el control de fractura, de acuerdo a las pruebas estipuladas en las Normas ANSI/ASME B31.4 o ANSI/ASME B31.8, y en los requerimientos de la MORDAZA API 5L, estableciendose el requerimiento de aplicar el Nivel de Especificacion del Producto (Product Specification Level) PSL 2, salvo aquella que no aplique de acuerdo al Anexo F del API 5L. e) En el diseno de las tuberias del Ducto de Hidrocarburos Liquidos se debe considerar el efecto de incremento de presion causado por el calentamiento del fluido en condicion estatica y el flujo pulsante en zonas de funcionamiento de los Ductos como MORDAZA ("slack flow"); asi como, el efecto dinamico sobre los sistemas de regulacion de presion en el Ducto. Igualmente, debera tomarse en consideracion el analisis de fenomenos pasajeros ("transient analysis"). f) En el calculo de los diametros de las tuberias de las estaciones de bombeo se tendra en cuenta la velocidad del fluido para minimizar la acumulacion de agua y sedimentos. g) Se deben considerar en los criterios para los calculos de diseno de las tuberias: - Movimientos o deslizamientos de tierra - Peso de la tuberia - Analisis de esfuerzos de la tuberia como viga - Efectos de compresion por la sobrecarga en la superficie - Perdida de soporte de la tuberia - Vibraciones causadas por agentes externos

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