Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

reparacion que requieran desocupar las tuberias de un tramo del Ducto. f) Las Estaciones deben contar con un sistema alterno de suministro electrico que permita operar los sistemas de control e iluminacion de emergencia, y aplicar los procedimientos de emergencia manteniendo operativos los servicios esenciales. g) Las instalaciones deben estar disenadas para garantizar el acceso adecuado de personal durante todo el ano, y evitar el ingreso de personal no autorizado. h) Las instalaciones electricas deben ser disenadas y construidas de acuerdo al Codigo Electrico Nacional, las Normas ANSI/NFPA 70 ("National Electric Code" - USA), y API RP 500 ("Classification of Locations for Electric Installations at Petroleum Facilities") o ANSI/API RP 505 ("Recommended Practice for Classification of Locations for Electrical Installations at Petroleum Facilities Classified as Class I, Zone 0, and Zone 2"). i) Las MORDAZA de control de las Estaciones, deben estar adecuadamente separados del equipamiento al cual controlan. j) Las edificaciones de las Estaciones se deberan construir con materiales incombustibles. k) Las lineas de conduccion electrica y telefonica, deben tener cubierta protectora para prevenir danos mecanicos y mordedura de roedores. l) El nivel de emision de ruido dentro de las instalaciones debe cumplir con lo dispuesto por la normativa nacional, y en ausencia de MORDAZA por la OSHA, y no debe exceder de 70 decibeles medido en el limite de propiedad de la Estacion. Articulo 25º.- Normas aplicables para el diseno, fabricacion e instalacion de medidores Para los Hidrocarburos Liquidos, los medidores para proposito de transferencia de custodia y sus dispositivos de prueba (calibracion), seran disenados, fabricados e instalados de acuerdo con la MORDAZA API -"Manual of Petroleum Measurements Standards". Para el Gas Natural, deberan cumplir con lo especificado en la MORDAZA AGA - Gas Measurements Manual.

de supervision y fiscalizacion. OSINERGMIN podra observar cualquier detalle o procedimiento del Manual para la Construccion que no este de acuerdo con lo que indica el Manual de Diseno o las normas aplicables. No esta permitida la construccion de un Ducto, y posterior regularizacion documentaria, debiendo OSINERGMIN proceder a cerrar las instalaciones y aplicar las sanciones correspondientes. En este caso, las tuberias deberan ser desenterradas, las soldaduras deberan ser rehechas por soldadores calificados, de acuerdo al procedimiento de soldadura aprobado y por soldadores calificados previamente, cuando el Operador obtenga la autorizacion correspondiente. Debera comprobarse la idoneidad del recubrimiento de la tuberia y efectuarse la prueba hidrostatica que corresponda. Articulo 29º.- Paralizacion de los trabajos de construccion OSINERGMIN dispondra la paralizacion de los trabajos de construccion si no ha recibido el Manual para la Construccion. Articulo 30º.- Certificacion de tuberia y equipos Las tuberias y equipos principales del Ducto deben ser probados y certificados en fabrica. Articulo 31º.- Soldaduras realizadas por personal no calificado En caso de soldadura de tuberias realizadas por personal no calificado o procedimiento de soldadura no aprobado, estas deberan ser rehechas. Articulo 32º.- Radiografias de soldaduras no inspeccionadas Todas aquellas soldaduras que no hayan sido inspeccionadas de acuerdo a la MORDAZA, seran 100% radiografiadas o inspeccionadas utilizando otros metodos aceptados por OSINERGMIN.

TITULO III CONSTRUCCION Capitulo Primero Requisitos Generales
Articulo 26º.- Manual para la Construccion MORDAZA del inicio de la construccion debera entregarse al OSINERGMIN el EIA aprobado, el Manual para la Construccion, un programa de construccion, en el que incluira el Manual de Seguridad, relativo al mismo, y el Plan de Contingencias para esta etapa. El Manual para la Construccion debera contener los estudios geologicos, geotecnicos, hidrogeologia y geodinamicos, en los cuales se propongan soluciones al diseno para los tramos criticos (inestabilidad de terreno, fallas geologicas, zonas altamente erosionables, entre otros) de la traza planteada. Las especificaciones para las diferentes fases de los trabajos de construccion del Ducto contenidas en el Manual para la Construccion deben proporcionar los suficientes detalles para verificar que han sido elaboradas de acuerdo con el Manual de Diseno, las presentes Normas de Seguridad y con otras normas aplicables. Los Operadores de Sistemas de Transporte, Ductos Principales, Ductos para Uso Propio y Sistema de Recoleccion e Inyeccion deben de identificar en el Manual para la Construccion las Areas de Alta Consecuencia, en las cuales deben seguirse lo indicado para dichas areas en el Anexo 2. Articulo 27º.- Programa de Gestion de Calidad El Operador debe establecer un Programa de Gestion de Calidad para la supervision de la fabricacion de la tuberia, accesorios y equipos para las Estaciones, asi como tambien para la construccion, instalacion y reparacion del Ducto. Articulo 28º.- Cumplimiento de Normas de Seguridad en la construccion La ejecucion de los trabajos de construccion debera realizarse en estricto cumplimiento de lo establecido en las presentes Normas de Seguridad, el Manual de Diseno, el Manual para la Construccion y demas documentos que hayan sido entregados al OSINERGMIN para sus labores

Capitulo MORDAZA Actividades en el Derecho de Via
Articulo 33º.- Precauciones para reducir alteraciones en el terreno en donde exista Derecho de Via El Operador debera tomar todas las precauciones y cuidados posibles para reducir al minimo la alteracion del terreno, en donde se esta construyendo el Derecho de Via y posteriormente para mantenerlo estable, incluso en condiciones climaticas adversas. Articulo 34º.- Limpieza, nivelacion del terreno y movimiento de tierras Se debe limitar la limpieza, nivelacion del terreno y movimiento de tierras a lo estrictamente necesario para la adecuada realizacion de los trabajos. Articulo 35º.- Manejo de explosivos Los explosivos necesarios durante la fase de construccion o reparacion del Ducto deberan almacenarse y manipularse segun normas y procedimientos de la DISCAMEC y segun lo dispuesto en el Reglamento de las Actividades de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2004-EM, y sus modificatorias, complementarias o sustitutorias, en lo que sea aplicable. Articulo 36º.- Manipulacion de tuberia Se debe tener cuidado en la seleccion de los equipos y metodos utilizados para la manipulacion, transporte, apilamiento y almacenamiento de tuberia, para prevenir danos de la misma y de su revestimiento; manteniendo la proteccion de los biseles de las tuberias, hasta MORDAZA de soldarse. Articulo 37º.- Cambio de direccion de la tuberia Los cambios de direccion de la tuberia en la construccion del Ducto, deberan realizarse de acuerdo a la MORDAZA ANSI/ASME correspondiente. No esta permitido el uso de curvas confeccionadas con tuberias dobladas que presenten arrugas ("wrinkle bends"). Articulo 38º.- Precaucion MORDAZA de iniciar la soldadura de la tuberia Despues del alineamiento de las tuberias y MORDAZA del MORDAZA de soldadura de las tuberias del Ducto, se debe

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