Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

la realizacion del "Cuarto Programa de Certificados de Depositos Negociables de Banco Falabella Peru S.A." hasta por el importe MORDAZA en circulacion de S/.320 000 000,00 (Trescientos Veinte Millones y 00/100 nuevos soles); asi como las condiciones generales del Programa; Que, en ningun momento el monto en circulacion del Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables de Financiera CMR mas el monto en circulacion del "Cuarto Programa de Certificados de Depositos Negociables de Banco Falabella Peru S.A." podra exceder el monto MORDAZA de S/. 320 000 000,00 (Trescientos Veinte Millones y 00/100 nuevos soles); Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "C" mediante Informe Nº 160-2007DEB "C"; por el Departamento de Evaluacion de Riesgos de MORDAZA y Liquidez mediante Informe Nº 112-2007DERML; por el Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 9282007-LEG; y, con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 348º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente acerca de la emision de Certificados de Deposito Negociables denominada "Cuarto Programa de Certificados de Depositos Negociables de Banco Falabella Peru S.A." a inscribirse proximamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de la CONASEV, que realizaria el Banco Falabella Peru S.A., hasta por un importe MORDAZA en circulacion de S/. 320 000 000,00 (Trescientos Veinte Millones y 00/100 nuevos soles). Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Ley 27806, asi como clasificar la informacion de caracter reservada y confidencial de la institucion; Que, adicionalmente resulta necesario designar a un tecnico en informatica a fin de que se encargue de elaborar y actualizar el MORDAZA de internet de la UNTECS, signado con las siglas www.untecs.edu.pe; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 056-2006UNTECS, de fecha 25 de agosto de 2006, se designo al Funcionario Responsable de brindar la informacion bajo los mecanismos establecidos en la Ley Nº 27806, asi como al Tecnico Responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de internet de la UNTECS, no habiendose designado al Funcionario Responsable de clasificar la informacion de caracter reservada y confidencial de la institucion, por lo que resulta necesaria su designacion; Que, estando a las atribuciones que confieren la Ley Universitaria Nº 23733, asi como el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU- Resolucion Nº 100-2005-CONAFU, al Presidente de la Comision Organizadora; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Funcionario Responsable de brindar la informacion bajo los mecanismos establecidos en la Ley Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y acceso a la Informacion Publica", modificada por la Ley Nº 27297, de fecha 3 de febrero del ano 2003, al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Crovetto- Secretario General y Jefe de la Oficina General de Asesoria Legal de la UNTECS. Articulo Segundo.Designar como Tecnico Responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de internet de la UNTECS al Sr. Yimmy MORDAZA MORDAZA, Encargado de la Oficina de Informatica de la Universidad. Articulo Tercero.- Designar como responsable de la clasificacion de la informacion confidencial y reservada de la Universidad al Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CrovettoSecretario General y Jefe de la Oficina General de Asesoria Legal de la UNTECS. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 056-2006-UNTECS, de fecha 25 de agosto de 2006, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese.

134499-1

UNIVERSIDADES
Designan funcionario y tecnico responsables de brindar informacion y de elaborar y actualizar el MORDAZA de internet de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur de MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLOGICA DEL MORDAZA SUR DE MORDAZA RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 111-2007-UNTECS
MORDAZA, 3 de octubre de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27413, de fecha 10 de enero del 2001, se crea la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur de MORDAZA (UNTECS), con sede en el Distrito de MORDAZA El MORDAZA, Provincia y Departamento de Lima; Que, por Resolucion Nº 178-2005-CONAFU, de fecha 29 de setiembre de 2005, el CONAFU reconoce a la Comision Organizadora de la UNTECS; Que, con fecha 2 de agosto del ano 2002, el Congreso de la Republica dicto la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica", modificada por la Ley Nº 27297, de fecha 3 de febrero del ano 2003, las cuales establecen la obligacion de las entidades publicas de poner a disposicion en sus respectivos portales de internet informacion de manejo publico; Que, segun lo establecido en el articulo 8º de la Ley Nº 27297, las entidades publicas deberan designar al Funcionario Responsable de brindar informacion a quien lo solicite, mediante los mecanismos establecidos en la

MORDAZA PISCOYA MORDAZA Presidente de la Comision Organizadora

135086-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Aceptan renuncia de Director de la Direccion de Comunicaciones y Asuntos Sociales de PROINVERSION
RESOLUCION DEL DIRECTOR EJECUTIVO N° 089-2007
MORDAZA, 20 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28660, se determina la naturaleza juridica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, como organismo publico descentralizado adscrito al sector economia y finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, el articulo 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION aprobado por Decreto Supremo N° 039-2006-EF, en su inciso 5 establece la

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