Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 2007 (22/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de noviembre de 2007

que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Bolser S.A.C., en su calidad de originador y entidad estructuradora; a Credititulos Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de Asset Manager, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A.; y, a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Director de Patrimonios Autonomos (e)

133873-1

CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a GOBNET S.A.C. con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1147-2007-TC-S3
Sumilla: Existe una presuncion legal de que el incumplimiento de obligaciones o su cumplimiento parcial, MORDAZA o defectuoso, es atribuible a la parte que debio ejecutarlas, salvo que esta demuestre que el incumplimiento se produjo a pesar de haber actuado con la diligencia ordinaria exigida por la naturaleza de la prestacion, o que la causa de MORDAZA fue un caso fortuito o fuerza mayor. MORDAZA, 20 de agosto de 2007 Visto, en sesion de fecha 25 de junio de 2007 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 1213.2006.TC sobre la aplicacion de sancion a la empresa Gobnet S.A.C. por supuesta responsabilidad en dar lugar a la resolucion de la Orden de Servicios Nº 0000276 por causal atribuible a su parte, materia de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 044-2005-SEPS, convocada por la Superintendencia de Entidades Prestadoras Salud, para la contratacion de servicios de produccion de CD; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 4 de noviembre de 2005, la Superintendencia de Entidades Prestadoras Salud, en adelante la Entidad, convoco a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 044-2005SEPS, para la contratacion de servicios de produccion de CD, por un valor referencial de S/. 8 200,00 (Ocho mil doscientos con 00/100 nuevos soles). 2. El 08 de noviembre de 2005, el Comite Especial otorgo la buena pro del MORDAZA de seleccion a la empresa Gobnet S.A.C., en adelante la Contratista. 3. El 11 de noviembre de 2005, la Contratista recibio la Orden de Servicios Nº 0000276 por S/. 8 140,00 (Ocho mil ciento cuarenta con 00/100 nuevos soles). Asimismo, la Entidad entrego a la Contratista informacion sobre la normatividad del Sistema Complementario de la Seguridad Social, normas conexas y resoluciones de la Entidad,

conforme a lo estipulado en el numeral 5.1 de las Bases Administrativas. 4. A traves de dos empleados de la Contratista la Entidad tomo conocimiento de los problemas administrativos y laborales de la empresa, como consecuencia del subito fallecimiento de su representante legal; motivo por el cual con fecha 06 de diciembre de 2005, la Entidad le remitio la Carta Notarial Nº 000152005-SEPS/OAJ en la que otorgo el plazo de cuarenta y ocho (48) horas a efectos que cumpla sus obligaciones. Cabe senalar que en el reverso de la citada misiva, la Notaria Liova Schiaffino de MORDAZA, encargada de realizar la diligencia de notificacion, dejo MORDAZA que esta no pudo ser entregada debido a que el destinatario se habia mudado del domicilio, sito en Pasaje MORDAZA MORDAZA Nº 129, Oficina 1201, Miraflores. 5. Mediante Carta Notarial Nº 00375-2005-SEPS/OAF del 23 de diciembre de 2005, la Entidad otorgo el plazo de cuarenta y ocho (48) horas para la realizacion del servicio, bajo apercibimiento de resolver la orden emitida. Esta carta tambien fue remitida al domicilio citado por lo que tampoco pudo ser notificada. 6. Con Carta Notarial Nº 00146-2006-SEPS/OAF del 28 de junio de 2006, la Entidad remitio a la Contratista MORDAZA de la Resolucion de Intendencia General Nº 0242006-SEPS/IG del 20 de junio de 2006, a traves de la cual resolvio la Orden de Servicios Nº 0000276. En el reverso de dicha comunicacion, el Notario MORDAZA MORDAZA de Cerra MORDAZA, encargado de realizar la notificacion, dejo MORDAZA que esta no pudo ser entregada debido a que el destinatario se habia mudado del domicilio indicado (Pasaje MORDAZA MORDAZA Nº 129, Oficina 1201, Miraflores) hace un ano. 7. El 23 de MORDAZA de 2006, la Entidad publico en el Diario Oficial El Peruano la resolucion contractual por causal atribuible a la Contratista. 8. El 05 de setiembre de 2006, la Entidad solicito al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en adelante el Tribunal, que imponga sancion administrativa a la Contratista por el incumplimiento de sus obligaciones. 9. El 08 de setiembre de 2006, el Tribunal requirio a la Entidad que indique si la controversia habia sometida a procedimiento arbitral u otro mecanismo de solucion de la sancion de la misma. 10. El 11 de octubre de 2006, la Entidad indico que la resolucion del contrato no habia sido sometida a mecanismo alternativo de solucion de conflictos. Asimismo, indico que remitio las Cartas Notariales Nº 00015-2005SEPS/OAJ, 00375-2005-SEPS/OAF y 00146-2006-SEPS/ OAF al domicilio senalado por la Contratista en el contrato, el cual debia tenerse por valido en tanto este no habia comunicado su variacion. 11. El 12 de octubre de 2006, el Tribunal inicio procedimiento administrativo sancionador a la Contratista por supuesta responsabilidad en la resolucion de la Orden de Servicio Nº 0000276 por causal atribuible a su parte, y la emplazo para que formule sus descargos en el plazo de diez (10) dias. 12. Habiendose agotado todas las gestiones para conocer otro domicilio MORDAZA de la Contratista, en aras de cautelar su derecho de defensa, mediante publicacion efectuada el 22 de noviembre de 2006 en el Diario Oficial El Peruano se le notifico para que formule sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en autos. 13. No habiendo cumplido la Contratista con formular sus descargos, el 12 de diciembre de 2006 se hizo efectivo el apercibimiento decretado y se remitio el expediente a la Sala Unica del Tribunal para que resuelva. 14. Mediante Resolucion Nº 279-2007-CONSUCODE/ PRE de fecha 21 de MORDAZA de 2007 se reconformo la Tercera Sala del Tribunal, por lo que mediante decreto de fecha 4 de junio de 2007 se dispuso la remision del expediente a la Tercera Sala. FUNDAMENTACION 1. El presente procedimiento esta referido a la supuesta responsabilidad de la empresa Gobnet S.A.C. por dar lugar a la resolucion de la Orden de Servicios Nº 00002761 por causal atribuible a su parte; infraccion tipificada en

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Documento obrante a fojas 032 del expediente administrativo.

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