Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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costo fijado esta basado en las compras corporativas de Hidrandina. Asimismo, los costos considerados por OSINERGMIN distan mucho del promedio remitido por las empresas concesionarias de $17,34 y en especifico de los $18,37 de HIDRANDINA, por lo que solicita reconsiderar los costos fijados para este elemento de la conexion, debiendose basarse en las cotizaciones del MORDAZA y los precios remitidos por las concesionarias. Agrega que OSINERGMIN no ha dado valor alguno a las informaciones remitidas por las concesionarias, sobre todo en cuanto a los precios de compra de elementos de la conexion que vienen cancelando en el desarrollo de sus actividades; Que, finalmente, HIDRANDINA indica que respecto a los dispositivos de proteccion (interruptores termomagneticos), OSINERGMIN les ha asignado un costo de $1,18 por unidad, muy por debajo del promedio de $5,41 reportado por las empresas concesionarias, como HIDRANDINA; 2.1.2 Analisis del OSINERGMIN Que, respecto al metodo de correlacion estadistica, utilizado por el OSINERGMIN para obtener algunos costos de materiales, este se justifica debido a que las empresas no reportaron facturas ni ordenes de compra de los mismos. Los resultados obtenidos por el metodo de correlacion estadistica se basan en curvas de ajuste que toman como base los costos que se encuentran sustentados a traves de documentos validos; Que, en MORDAZA, debe senalarse que el OSINERGMIN, en el ejercicio de su funcion regulatoria, debe fijar los importes maximos de los presupuestos y los cargos mensuales de reposicion y mantenimiento de la conexion, buscando la aplicacion de costos de eficiencia, criterio fundamental que se desprende de la propia Ley de Concesiones Electricas (Articulo 8º); Que, se ha cuestionado la aplicacion por parte del regulador, del metodo denominado de correlacion estadistica, sin tomar en cuenta valores de documentacion sustentatoria presentados por HIDRANDINA; Que, a este respecto debe senalarse que, ante la inexistencia de facturas, ordenes de compra o resultados de licitaciones y/o concursos, unicos documentos validos aceptables, por no haber sido presentados por los concesionarios en sus propuestas, se justifica el metodo de correlacion estadistica. El OSINERGMIN ya senalo, al responder las observaciones y sugerencias de las empresas, que los resultados obtenidos por el metodo de correlacion estadistica se basan en curvas de ajuste que toman justamente como base los costos que se encuentran sustentados a traves de documentos validos. Cabe senalar que el metodo de correlacion estadistica se ha utilizado en anteriores regulaciones; Que, debe tenerse en cuenta que, por falta de informacion de los propios concesionarios, el OSINERGMIN no puede dejar de cumplir con su funcion regulatoria, para lo cual puede aplicar metodologias tecnicas que contribuyan a la determinacion de los costos eficientes de conexion. De no aplicar el metodo de correlacion estadistica, el OSINERGMIN no podria efectuar la regulacion al no contar con los documentos de referencia valida para efectuar los calculos de costos pertinentes, lo que significaria, repetimos, incumplir la funcion de regulacion que le asigna la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento; Que, respecto a los sustentos de algunos materiales como el cable concentrico de 2x4 mm2, medidores electronicos monofasicos e interruptor termomagnetico bipolar de 16A, los mismos se basan en la informacion de compras corporativas, remitidas por las empresas distribuidoras, la cual fue publicada en la pagina web del OSINERGMIN como parte de la Relacion de Informacion que sustento la Prepublicacion del Proyecto de Resolucion de Fijacion de los Costos de Conexion Electrica. En el caso del conductor concentrico de 2x4 mm2, el costo se sustenta en la Orden de Compra N° 3214000164. En el caso de los medidores electronicos monofasicos, se sustentan en los resultados del CCP N° 014-2006, donde HIDRANDINA participo con la compra de 7 923 medidores de 2 hilos y 807 medidores de 3 hilos. El precio de US$ 18,37 propuesto por la empresa, es un precio que corresponde a una compra corporativa para medidores electronicos

monofasicos de tres hilos, del ano 2004, el cual no es vigente. En el caso del interruptor, el costo se sustenta con la compra corporativa de las empresas Electro Sur Este, Electrosur, Electro MORDAZA, Electro Ucayali y Seal de agosto de 2006 (Compra LP-002-2006-ES). El precio adoptado por el OSINERGMIN para el interruptor de 16 A, resulta de una estimacion por correlacion de los precios de 32 A y 40 A, que corresponden a compras efectivas. Los precios de las empresas no estan sustentados y no se encuentran dentro de la tendencia de la familia de este material. Por ejemplo, el precio propuesto por la empresa para el interruptor de 16 A (US$ 5,41), no es coherente con los precios de los interruptores de 32 A y 40 A (US$ 1,24 y US$ 1,28 respectivamente). Por lo indicado, no es correcta la afirmacion de HIDRANDINA en el sentido de que los precios considerados por el OSINERGMIN no cuentan con sustento; Que, cabe mencionar que los costos de materiales que considera el OSINERGMIN son los costos competitivos de MORDAZA, vigentes y que reflejen economias de escala. Estos criterios se han venido utilizando en regulaciones precedentes y son conocidos por las empresas concesionarias. El OSINERGMIN toma en cuenta informacion remitida por las empresas en sus propuestas, asi como informacion de sus compras corporativas, sin embargo, no se limita a lo informado por las ellas, que en muchos casos no cuentan con sustentos, como sucede con los costos de los interruptores termomagneticos; ademas, los costos que se consideran para los materiales corresponden a costos de adquisiciones efectivas. Por lo tanto, no pueden considerarse los precios promedio de las empresas; Que, respecto de los factores de MORDAZA senalados por la empresa, estos se encuentran reflejados en la informacion mencionada, como por ejemplo el incremento del costo de los metales se ve reflejado en los costos de los cables concentricos y subterraneos de cobre. Ademas, se debe reconocer que han existido disminuciones en los precios de otros materiales como medidores e interruptores termomagneticos, debido al desarrollo de la tecnologia y la mayor competencia en la fabricacion de dichos materiales; Que, respecto al respaldo de MORDAZA y la garantia de fabrica, cabe senalar que este es un aspecto en el que la decision involucra integramente al concesionario, que como responsable de la prestacion del servicio de electricidad, efectua las compras de materiales y equipamientos considerando los aspectos arriba senalados; Que, en consecuencia, este extremo del recurso de reconsideracion de HIDRANDINA debe declararse infundado; 2.2 Metrado de Materiales (Armados) 2.2.1 Sustento del Petitorio Que, HIDRANDINA menciona que dentro de la publicacion de los costos de conexion del 2007, se ha considerado como longitudes promedios de acometida 15 m (conexion aerea), 12 m (conexion mixta) y 4 m (conexion subterranea), segun el analisis grafico y calculo tecnico. Senala que remitio su propuesta en el sentido de incrementar la longitud promedio de la acometida (conexion aerea), adjuntando el sustento en el informe de levantamiento de observaciones, detallado en los Anexos 11 y 12 de dicho informe. Agrega que del grafico de OSINERGMIN se observa que la disposicion de las acometidas parten de las MORDAZA de derivacion en forma directa a los predios suministrados tanto en cruce de MORDAZA como en fachada, situacion tecnicamente improcedente en MORDAZA ya que al efectuar un conexionado de este MORDAZA se estaria infringiendo la Normativa referente a las Distancias Minimas de Seguridad (Normas DGE - MEM) e invadiendo el espacio de cada suministro; Que, HIDRANDINA muestra en graficos adjuntos a su recurso, la disposicion en la instalacion de las conexiones electricas, en cumplimiento de la Normativa, por lo que sugiere reconsiderar este aspecto, tomando como referencia la "Propuesta Definitiva de Costos de Conexion y Absolucion de Observaciones", remitidas por HIDRANDINA; Que, asimismo, solicita reconsiderar el metrado de la acometida a 20 m en las zonas urbanas y 25 m en las

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