Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

Militar "Pedro MORDAZA Gallo", el mismo que consta de nueve (9) Procedimientos Administrativos y nueve (9) Servicios Exclusivos, de conformidad con los MORDAZA anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Archivo Regional de MORDAZA, el mismo que consta de cinco (5) Procedimientos Administrativos, veintitres (23) Servicios Exclusivos y un (1) formato, de conformidad con el cuadro anexo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las Ordenanzas Regionales siguientes, Ordenanza Regional N° 080-2005/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de setiembre del 2005 y Ordenanza Regional N° 1142006/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de octubre del 2006. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinacion con el Colegio Militar "Pedro MORDAZA Gallo" y el Archivo Regional de MORDAZA, la publicacion de los TUPA's ­ MORDAZA Anexos aprobados en la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de los avisos judiciales en la capital de la region, de conformidad con el Articulo 38°, numeral 38.3 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero MORDAZA CONSEJO REGIONAL POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 116517-1

Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el inciso 2, del articulo 2º de la Constitucion Politica del Estado de 1993, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la Ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, opinion, condicion economica o cualquier otra indole; Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 60° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por la Ley Nº 27902 senala las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades y la de promover una cultura de paz y de igualdad de oportunidades; Que, mediante Acuerdo Nº 084-2003/GOB.REG. PIURA-CR del 18 de MORDAZA del 2003, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, reitero el compromiso de cumplir y hacer cumplir las normas legales que regulan la proteccion a la mujer, al MORDAZA, al anciano, y a las personas con discapacidad fisica y/o mental, promoviendo programas que fomenten activamente la participacion de mujeres y luchar contra la impunidad de quienes lo perpetren, proteccion de las mujeres contra el hostigamiento sexual y todas las formas de explotacion sexual y laboral y la esterilizacion forzada, asi como la participacion femenina en politicas de trabajo, salud y educacion y a la incorporacion en el MORDAZA productivo de la Region, asi tambien su compromiso de defensa de los derechos de los ninos, ninas, adolescentes y discapacitados; Que, mediante el articulo 3º, de la Ordenanza Regional Nº 041-2004/GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de agosto del 2004, se creo el Consejo Regional de la Mujer de la Region MORDAZA ­ COREM; asimismo se institucionalizo la realizacion del "Congreso de la Mujer" en el MORDAZA de la celebracion del Dia Internacional de la Mujer, durante la primera semana del mes de marzo de cada ano; Que, en el MORDAZA de la Convencion sobre la eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer - CEDAW, aprobada por nuestro MORDAZA mediante Resolucion Legislativa Nº 23432, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de junio de 1982, se dispuso que los Informes del Estado deben presentarse cada cuatro anos, correspondiendole al Peru presentar el informe CEDAW, del Periodo 2004 al 2007, en el mes de octubre del 2007; Que, el Comite de Expertas de CEDAW, formulo observaciones finales al VI Informe Periodico CEDAW del Estado Peruano, en el cual lamenta la falta de datos estadisticos fidedignos desglosados por sexo, por zonas rurales y urbanas y por origen etnico en el Informe en mencion, lo cual dificulta la evaluacion precisa de la situacion real de la mujer en todos los ambitos tratados en la Convencion y de la posible persistencia de formas directas o indirectas de discriminacion; esta escasez de datos pormenorizados, senala CEDAW, podria constituir un impedimento para el propio Estado parte a la hora de concebir y poner en marcha las politicas y programas especificos y evaluar su eficacia en lo que respecta a la aplicacion de la convencion; solicitando al Estado Parte que en su proximo Informe, incluya esos datos, desglosados por zonas urbanas y por origen etnico, e indique las consecuencias de las medidas adoptadas y los resultados conseguidos con respecto a la realizacion practica de la igualdad de facto de la mujer y el hombre; Que, mediante Oficio Nº 35-2007. MINDES/DVM, del 20 de junio del 2007, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves de la Vice Ministra de la Mujer, senala que para la elaboracion del Informe CEDAW (periodo 2004 al 2007), se requiere de la participacion de cada uno de los Gobiernos Regionales; en tal sentido, se debe disponer que las entidades e instituciones del sector publico, dentro de la jurisdiccion territorial del Gobierno Regional MORDAZA, y

Disponen que las instituciones y entidades del Sector Publico que desempenan funciones dentro del ambito del Gobierno Regional incluyan las variables : sexo, por zonas urbanas y rurales, en todas las etapas de vida; e institucionalizan diferentes fechas relativas a conmemoraciones de la mujer
ORDENANZA REGIONAL N° 135-2007/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley N° 27783; la

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