Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES
CAPITULO VI

354961

b) Se colocaran elementos visuales que adviertan de los materiales acumulados en via publica, desde una distancia de 50 mt MORDAZA de la ubicacion de estos (conos, letreros, entre otros). c) A partir de las 18:00 hrs. hasta las 06:30 hrs. deberan colocarse elementos luminosos, para advertir la presencia de material acumulado en la via publica, a 50 ml y 25 ml MORDAZA de estos. d) No se permitira usar mecheros a petroleo o kerosen, sino lamparas o similares de luz intermitente. Articulo 17°.- Todas las personas naturales, juridicas, publicas y/o privadas que realicen obras civiles en el distrito, estan obligadas a destinar dentro de los limites en que se ejecuten dichas obras, espacios para el funcionamiento de servicios higienicos y para la toma de alimentos del personal que labora en la respectiva obra. CAPITULO V OBLIGACIONES Y SANCIONES Articulo 18º.- Para poder otorgarse el Certificado de Finalizacion de Obra correspondiente al termino de la obra de edificacion, la via publica debera quedar limpia de todo material excedente, y cumplirse con resanar cualquier otro deterioro que se hubiere producido como consecuencia de la construccion, en los bienes y/o propiedad privada del entorno. Articulo 19º.- Incluyanse en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Lince, las siguientes infracciones:
Sancion Pecuniaria 50% UIT

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Incluyase en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos el procedimiento "Autorizacion para Ocupacion Temporal de Area de Dominio Publico", a cargo de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Obras y Planificacion MORDAZA, el cual tendra los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al MORDAZA, indicando el Numero de Expediente de Licencia de Obra o de Comunicacion Previa para Trabajos de Refaccion y/o Acondicionamiento. b) Plano de Ubicacion (escala 1/500) y Plano de Planta de la propuesta del area a ocupar debidamente acotada, firmado y MORDAZA por el propietario y Responsable de la Obra. c) Derecho de Pago de tramite. d) Declaracion Jurada de Compromiso de Resarcimiento de Danos causados por obras civiles. Segunda.- El derecho de Pago del procedimiento senalado en el articulo precedente se establecera en la Modificatoria del Texto Unico de Procedimientos Administrativos. En tanto esto se regule, la ocupacion de la via publica debera ser solicitado a traves de una Comunicacion adjuntando los requisitos establecidos en el articulo precedente, para conocimiento y evaluacion de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Apruebese el formato denominado Declaracion Jurada de Compromiso de Resarcimiento de Danos causados por obras civiles, segun anexo que forma parte de la presente Ordenanza. El formato debera presentarse con firmas legalizadas ante Notario Publico acompanado de un archivo fotografico digital de las edificaciones ubicadas en las zonas colindantes, asi como de las pistas y veredas adyacentes a la edificacion. Quinta.- Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Catastro y Control MORDAZA y Subgerencia de Obras y Planificacion MORDAZA, Gerencia de Seguridad Ciudadana a traves de la Sub Gerencia de Policia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE RESARCIMIENTO DE DANOS CAUSADOS POR OBRAS CIVILES Por la presente declaramos bajo juramento que si como producto de la realizacion de obras que autorizara el Municipio de Lince en el Expediente Administrativo N°...................... y la Resolucion de Obra N°....................... ............, ocasionemos danos a los inmuebles colindantes al predio donde se ejecutara la obra a nuestro cargo, asumiremos el resarcimiento de acuerdo a la normativa vigente. Para dicho fin, se adjunta archivo fotografico digital de las edificaciones ubicadas en las zonas colindantes, pistas y veredas adyacentes a la edificacion, cuya MORDAZA forma parte de la presente declaracion jurada, con el fin de dejar debida MORDAZA de su estado actual, y haciendo el compromiso de efectuar las medidas necesarias, en el MORDAZA legal senalado en los articulos 959° al 962° del Codigo Civil, para evitar en lo posible que estas MORDAZA afectadas por las obras a ejecutar. Se formaliza el presente documento con la certificacion de nuestras firmas ante Notario Publico Lince............ de ....................... de 200.... -------------------------------Propietario --------------------------------Responsable de la Obra

Codigo 1031

Descripcion de la Infraccion Por ejecutar obras dentro de los horarios establecidos como prohibidos de Lunes a Sabado de 18:01 a 06:59 horas y Domingos y Feriados todo el dia.

Medida Complementaria Paralizacion inmediata de la obra por una (01) semana.

1032

Por reincidencia y/o por incumplimiento 200% UIT Paralizacion inmediata de la en la orden de Paralizacion inmediata obra por un (01) mes. de Obra por ejecutar obras dentro de los horarios establecidos como prohibidos. Por ocupar la via publica con materiales, herramientas, desmonte y/o cercos sin la Autorizacion Municipal correspondiente. 50% UIT Paralizacion inmediata de la obra hasta su desocupacion y cancelacion de la sancion.

1033

1034

Por no guardar las medidas de 100% UIT Paralizacion inmediata seguridad de obra. de la Obra hasta la implementacion de las medidas de seguridad. Por no haber tomado las medidas 100% UIT de seguridad, higiene y/o prevencion afectando propiedad de terceros y la via publica. Por haber afectado con obras de 200% UIT construccion los muros medianeros en copropiedad con otros inmuebles, sin la autorizacion del copropietario y la autorizacion municipal respectiva. Paralizacion inmediata de la Obra hasta la implementacion de las medidas y reparacion de los danos ocasionados. Paralizacion inmediata de la Obra hasta la reparacion de la estructura afectada y/o danos ocasionados.

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Por haber afectado la propiedad de 200% UIT Paralizacion inmediata de la terceros con las obras de construccion Obra hasta la reparacion de efectuadas en su propiedad y no los danos ocasionados. cumplir con el resarcimiento de los danos. Por no cumplir con comunicar la transferencia de la propiedad del inmueble materia de una Licencia de Obra o cuando se produzca un cambio en el responsable de la obra. Por utilizar areas publicas por parte de los trabajadores de la construccion para miccionar y/o almorzar. 50% UIT Paralizacion inmediata de la Obra hasta la regularizacion de la documentacion pertinente. Paralizacion inmediata de la Obra hasta la implementacion de las medidas correctivas.

1038

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50% UIT

Articulo 20º.- El organo instructor mediante decision motivada y por la naturaleza de las conductas infractoras tipificadas, podra aplicar las medidas complementarias indicadas a manera de medida cautelar hasta MORDAZA de culminar el procedimiento sancionador.

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