Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007 Fecha MORDAZA de MORDAZA 4 de setiembre del 2008 4 de setiembre del 2009 4 de setiembre del 2010 4 de setiembre del 2011 4 de setiembre del 2012

la resolucion de homologacion vigente del analizador de gases expedido por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del MTC conforme a lo establecido en las normas vigentes. · Nomina del personal tecnico del Taller que incluye sus nombres completos y copias de sus documentos de identidad, MORDAZA simple de los titulos que acreditan su calificacion en mecanica automotriz y electricidad automotriz, MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion en conversiones vehiculares del sistema de combustion a GNV expedido por el Proveedor de Equipos Completos-PEC con el cual el taller mantiene vinculo contractual y MORDAZA de los documentos que acreditan la relacion laboral o vinculo contractual con el taller. · MORDAZA de la MORDAZA de Inscripcion N° 0662-2006PRODUCE/VMI/DNI-DNTC, de AGN INGENIEROS S.A.C. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC. · MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la solicitante, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. · MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad distrital de San MORDAZA de Lurigancho. · MORDAZA de la Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400710700136 emitida por MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros, destinada a cubrir los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos y la Directiva Nº 0012005-MTC/15 que aprueba el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a AGN INGENIEROS S.A.C para operar el taller ubicado en la Av. El Sol Nº 353-359, Urb. MORDAZA Grande, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 6 de setiembre del 2008 6 de setiembre del 2009 6 de setiembre del 2010 6 de setiembre del 2011 6 de setiembre del 2012

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General( e) Direccion General de Transporte Terrestre 113622-1

Aprueban Directiva que regula el procedimiento para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 13674-2007-MTC/15 MORDAZA, 26 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley General del Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 27181, establece que la accion estatal en materia de transporte y MORDAZA terrestre se orienta a la satisfaccion de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, asi como a la proteccion del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2003MTC, se aprobo el Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud encargados de la toma de Examenes de Aptitud Psicosomaticas para las Licencias de Conducir el mismo que tiene por objeto establecer las competencias para el otorgamiento de autorizaciones a establecimientos de salud para la toma de examenes de conducir, asi como los requisitos y condiciones que deben cumplir los mismos para acceder a dichas autorizaciones y para operar una vez obtenidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2007MTC, se aprobo el Sistema Simplificado para Obtener la Licencia de Conducir "BREVE-T", en donde se modifica el Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud encargados de la toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para las Licencias de Conducir estableciendo nuevos parametros de implementacion en infraestructura asi como en los requisitos para acceder a las correspondientes autorizaciones. Asi mismo, la referida MORDAZA establece la adecuacion de los procedimientos a las exigencias establecidas en la Directiva N° 002-97-MTC/15.18 aprobado por Resolucion Directoral N° 110-967-MTC y la Directiva N° 001-98-MTC aprobada mediante Resolucion Directoral N° 218-98MTC, encargando tal funcion a la Direccion General de Transporte Terrestre; Que, en consecuencia resulta necesario dictar las normas complementarias para establecer el procedimiento para la toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para las Licencias de Conducir, entre otros aspectos; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC y sus modificatorias, Reglamento Nacional de MORDAZA y el Decreto Supremo Nº 0182007-MTC;

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:

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