Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

354893

estar suscrito por el oftalmologo, como responsable del examen oftalmologico; por el otorrinolaringologo, como responsable del examen otorrinolaringologico; por el medico general, como responsable del examen clinico general y del examen toxicologico; por el psicologo, como responsable del examen de psicologia general (incluye la prueba psicometrica); y por el tecnologo medico. Ademas, el Certificado debera contener la firma del Director Medico del establecimiento de salud autorizado. En caso la evaluacion MORDAZA sido revisada por una Junta Medica Evaluadora, el certificado debera estar suscrito por cada uno de los especialistas que formaron parte de dicha Junta. b) El Informe Medico de Evaluacion Psicosomatica, el mismo que contiene la informacion indicada en el formato del "Anexo B" de la presente directiva y que, en lineas generales, contiene el desarrollo y resultados parciales de todos los examenes respectivos, incluyendo los realizados por la Junta Medica Evaluadora. Debera estar suscrito por el oftalmologo, como responsable del examen oftalmologico; por el otorrinolaringologo, como responsable del examen otorrinolaringologico; por el medico general, como responsable del examen clinico general y del examen toxicologico; por el psicologo, como responsable del examen de psicologia general (incluye la prueba psicometrica); y por el tecnologo medico. Ademas, el Certificado debera contener la firma del Director Medico del establecimiento de salud autorizado. En caso la evaluacion MORDAZA sido revisada por una Junta Medica Evaluadora, el certificado debera estar suscrito por cada uno de los especialistas que formaron parte de dicha Junta. Para acceder al sistema Breve-T los establecimientos de salud autorizados para la toma de examenes de aptitud psicosomatica para licencias de conducir deberan presentar ante la autoridad competente, dentro de los quince (15) dias siguientes de publicada la Resolucion Directoral que aprueba la presente Directiva, una declaracion jurada conteniendo la siguiente informacion: 1. Personal autorizado por el establecimiento de salud para acceder al sistema Breve-T, debiendo consignar: · Nombres y Apellidos · Domicilio · Nº de Documento de Identidad · Numero de Colegiatura (de corresponder) · Rol (Director Medico, Medico General, Otorrinolaringologo, Oftalmologo, Psicologo, Tecnologo Medico o Administrativo) · Numero de inscripcion en el Colegio Profesional, cuando corresponda · Numero de inscripcion en el Colegio Nacional de Especialistas del Colegio Medico del Peru, cuando corresponda · Firma 2. Nº de IP publico estatico. 3. Indicacion de que el establecimiento de salud cuenta con el equipamiento informatico y el acceso Internet requerido por el Sistema Breve-T 4. Indicacion, de ser el caso, de que el establecimiento de salud cuenta con el equipamiento adicional exigido por el articulo 7º del Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud encargados de la toma de examenes de Aptitud Psicosomatica para licencias de conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2003MTC, modificado por el D.S. 018-2006-MTC. Una vez presentada la declaracion jurada MORDAZA mencionada el personal senalado en dicha declaracion como autorizado para acceder al sistema Breve-T debera acercarse ante la autoridad competente dentro de los quince (15) dias calendario, en el caso de MORDAZA y Callao, o dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendario en el caso de provincias, a recoger personalmente su respectivo nombre de usuario y contrasena, con lo cual dicho personal podra acceder al sistema breve-T, asi como al instructivo correspondiente, a traves de la pagina Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) XIV. DE LOS RECURSOS HUMANOS Los establecimientos de salud autorizados para la toma de los examenes de aptitud psicosomatica deberan contar con la siguiente dotacion de personal:

a) Un Director Medico (Conductor del Establecimiento de salud), que debera ser un profesional medico colegiado, habil para el ejercicio de la profesion medica. Si el Director tiene las especialidades de otorrinolaringologia u oftalmologia, dicho profesional podra asumir igualmente la responsabilidad del examen otorrinolaringologico u oftalmologico, segun corresponda. El Director Medico es el responsable de informar de inmediato, en representacion del establecimiento de salud al cual dirige, y mediante el Sistema "Breve-T", a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el resultado final de la evaluacion psicosomatica, sin perjuicio de la entrega del original de la "Ficha o Informe Medico de Evaluacion Psicosomatica" al dia siguiente de tomado el examen. Se considera como final un resultado cuando el postulante o conductor no solicito su revision en el plazo establecido en la presente Directiva o cuando, habiendola solicitado, la Junta Medica emitio su respectiva calificacion. b) Un medico general, quien asumira la responsabilidad del examen clinico de medicina general y el de toxicologia, y de calificar e informar el resultado del examen correspondiente, mediante el Sistema "Breve-T", a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. c) Un medico con especialidad en otorrinolaringologia, quien sera responsable del examen e interpretacion de los parametros audiometricos y demas aspectos sensometricos de la especialidad, y de calificar e informar el resultado del examen correspondiente, mediante el Sistema "Breve-T", a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. d) Un medico con especialidad en oftalmologia, quien sera responsable del examen oftalmologico y demas aspectos sensometricos de la especialidad, y de calificar e informar el resultado del examen correspondiente, mediante el Sistema "Breve-T", a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. e) Un profesional psicologo, responsable del examen de psicologia general (incluye la prueba psicometrica), y de calificar e informar el resultado del examen correspondiente, mediante el Sistema "Breve-T", a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. f) Un profesional en tecnologia medica, responsable de realizar las pruebas toxicologicas, asi como las pruebas psicosensometricas, operando para ello los equipos de sensometria y psicometria correspondientes, y de informar los resultados correspondientes a los responsables de los examenes respectivos. g) Profesional administrativo con especialidad en computo y/o recepcionista encargado de la atencion de los postulantes, y de registrar a los postulantes o conductores que MORDAZA sometidos a evaluacion psicosomatica mediante el Sistema "Breve-T". Si el establecimiento de salud, en aplicacion de lo establecido en el D.S. Nº 218-2007-MTC, opta por prescindir del oftalmologo y/o otorrinolaringologo o de ambos, por haber implementado en la evaluacion psicosomatica equipos integrados que incluyan los equipos mencionados en los literales f), g) y h) del numeral 7.2 y los literales e), f) y g) del numeral 7.3 del articulo 7º del Reglamento de Autorizaciones a Establecimientos de Salud encargados de la toma de Examenes de Aptitud Psicosomatica para Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2003-MTC, la responsabilidad de la evaluacion sensometrica, en su totalidad, sera asumida por el oftalmologo u otorrinolaringologo del cual no se prescinda y, si se prescinde de ambos, por el medico general. Solo se podra prescindir de algun especialista si quien lo reemplace cuenta con experiencia en la evaluacion psicosomatica, debidamente acreditada ante la autoridad competente, por mas de diez (10) anos y cuenta con estudios de post grado o maestria concluidos en el MORDAZA de la salud. El otorrinolaringologo o el oftalmologo, por tener igualmente la condicion de medico general, pueden asumir las responsabilidades que competen a este. XV. DE LA APTITUD O INAPTITUD DE POSTULANTES CON EXAMENES OBSERVADOS O INTERRUMPIDOS El procedimiento para que, los establecimientos de salud autorizados para la toma de los examenes de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.