Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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2.11 Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, aprueba la Directiva Nº 001-2007PCM/SD, Normas para la Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia. 2.12 Resolucion Ministerial Nº 664-2006-EF/10 Lineamientos par la identificacion y cuantificacion de los recursos asociados a la transferencia de funciones, fondos, programas y proyectos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. 2.13 Comunicado Nº 023-2006-EF/76.01, a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional: Identificacion y Cuantificacion de los Recursos Asociados a la Transferencia de Funciones, Fondos, Programas y Proyectos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Publicado el 13 de diciembre de 2006 en el Diario Oficial El Peruano. 2.14 Comunicado Nº 001-2007-PCM, aprueba cronograma de MORDAZA de la identificacion y cuantificacion de los recursos por parte de los Sectores del Gobierno Nacional al Ministerio de Economia y Finanzas. Publicado el 14 de marzo de 2007 en el Diario Oficial El Peruano. 2.15 Resolucion Directoral Nº 024-2007-EF/76.01 Directiva para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico, Anexos por Nivel de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local y Anexo "Lineamientos Conceptuales y Metodologicos para la Formulacion de Indicadores de Desempeno". 2.16 Resolucion de Contraloria General Nº 054-2001CG, aprueba la Directiva Nº 008-2001-CG "Rendicion de Cuentas de los Titulares de las Entidades". 2.17 Resolucion de Contraloria General Nº 3202006-CG Aprueba las Normas de Control Interno, con el objetivo de servir de MORDAZA de referencia en materia de control interno para la emision de la respectiva normatividad institucional, asi como para la regulacion de los procedimientos administrativos y operativos derivados de la misma. 3. Alcances Las disposiciones contenidas en la presente Directiva son de aplicacion a los Titulares de las Entidades, Funcionarios y personal designados, nombrados y contratados, cualquiera sea la modalidad de contratacion, que laboran en las Entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que se encuentren vinculados con la entrega y recepcion de las Funciones Sectoriales. 4. Definiciones Para los efectos de la presente Directiva, cuando se haga mencion a los terminos que se senalan a continuacion, se entenderan referidos a: 4.1 Funciones Sectoriales: a las funciones especificas establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y Ley Organica de Municipalidades e incluidas en los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, del 2004 al 2007. 4.2 Recursos asociados a las Funciones: a los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario asociados a las Funciones Sectoriales objeto de transferencia, que deberan ser transferidos por los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales acreditados conforme a ley. 4.3 Convenio MORDAZA Intergubernamental: al acuerdo que incluye Acciones de Cooperacion, Acciones de Colaboracion y Acciones de Coordinacion, que debera ser suscrito por los Titulares de los Sectores o sus representantes, con los Titulares de los Gobiernos Regionales o sus representantes, a fin de Apoyar y contribuir con el MORDAZA de certificacion de los Gobiernos Regionales. 4.4 Efectivizacion: la transferencia de las Funciones Sectoriales y sus correspondientes recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, a los Gobiernos Regionales acreditados. Es la etapa final del MORDAZA anual de transferencia y comprende un conjunto de procedimientos y plazos que se detallan en la presente directiva. 4.5 Acta de Entrega y Recepcion: al documento mediante el cual los Titulares de Pliego de los Sectores y

de los Gobiernos Regionales, o quienes estos designen, efectivizan la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a estas. Tiene efecto y fuerza legal, al dar cumplimiento a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion. Esta Acta es formulada por iniciativa del Sector del Gobierno Nacional y sera remitida al Gobierno Regional para su revision y suscripcion en los plazos establecidos en la presente Directiva. 4.6 Actas Sustentatorias: a los resumenes de la documentacion e informacion que sustenta la transferencia de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, asociados a las funciones materia de transferencias, resultante del ordenamiento administrativo, tecnico y legal de los activos y pasivos a ser transferidos, estados financieros, inventarios valorizados de bienes muebles e inmuebles, expedientes de proyectos de inversion, procesos administrativos, y expedientes judiciales entre otros. La Secretaria de Descentralizacion publicara en la Pagina Web de PCM: http://www.pcm.gob. pe/Secretaria de Descentralizacion, los diversos modelos de Actas Sustentatorias. 4.7 Comisiones Regionales de Transferencia: al conjunto de funcionarios designados, nombrados y contratados, cualquiera sea la modalidad de contratacion, que laboren en los Gobiernos Regionales, conformadas mediante Resolucion Ejecutiva Regional; las cuales se encargaran de realizar las acciones de recepcion de las funciones sectoriales acreditadas. Estas comisiones preferentemente deberan ser presididas por el Gerente General del Gobierno Regional. 4.8 Comisiones Sectoriales de Transferencia: al conjunto de funcionarios designados, nombrados y contratados, cualquiera sea la modalidad de contratacion, que laboren en los Sectores (Ministerios, Organismos Publicos Descentralizados) conformadas mediante Resolucion Ministerial, las que se encargaran de realizar las acciones de transferencia de las funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales. Deben estar presidida por un Viceministro del Sector correspondiente, en concordancia de lo establecido en el Decreto Supremo N0 10-2007PCM. 4.9 Informe Final: al documento que contiene un Resumen Ejecutivo sobre todo lo actuado durante el MORDAZA de efectivizacion de las transferencias de Funciones Sectoriales, suscrito por los Presidentes de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia. 4.10 Expediente de efectivizacion: al documento que contiene el Informe Final, Actas de Entrega y Recepcion, Actas Sustentatorias y la Documentacion e Informacion generada durante el MORDAZA de efectivizacion, organizada por cada uno de los Sectores. 4.11 Convenio de Gestion: al acuerdo que suscribiran los Titulares de los Sectores o sus representantes, con los Titulares de los Gobiernos Regionales o sus representantes, a efecto de acompanar y apoyar tecnicamente a los Gobiernos Regionales, en el ejercicio de las funciones transferidas. En estos convenios se definiran los objetivos, metas especificas susceptibles de ser medidas a traves de los indicadores de monitoreo y evaluacion que correspondan, con el objeto de garantizar una gestion por resultados, eficiente y eficaz, de las Funciones Sectoriales transferidas. Estos convenios seran suscritos e implementados al termino de la etapa de Efectivizacion. 4.12 Indicadores de Gestion: a los indicadores de monitoreo y evaluacion periodica, los cuales se estableceran en coordinacion con la Secretaria de Descentralizacion, los sectores y los Gobiernos Regionales, segun los criterios del Articulo 9º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales. 5. Procedimiento y Plazo para la Efectivizacion de la Transferencia de Funciones Sectoriales 5.1 La efectivizacion se inicia luego que la Secretaria de Descentralizacion ha notificado a cada uno de los Sectores las Resoluciones Secretariales de Acreditacion, indicando el detalle de las funciones especificas a ser transferidas a cada uno de los Gobiernos Regionales. 5.2 La efectivizacion comprendera los siguientes pasos:

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