Norma Legal Oficial del día 05 de Octubre del año 2007 (05/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de octubre de 2007

aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, asi como en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro S.A. contra la Resolucion OSINERGMIN N° 423-2007-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.1.2 de la parte considerativa de la presente resolucion referidas al Cargo de Reposicion de Elementos Sustraidos por Terceros (CRER), e infundado en lo demas que contiene. Articulo 2°.- Las incorporaciones a efectuarse como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1° de la presente resolucion, seran consignadas en resolucion complementaria. Articulo 3°.- Incorporese el Informe Tecnico N° 03242007-GART como Anexo N° 1 de la presente resolucion. Articulo 4°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con su Anexo N° 1, en la pagina web del OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 115587-3 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 606-2007-OS/CD MORDAZA, 1 de octubre de 2007 Con fecha 27 de MORDAZA de 2007, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"), publico la Resolucion OSINERGMIN N° 423-2007-OS/CD, mediante la cual se fijo los valores maximos de los presupuestos y los cargos mensuales de reposicion y mantenimiento de la conexion electrica, aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad. Es contra dicha resolucion que la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. (en adelante "ELECTRONORTE"), ha presentado recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso. CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, mediante Resolucion OSINERG N° 00012003-OS/CD, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", en cuyo Anexo "D" quedo asimismo aprobado el "Procedimiento para Fijacion de las Tarifas de Distribucion Electrica: Costos de Conexion a la Red de Distribucion Electrica"; Que, el procedimiento contenido en el Anexo "D" MORDAZA mencionado, se ha venido desarrollando cumpliendo todas las etapas previstas en el mismo, tales como la MORDAZA de la Informacion de costos y propuestas de Costos de Conexion Electrica; la publicacion de propuestas presentadas por las empresas distribuidoras; la Audiencia Publica convocada para que las empresas distribuidoras expongan y sustenten sus propuestas, asi como respondan a las preguntas de los asistentes; la etapa de observaciones a dichas propuestas por parte del OSINERGMIN y la absolucion de las mismas por las empresas; la publicacion de la absolucion de observaciones y de las propuestas definitivas de los Costos de Conexion Electrica; la prepublicacion del proyecto de resolucion que fija los Costos de Conexion Electrica y senala la relacion de la informacion que la sustenta; la Audiencia Publica descentralizada donde el OSINERGMIN expuso y sustento el proyecto de resolucion prepublicado, asi como respondio a las preguntas de los asistentes; el analisis de las observaciones y sugerencias presentadas con respecto al proyecto de resolucion prepublicado; la publicacion de la RESOLUCION que fijo los valores maximos de

los presupuestos y los cargos mensuales de reposicion y mantenimiento de la conexion electrica, aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad; la interposicion de recursos de reconsideracion por parte de los interesados y la publicacion de los mismos y, finalmente. la Audiencia Publica para que los interesados, que presentaron recursos de reconsideracion, pudieran exponer el sustento de sus respectivos recursos, asi como responder a las preguntas de los asistentes; Que, vencido el plazo senalado en el item n del Anexo "D", que contiene el "Procedimiento para Fijacion de las Tarifas de Distribucion Electrica: Costos de Conexion a la Red de Distribucion Electrica", no se recibieron opiniones y sugerencias sobre los recursos de reconsideracion por parte de los interesados legitimados; Que, con fecha 20 de agosto de 2007, la empresa concesionaria de distribucion electrica ELECTRONORTE, interpuso recurso de reconsideracion contra la Resolucion OSINERGMIN N° 423-2007-OS/CD; 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, ELECTRONORTE en su recurso plantea que se modifiquen los siguientes aspectos de la Resolucion OSINERGMIN N° 423-2007-OS/CD: Costos de materiales, Metrado de materiales (Armados), Rendimientos, Recursos, Costos de mantenimiento, Costos de reposicion (CRER), Factores de actualizacion y Conexiones en MT equipadas con equipos de MORDAZA a tierra. 2.1 Costos de Materiales 2.1.1 Sustento del Petitorio Que, ELECTRONORTE indica que la fijacion de los costos de los materiales debe enfocarse directamente hacia los valores de la documentacion sustentatoria y los valores remitidos por las empresas concesionarias, no correspondiendo calculos o estimaciones por correlacion; Que, presenta una tabla donde observa los sustentos de los costos de materiales como el cable concentrico de 2x4 mm2, medidores electronicos monofasicos e interruptor termomagnetico bipolar de 16A, considerados por el OSINERGMIN. Al respecto, menciona que no se ha evaluado diversos factores internos y externos del MORDAZA, tales como: el incremento de los precios de los metales en el MORDAZA mundial, la desviacion negativa de los costos de materiales de algunas empresas respecto al costo promedio del MORDAZA, que crea una incertidumbre acerca de su calidad tecnica, la aplicacion de nuevas tecnologias, como los dispositivos de medicion electronicos, donde se han reducido los costos de fabricacion, lo cual supone una menor calidad de sus componentes, o su calidad de mano de obra y ello crea un paradigma de entorno denominada "Economia de Escala". Agrega que, es de gran importancia el respaldo de la MORDAZA y la garantia de fabrica que ofrecen fabricantes reconocidos, en contraposicion de nuevos productos elaborados en paises que basan su estrategia de MORDAZA en la reduccion de sus precios y que la politica de compras de productos o equipos especializados basada en la evaluacion de precios y no de calidad de los productos, conlleva a razonables dudas acerca de la calidad tecnica de los mismos; Que, tambien indica que para el caso especifico del conductor concentrico de 2x4mm2, en la propuesta del OSINERGMIN se esta fijando un precio de 0,54 dolares por metro, muy por debajo de los 0,78 dolares considerados por ELECTRONORTE y el promedio de las empresas de 0,82 dolares, y se debe tomar en consideracion que los costos deberian fijarse en referencia al ano 2006, mas aun que el mismo OSINERGMIN hace referencia a que el MORDAZA aumento del precio del cobre es la principal causa del incremento del costo del armado de cable de acometida. Por ello, solicita reconsiderar el costo del conductor concentrico, asumiendo el promedio de los precios remitidos por las empresas concesionarias; Que, ademas, sostiene que en relacion a los equipos de medicion electronica tanto de 3 hilos y 2 hilos, OSINERGMIN ha fijado como costo $12,99 y $11,05, respectivamente, siendo este ultimo una estimacion por correlacion de costos sin el sustento correspondiente; es decir, no se MORDAZA en una factura u orden de compra

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