Norma Legal Oficial del día 20 de Octubre del año 2007 (20/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2007

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria en materia de fiscalizacion tributaria y administrativa para la recuperacion de rentas
ACUERDO DE CONCEJO Nº 20-2007-MDS/ALC

MORDAZA, 12 de octubre del 2007 VISTO: En Sesion Ordinaria Publica del Concejo Municipal de fecha 12 de octubre del 2007, el Informe de la Gerencia Municipal, Informe Nº 017-MDS-2007/GM de la Unidad de Rentas Informe Nº 0115-2007/UR, de la Asesoria Legal Nº 059-2007/AL, de la Division de Servicios Urbanos Informe Nº 351-2007/DSU, de la Unidad de Abastecimiento y Logistica Informe Nº 072007/UAL, acumulados por guardar relacion sobre la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de servicios personalisimos, para la contratacion de servicios de Asesoria para fiscalizacion tributaria y gestion de cobranza a los principales contribuyentes de la Jurisdiccion; y, CONSIDERANDO Que mediante Informe Nº 115-2007-MDS/UR de la Unidad de Rentas, se formula requerimiento para contratar los servicios de una persona natural o juridica especializada en Fiscalizacion, Asesoria, Procuraduria y Cobranza para la recuperacion de deuda tributaria y administrativa que permita incrementar las rentas municipales; Que, mediante Informe Nº 059-2007 de la Asesoria Legal respecto al requerimiento formulado por la Unidad de Rentas, la asesoria legal opina se acceda a lo solicitado y que los servicios legales y tecnicos de recuperacion de dinero podrian ser prestados por personas naturales o juridicas de alta especializacion y experiencia en recuperacion de deuda tributaria y administrativa, a fin de lograr una efectiva y oportuna recuperacion de las rentas municipales. En consecuencia se justifica tecnica y legalmente la contratacion de los servicios especializados mediante la exoneracion de los respectivos procesos de seleccion, lo MORDAZA opinado se sustenta en. 1.- Articulo 19º inciso f) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, que senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos de acuerdo a lo que establezca el reglamento. 2.- El articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, que establece las condiciones que deben reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos, senalando que esta esta referida a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas; notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad permitan sustentar de manera razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la necesidad la complejidad del servicio contractual. 3.- Asi mismo, para la contratacion de los servicios

indicados se debera sujetarse a lo estipulado en los articulos 146°, 147º y 148º° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. Nº 084-2004- PCM que senala que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor cuyas propuestas cumplan con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que puede ser obtenida por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Concejo Municipal y el Titular del Pliego; debiendo indicarse en el Acuerdo exoneratorio el organo encargado de realizar el MORDAZA de contratacion. 4.- Se debera publicar en el Diario Oficial El Peruano el Acuerdo de Concejo a expedirse, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su emision o adopcion y adicionalmente debera publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, de conformidad con lo establecido en el articulo 147º del Reglamento de la Ley, D. S. Nº 084-2004-PCM. 5.- Se debera remitir el referido Acuerdo, asi como los Informes Tecnicos-Legales, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del D. S. Nº 083-2004-PCM. 6.- La Adjudicacion a efectuarse sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la municipalidad o se designara un organo para tal efecto, de conformidad con lo establecido en el ultimo parrafo del articulo 148º del D. S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 7.- En el Acuerdo de exoneracion debera indicarse el valor referencial del servicio a contratar, la fuente de financiamiento y el plazo de ejecucion del servicio, de conformidad con la Directiva Nº 0011-2001. CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 1182001-CONSUCODE/PRE. Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, senala en su articulo 148º que de producirse los supuestos senalados en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado la Municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas requiriendose invitar a un solo proveedor cuyas propuestas cumplan con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que puede ser obtenida por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos., Por estos fundamentos, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad, con dispensa del tramite de lectura del acta y aprobacion de acta, el Concejo Distrital de Salas; ACUERDA: Articulo Primero.- CONSIDERAR la prestacion de servicios de Fiscalizacion Selectiva, Asesoria, Procuraduria y Gestion de Cobranza y Administrativa, recuperacion de tributos atrasados y determinacion de sanciones tributarias y administrativas conforme a lo solicitado por la Unidad de Rentas con el objeto de incrementar la recaudacion y determinacion de deuda Administrativas sujetos a cobro que esten pendientes de ejecutar. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de servicios

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