Norma Legal Oficial del día 24 de Octubre del año 2007 (24/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

El Peruano MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2007

Publicada en www.elperuano.com.pe

Que, el articulo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios que puedan ser objeto de oferta publica, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por los articulos 53 y siguientes de la Ley del MORDAZA de Valores, la Resolucion Gerencia General N° 061-2007-EF/94.11, y la Resolucion CONASEV N° 034-2007-EF/94.10, asi como a lo dispuesto por el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, segun el cual la Direccion de Emisores se encuentra facultada para resolver solicitudes vinculadas a las ofertas publicas primarias y a efectuar todo tramite vinculado a estas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion de los valores correspondientes a la emision denominada "Tercera Emision del Programa de Instrumentos de Corto Plazo Tiendas EFE I", hasta por un importe MORDAZA en circulacion de S/. 6 200 000,00 (seis millones doscientos mil y 00/100 Nuevos Soles) y registrar el prospecto complementario correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Articulo 2º.- La oferta publica de los valores a los que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores a los que se refiere el presente articulo se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de recepcion de documentos a la que se refiere el articulo 14 literal b), numeral 1, Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 3º.- La inscripcion y el registro a que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en Internet. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Tiendas EFE S.A., en su calidad de emisor y entidad estructuradora; a Solfin Sociedad Agente de Bolsa S.A.C., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV, y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. YVONKA MORDAZA MORDAZA Direccion de Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores

El expediente Nº 2007028076, asi como el Informe Interno Nº 609-2007-EF/94.06.3, del 12 de octubre de 2007, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, los certificados de deposito negociables correspondientes a la emision denominada "Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables Financiera CMR ­ Octava Emision" hasta por un monto de S/. 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Nuevos Soles), se inscribieron automaticamente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, el Banco Falabella Peru S.A. (antes Financiera CMR S.A.) solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado de los valores correspondientes al "Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables Financiera CMR ­ Octava Emision" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de conformidad con el articulo 132, inciso a), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de deslistar los valores MORDAZA referidos y elevo el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de CONASEV, cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el articulo 38º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32º del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando precedente, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores correspondientes al "Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables Financiera CMR ­ Octava Emision" se encuentra dentro de la causal de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra, contemplada en el articulo 37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2º, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, aprobadas por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, asi como a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52º del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, por el articulo 36º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la CONASEV y al acuerdo de Directorio del 18 de diciembre de 2000 concordado con el articulo 6 del la Resolucion CONASEV Nº 0342007-EF/94.10, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes al "Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables Financiera CMR ­ Octava Emision", del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior, del Registro Publico del MORDAZA de Valores.

119519-1

Disponen exclusion de valores correspondientes al "Tercer Programa de Certificados de Depositos Negociables Financiera CMR - Octava Emision" del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 052-2007-EF/94.06.3
MORDAZA, 12 de octubre de 2007

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