Norma Legal Oficial del día 13 de Septiembre del año 2007 (13/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que mediante escrito de fechas 25 de MORDAZA y 18 de junio de 2007, la empresa PESQUERA HAYDUK S.A., solicita acumulacion de expedientes y sucesion procesal en el tramite administrativo de cambio del titular de la licencia de operacion de la planta de harina y aceite de pescado, otorgado por Resolucion Directoral Nº 4462005-PRODUCE/DNEPP, 21-12-2005, al MORDAZA de un Contrato de Asociacion en Participacion celebrado entre PESQUERA BAMAR S.A.C. y PESQUERA HAYDUK S.A. Que de acuerdo a la evaluacion efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente; por lo que procede reconocer la sucesion procesal de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. en el MORDAZA administrativo de cambio de titular solicitado y aprobar a favor de este ultimo el cambio de titular otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 446-2005-PRODUCE/DNEPP en los mismos terminos en que fue otorgado; y de otro lado declarar improcedente la solicitud de acumulacion de expedientes indicado en la solicitud; toda vez que del mismo escrito se desprende que PESQUERA HAYDUK S.A. esta solicitando la modificacion del petitorio efectuado por PESQUERA BAMAR S.A.C., invocando para ello lo establecido en el Art. 108º del Codigo Procesal Civil en virtud al Contrato de Asociacion y Participacion suscrito por dichas empresas; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 214- 2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 374-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE, Resolucion Ministerial Nº 0412002-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 186-2006PRODUCE; y En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer la sucesion procesal de la empresa PESQUERA HAYDUK S.A. en el MORDAZA seguido por PESQUERA BAMAR S.A.C. en el expediente administrativo de cambio de titular de licencia de operacion. Articulo 2º.- Aprobar a favor de PESQUERA HAYDUK S.A., el cambio de titular de licencia de operacion para operar una planta de harina y aceite de pescado con capacidad instalada de 80 t/h de procesamiento de materia prima en el distrito de Tambo de MORDAZA, provincia de Chincha, departamento de Ica, otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 651-95-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 446-2005-PRODUCE/DNEPP, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 3º.- Declarar improcedente la solicitud de acumulacion de expedientes solicitado por Pesquera Hayduk S.A., por las consideraciones expuestas en el mismo informe. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 4462005-PRODUCE/DNEPP a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C. Articulo 5º.- PESQUERA HAYDUK S.A., debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y lo referido a la sanidad higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como cumplir con las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, y cumplir

con ejecutar las medidas de mitigacion contenidas en el Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion de Medio Ambiente a traves del Oficio Nº 566-95-PE/DIREMA. Articulo 6º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del presente cambio de titular sin la autorizacion debida, seran causales de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 7º.- Incorporar a PESQUERA HAYDUK S.A., como titular de la licencia de operacion de la planta de harina y aceite de pescado, ubicada en el establecimiento industrial pesquero citado en el MORDAZA articulo de la presente Resolucion, al Anexo IV-B de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y en el Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 186-2006-PRODUCE, excluyendo a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C., de dichos Anexos. Articulo 8º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion de Ica y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion:www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 107138-8

Reconocen dias de permiso de pesca a la prorroga otorgada a Gyoren del Peru S.A.C. para operar embarcacion en la extraccion de calamar gigante o pota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 339-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2007 Visto los escritos con registro Nº 00041980 de fechas 13 y 22 de junio del 2007, presentados por la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., en representacion de la empresa WU PIONEERS SEA FOODS CO. LTD., de Taiwan, representante del armador MOW CHERN FISHERY CO. LTD. CONSIDERANDO : Que mediante Resolucion Directoral Nº 014-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 11 de enero del 2007, modificada por Resolucion Directoral Nº 103-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 21 de febrero del 2007, se otorgo permiso de pesca a la empresa WU PIONEERS SEA FOODS CO. LTD., de Taiwan, representante del armador MOW CHERN FISHERY CO. LTD., representada legalmente en el Peru por la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C:, para operar la embarcacion pesquera de bandera taiwanesa denominada FA MAAN SHUEN de 276 de tonelaje neto, asi como la licencia para la operacion de su respectiva planta de congelado a bordo con capacidad de procesamiento de 30 t/dia, para la extraccion del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa, por el periodo de un mes desde el 23 de enero hasta el 23 de febrero del 2007, prorrogada hasta el 24 de MORDAZA del 2007; Que a traves de los escritos del visto, la empresa GYOREN DEL PERU S.A.C., en representacion de la empresa WU PIONEERS SEA FOODS CO. LTD., manifiesta que la representante del armador MOW CHERN FISHERY CO:LTD., informa que la embarcacion pesquera denominada FA MAAN SHUEN se vio imposibilitada de efectuar faenas de pesca con total normalidad ante el siniestro sufrido por la embarcacion pesquera denominada FA JY MAAN debido a un evento extraordinario irresistible

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