Norma Legal Oficial del día 16 de Abril del año 2008 (16/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2008

Que, mediante el Oficio Nº 062-2008-SG, de fecha 28 de enero de 2008, el Secretario General remite a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios la Resolucion Rectoral Nº 0073-2008-UH, de fecha 25 de enero de 2008 con los documentos cuyo tramite dio lugar a su expedicion, para que de cumplimiento a lo dispuesto en este acto administrativo; Que, mediante el expediente Nº 06176, de fecha 30 de enero de 2008, el Servidor Administrativo encausado FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita la prorroga del plazo para la formulacion de sus descargos a las imputaciones formuladas en virtud de la Resolucion Rectoral Nº 0073-2008-UH de fecha 25 de enero de 2008, sustentando su peticion en lo establecido en lo preceptuado en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, articulos 168º, 169º y 170º; Que, mediante el expediente Nº 08772 de fecha 7 de febrero de 2008, el Servidor Administrativo encausado FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita se le remitan las copias de los documentos cuyo tramite dio lugar a la emision de la Resolucion Rectoral Nº 00732008-UH de fecha 25 de enero de 2008, para el ejercicio de su Derecho a la Defensa; Que, mediante el Decreto Nº 01-2008-CPPAD, de fecha 08 de febrero de 2008, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios se pronuncia por lo solicitado por el Servidor Administrativo, desestimando su solicitud de prorroga del plazo para presentar sus descargos al no cumplir los presupuestos establecidos en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que establece que la misma es excepcional y con el ofrecimiento de pruebas que la justifiquen, disponiendose asimismo remitir al servidor encausado copias gratuitas del expediente cuyo tramite dio lugar a la emision del acto resolutivo de instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario para garantizar el ejercicio de sus Derechos a la Defensa y Debido MORDAZA, citandosele para la realizacion del Informe Oral respectivo el dia 19 de febrero del presente ano; Que, mediante el expediente Nº 09041 de fecha 8 de febrero de 2008, el Servidor Administrativo encausado FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula los descargos al MORDAZA Administrativo Disciplinario incoado en su contra mediante la Resolucion Rectoral Nº 00732008-UH, de fecha 25 de enero de 2008, manifestando que la informacion formulada por la Asistente Administrativa de la OCED MORDAZA carece de objetividad, por cuanto con esta misma mantiene una relacion conflictiva, y que ademas corresponde que se consulte con el anterior Coordinador de la Sede de MORDAZA de PROFDOSA, por cuanto el actual ­ segun se desprende de su propia declaracion- no conoceria de las circunstancias en que se viene desenvolviendo esta dependencia, y que ademas el Informe emitido por el Presidente de la Comision Reorganizadora de la Escuela Academico Profesional de Educacion a Distancia no puede ser valorado en el MORDAZA toda vez que viene gestionando el otorgamiento de Licencia sin Goce de Remuneraciones, la misma que se encuentra en tramite impugnatorio al haber sido desestimada por el Titular del Pliego; Que, conforme se verifica de los documentos cuyo tramite da lugar a la expedicion de la presente, queda expuesto que el MORDAZA Administrativo Disciplinario se ha llevado a cabo con el pleno respeto de las garantias y derechos que la normatividad vigente confiere al encausado, habiendose realizado el Informe oral respectivo el dia 19 de febrero del presente ano, con el representante del servidor encausado segun la manifestacion de voluntad expresada por este y sancionada en la Carta Poder de fecha 15 de febrero de 2008; Que, mediante el expediente Nº 012224, contenido en el Oficio Nº 14-2008-CPPAD, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios remite el Informe Nº 02-2008-CPPAD, de fecha 25 de febrero de 2008, el cual manifiesta que revisados a los actuados y realizadas las diligencias correspondientes, se ha determinado que no existe justificacion alguna a las inasistencias del Servidor Administrativo FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion a que en sus descargos a las inasistencias presento el Oficio Nº 129-2007-CPL-FE con la MORDAZA de su tarjeta de asistencia al centro de labores, la misma que fue realizada por MORDAZA RIZABAL MORDAZA, quien no tiene vinculo laboral con la Institucion al haber suscrito

solamente un contrato de locacion de servicios no teniendo facultades ni funciones para informar sobre la asistencia y permanencia de un servidor publico nombrado, `por lo cual se toma en consideracion el Informe Nº 012-2007IBM de la Asistente Administrativa de la OCED de MORDAZA y el Informe Nº 040-2007-I-CR-EAPED del Presidente de la Comision Reorganizadora de la Escuela Academico Profesional de Educacion a Distancia en donde labora el servidor encausado, asi como los Record de Asistencia de Personal Administrativo de la Oficina de Personal, observandose que tiene inasistencia injustificadas en los periodos comprendidos entre el 1 al 23 de Agosto de 2007, del 3 al 17 de setiembre de 2007 y del 8 al 27 de noviembre de 2007, lo cual se subsume en la descripcion de la comision la falta administrativa consistente en registrar inasistencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos y por mas de cinco dias no consecutivos en un periodo de treinta dias calendario, falta tipificada en el articulo 28º literal k) del Decreto Legislativo Nº 276, y estando a la gravedad de la falta cometida, se recomienda la imposicion de la sancion administrativa de Destitucion, contemplada en el literal d) del articulo 155º del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM; Que, de los actuados, las Diligencias realizadas y el Informe emitido por la Comision Disciplinaria competente, ha quedado establecido que el Servidor Administrativo FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la comision de falta administrativa disciplinaria tipificada en el literal k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, siendo pertinente la imposicion de sancion de Destitucion de la Funcion Publica, al verificarse la gravedad de la falta en que ha incurrido, en observancia del MORDAZA de Proporcionalidad, que legitima el ejercicio del a Potestad Sancionadora de la Administracion Publica; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad, el Decreto Legislativo Nº 276, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Decreto de Rectorado Nº 2090-2008-RUNJFSC, de fecha 25 de febrero de 2008. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESTITUIR DE LA FUNCION PUBLICA al Servidor Administrativo FREDY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision de Falta Administrativo Disciplinaria tipificada en el literal k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en incurrir en inasistencias injustificadas en los periodos comprendidos entre el 1 al 23 de agosto de 2007, del 3 al 17 de setiembre de 2007 y del 8 al 27 de noviembre de 2007, conforme a los considerandos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion al interesado y a las dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 188662-1 UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 0275-2008-UH MORDAZA, 5 de marzo del 2008 VISTOS: El Expediente Nº 000513 de fecha 4 de enero de 2008 contenido en el Oficio Nº 088-2007-CPPAD; el Memorando Nº 607-2007-OP-MLCV de fecha 11 de noviembre de 2007; el Informe Nº 046-2007-URLyC/OP de fecha 5 de diciembre de 2007; el Oficio Nº 1908-2007OP/MLCV de fecha 7 de diciembre de 2007; el Oficio Nº 913-2007-R-UNJFSC, de fecha 12 de diciembre de 2007; la Resolucion Rectoral Nº 0072-2008-UH de fecha 25

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