Norma Legal Oficial del día 30 de Abril del año 2008 (30/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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371545

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Constituyen la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica Economica para el Ordenamiento Territorial del departamento de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision, organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la Region, sus normas y disposiciones se rigen por el MORDAZA de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, de conformidad con lo prescrito en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica, los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus competencia; asimismo, promueven el desarrollo y la economia regional; (...), actividades y servicios publicos de su responsabilidad, todo ello, en MORDAZA con las politicas y planes de desarrollo nacionales y locales; Que, en materia ambiental y ordenamiento territorial, al MORDAZA de lo prescrito en el articulo 53º, literal a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, estos tienen competencias exclusivas para formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los gobiernos locales; Que, la Ley Nº 26821 - Ley sobre el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, dispone la ejecucion de un MORDAZA de zonificacion ecologica y economica, como apoyo al ordenamiento territorial, a fin de evitar conflictos por superposicion de titulos y usos inapropiados y demas fines; Que, a efectos de cumplir con el MORDAZA de zonificacion ecologica y economica en la jurisdiccion del departamento de MORDAZA, es necesario analizar y/o evaluar las potencialidades, limitaciones y alternativas que existen en cuanto a la ocupacion, uso y aprovechamiento de los terrenos, de tal manera que, las decisiones a tomar MORDAZA las mas acertadas, procurando que estos se ocupen de manera ordenada, sostenida y en MORDAZA con las necesidades de la poblacion y del medio ambiente; Que, el articulo 11º del D.S. Nº 087-2004-PCM, Reglamento de Zonificacion Ecologica-Economica, establece que los gobiernos regionales y locales, son las entidades encargadas de la ejecucion de la zonificacion ecologica-economica dentro de sus respectivas jurisdicciones y precisa la metodologia a seguir; Que, acorde con lo previsto por el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia: y; Estando a lo dispuesto, por el Articulo 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, el

Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA emite la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DECLARESE de Interes Regional el Ordenamiento Territorial del departamento de MORDAZA, basado en la Zonificacion Ecologica ­ Economica y otros instrumentos del Ordenamiento Territorial vigentes. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, ejecutar el MORDAZA de Ordenamiento Territorial, en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Tercero.- CONSTITUIR la Comision Tecnica Regional de Zonificacion Ecologica Economica para el Ordenamiento Territorial del departamento de MORDAZA, en articulacion con los Gobiernos Locales; asimismo, integrada por los titulares o sus representantes de los Organismos Publicos y Privados relacionados con el desarrollo regional concertado de MORDAZA, que deberan disponer la atencion prioritaria a este MORDAZA, el mismo que debera ser propuesto MORDAZA de los 45 (cuarenta y cinco) dias calendarios, a partir de la fecha de dacion de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional, disponer la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulacion de la Region y en el MORDAZA Web del Gobierno Regional de Loreto. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los articulos 16º, 21º inciso o), 37º Inc. a) y 38º de la Ley Nº. 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso o) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Loreto. Registrese, publiquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente 194158-1

Declaran de interes, necesidad y utilidad publica regional el terreno ocupado por el campamento militar del ejercito "Soldado MORDAZA MORDAZA Guerra", para ser destinado al proyecto MORDAZA Tematico de la Amazonia Peruana
ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2008-GRL-CR MORDAZA MORDAZA, 15 de MORDAZA del 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion Extraordinaria de fecha 15 de MORDAZA del 2008, en uso de sus atribuciones aprobo por Unanimidad la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision, organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas

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