Norma Legal Oficial del día 08 de Agosto del año 2008 (08/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 8 de agosto de 2008

Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Nacional de Movilizacion, formulada por el Ministerio de Defensa, cuyo texto tiene caracter de Secreto y es parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Cumplimiento Los Ministerios, Gobiernos Regionales y Organismos del Estado involucrados quedan encargados del cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Directiva Nacional de Movilizacion, en lo que corresponde a sus competencias. Articulo 3º.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa, Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Economia y Finanzas, Ministro del Interior y Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia

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DEFENSA
Aprueban Directiva Movilizacion Nacional de

DECRETO SUPREMO Nº 017-2008-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 163º, el Estado garantiza la seguridad de la Nacion mediante el Sistema de Defensa Nacional, siendo que la Defensa Nacional es integral y permanente y se desarrolla en los ambitos interno y externo; asimismo, en el Articulo 164º de nuestra Carta Magna se establece que la direccion, la preparacion y el ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a traves de un Sistema cuya organizacion y funciones determina la ley, asi como que, la ley determina los alcances y procedimientos de la Movilizacion para efectos de la Defensa Nacional. Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-B-2004-DE/ SG, de fecha 14 de enero del 2004, se aprobo la Politica del Estado para la Defensa y Seguridad Nacional estableciendo entre sus Politicas de Estado: fomentar la participacion activa de la sociedad en el logro de los objetivos de seguridad y defensa, procurar el abastecimiento para satisfacer las necesidades basicas de la poblacion en casos de conflictos o desastres, proteger a la poblacion ante los desastres; y fortalecer el orgullo y la identidad nacional; Que, la Ley Nº 28478- Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional establece la naturaleza, finalidad, funciones y composicion del Sistema y la Ley Nº 28101- Ley de Movilizacion Nacional, precisa los derechos y deberes del Estado y de las personas naturales y juridicas frente a situaciones de emergencia, cuando ocurran conflictos o desastres que requieran de su participacion; asi como de la utilizacion de los recursos, bienes y servicios disponibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2006-DE/SG, de fecha 27 de febrero del 2006, se aprueba el Reglamento de la Ley de Movilizacion Nacional, el cual en su Articulo 14º, numeral 1, concordante con el articulo 17º numeral 1, literal a) de la precitada Ley Nº 28478, establece como responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional el aprobar y emitir la Directiva Nacional que oriente el MORDAZA de Movilizacion; Que, asimismo, el precitado Reglamento, en su Articulo 17º, numeral 1, literal a., en concordancia con el articulo 7º numeral 14, de la Ley Nº 29075- Ley del Ministerio de Defensa y el articulo 9º literal m) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2008 DE, establece como responsabilidad del Ministerio de Defensa, durante la fase de Planeamiento de la Movilizacion, y a traves de la Direccion General de Politica y Estrategia, el formular y someter para aprobacion del Consejo de Seguridad Nacional la Directiva Nacional de Movilizacion que oriente todo el proceso: Que, con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones legales mencionadas en los parrafos precedentes, se ha elaborado la Directiva Nacional de Movilizacion, la misma que tiene por objeto normar, orientar, coordinar y disponer el MORDAZA de Movilizacion Nacional, en cada una de sus fases, en los Ministerios, Organismos Publicos y Gobiernos Regionales; y que ha sido aprobada en Sesion del Consejo de Seguridad Nacional realizada el dia 30 del mes de enero del 2008, y estando a lo acordado; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 001-2008-MD-DIGEPE Directiva

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Autorizan viaje de Oficiales del Ejercito para asistir a la celebracion del dia del Arma de Ingenieros del Ejercito MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 298-2008-DE/EP/S-1a.5/3 MORDAZA, 7 de agosto de 2008 Visto, la carta de invitacion del 25 de junio de 2008, cursada por el senor MORDAZA General MORDAZA BENDINI MORDAZA, Jefe del Estado Mayor General del Ejercito Argentino. CONSIDERANDO:
Que, con el documento del visto el Jefe del Estado Mayor del Ejercito MORDAZA, invita al senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTZCH, para que acompanado de un Oficial mas, viaje a la Republica MORDAZA para participar en los actos celebratorios que se llevaran a cabo por un aniversario mas del paso a la inmortalidad del General Don MORDAZA de San Martin; por Celebrarse el dia del Arma de Ingenieros; asi como recibir la condecoracion por ser egresado del "Colegio Militar de la Nacion"; Que la presencia en la Republica MORDAZA, del Comandante General del Ejercito de Peru, asi como del Oficial General que lo acompana, constituye una valiosa oportunidad que contribuira a fortalecer los niveles de coordinacion entre las autoridades del mas alto rango de los Ejercitos de Peru y MORDAZA, lo que redundara en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, el costo que irrogue el presente viaje en Comision de Servicio, sera asumido con el presupuesto del Ministerio de Defensa ­ Ejercito de Peru, AF ­ 2008; Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Ley Nº 29075 ­ Ley que establece la Naturaleza Juridica, Funcion, Competencias y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de

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