Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 271-95-PE de fecha 17 de MORDAZA de 1995 se otorgo a la empresa MORDAZA S.A., entre otros, licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, a traves de su planta de harina de pescado ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con la capacidad instalada de 90 t/h de procesamiento de materia prima; Que con Resolucion Directoral Nº 361-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 07 de agosto de 2007, se aprobo a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 271-95PE a la empresa MORDAZA S.A., para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de recursos hidrobiologicos a traves de su planta de harina y aceite de pescado con la capacidad instalada de 90 t/h de procesamiento de materia prima, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el distrito y provincia de Paita , departamento de MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Asimismo se otorgo autorizacion para efectuar el traslado fisico de de su planta de harina y aceite de pescado ubicada en el distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, hacia su establecimiento industrial ubicado en la Caleta Cata Cata, Parcela A -1, distrito y provincia de Ilo en el departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 90 t/h de procesamiento de materia prima; Que el citado establecimiento industrial, se encuentra consignado en el anexo IV - B, del listado actualizado de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia para la operacion de plantas de procesamiento pesquero vigente, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 502-2003-PRODUCE, como Planta de Procesamiento Pesquero de Harina de Pescado Convencional, con una capacidad de 90 t/h; Que a traves de los escritos del visto, al haberse concretado el traslado fisico de planta con innovacion tecnologica, en concordancia con lo autorizado por la Administracion, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita la Licencia de Operacion correspondiente, para lo cual alcanza la documentacion requerida segun el procedimiento Nº 28, sobre licencia para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros, con MORDAZA de Verificacion de Estudio de Impacto Ambiental, segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE; Que segun la inspeccion tecnica realizada con fecha 23 de enero del 2008, se ha constatado que la planta de harina de pescado, de la empresa solicitante, cuya licencia de operacion fue otorgada por Resolucion Ministerial Nº 271-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 361-2007-PRODUCE/DGEPP, se encuentra con los equipos y maquinarias instalados en linea de MORDAZA y en condicion para operar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico - ACP, acorde a la capacidad instalada autorizada por la Administracion; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de los Informes Nº 044 y 312-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. licencia

de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano indirecto, a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico - ACP, con una capacidad instalada de 90 t/h de procesamiento de materia prima, ubicada en la Caleta Cata Cata, Parcela A -1, distrito y provincia de Ilo en el departamento de MORDAZA, al haber culminado el traslado fisico de planta con innovacion tecnologica, en concordancia con lo autorizado por la Resolucion Directoral Nº 361-2007PRODUCE/DGEPP. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la licencia para la operacion de planta de harina otorgada por Resolucion Ministerial Nº 271-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 361-2007-PRODUCE/DGEPP a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. Articulo 3º.La empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. debera operar su planta de procesamiento de recursos hidrobiologicos observando las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun MORDAZA de Verificacion Nº 017-2008-PRODUCE/DIGAAP. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 5º.- Incluir la presente Resolucion al Anexo IV - A de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales de la Produccion de MORDAZA e Ilo y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 235201-2

Otorgan autorizacion para instalar planta de procesamiento pesquero de enlatado a Alimentos Los Ferroles S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 362-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2008 Visto el escrito con registro N° 00040177, del 3 de junio de 2008, presentado por la empresa ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C.; CONSIDERANDO: Que el numeral 4 inciso b) del articulo 43°, articulo 44° y articulo 46° del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorizacion, la que constituye un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion, otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el numeral 1 del articulo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, senala que la autorizacion de instalacion se otorga con vigencia no mayor de un (01) ano, la cual podra renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre

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