Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

Articulo Primero.- Aprobar la Directiva N° 001-2008CG/ECG "Proceso de Elaboracion de Informes Macro", la misma que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias y Sistemas de Informacion, la publicacion de la Directiva aprobada en la pagina web de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 236110-2

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de soporte y actualizacion del gestor de base de datos Oracle
RESOLUCION N° 151-2008-P/JNE 31 de MORDAZA de 2008 Vistos, el Informe N° 010-2008-GPS-OEIE/JNE de la Oficina de Estadistica e Informacion Electoral, el Informe N° 092-2008-OL-GAF/JNE emitido por la Oficina de Logistica y el Informe N° 170-2008-GNEAL/JNE del Gerente de Normatividad Electoral y Asuntos Legales, asi como la Certificacion Presupuestal N° 0577-2008GPDE/JNE de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion N° 011-2008-P/JNE, del 18 de enero de 2008, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2008, de cuyo texto se advierte que en el numero de referencia 031 se encuentra contenido el servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle; Que, en fecha 28 de MORDAZA de 2008, se emite el Informe N° 010-2008-GPS-OEIE/JNE, donde se recomienda que se contrate el servicio de soporte, que incluye los mantenimientos de la base de datos Oracle, sustentando dicha recomendacion en el hecho que el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene adquiridas licencias, tanto de MORDAZA cliente named como por procesador, de las versiones Oracle Estandar y Oracle Standard Edition One, respectivamente; asimismo, se senala que Sistemas Oracle del Peru S.A. es la unica empresa autorizada en nuestro MORDAZA para contratar la renovacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias (que incluye los parches de seguridad) para el manejador de bases de datos, y que nuestra Entidad viene efectuando contratos anuales del soporte tecnico y las actualizaciones y/o parches de seguridad necesarios para el funcionamiento de los aplicativos MORDAZA mencionados; Que, con el Memorando N° 125-2008-OEIE/JNE, del 28 de MORDAZA de 2008, el Jefe de la Oficina de Estadistica e Informacion Electoral remite al Jefe (e) de Logistica el Informe y los terminos de referencia del requerimiento senalado en el considerando anterior; Que, con la Certificacion Presupuestaria N° 05772008-GPDE/JNE, del 04 de junio de 2008, la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Electoral, informa respecto a la disponibilidad presupuestal para la contratacion del servicio de soporte y actualizacion de licencias Oracle, por el importe de S/. 25,444.02;

Que, el 16 de junio de 2008, en el Informe N° 0922008-OL-GAF/JNE, la Oficina de Logistica efectua una evaluacion del servicio solicitado, en funcion de la naturaleza del mismo y que la empresa a contratar es la unica que brinda el servicio requerido, no vulnerando el MORDAZA de libre competencia, senalando, ademas, que el costo por los servicios asciende a la suma de S/. 25,444.02, incluido el IGV, por un periodo comprendido entre el 29 de agosto de 2008 hasta el 28 de agosto de 2009; y concluye manifestando que, sin perjuicio de la emision del Informe Legal y de la resolucion correspondiente, tecnicamente es procedente la contratacion de la empresa Sistemas Oracle del Peru S.A., en via de exoneracion por servicios que no admiten sustitutos, para la prestacion del servicio de Soporte Tecnico y Actualizacion de version del gestor de base de datos Oracle; Que, en el Informe N° 170-2008-GNEAL/JNE, del 22 de MORDAZA de 2008, el Gerente de Normatividad Electoral y Asuntos Legales concluye senalando que procede aprobar la exoneracion del servicio de soporte y actualizacion del gestor de base de datos Oracle, al haberse configurado la causal para la contratacion de los servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, debiendose llevar a cabo la contratacion en forma directa, mediante acciones inmediatas, por el periodo anual y monto requerido de S/. 25,445.00 nuevos soles, y que debe tramitarse la emision de una Resolucion de la Presidencia del MORDAZA Nacional de Elecciones que apruebe la exoneracion MORDAZA senalada; Que, el literal e) del articulo 19° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004PCM, exonera de los procesos que corresponden a las contrataciones y adquisiciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y existe proveedor unico; por su parte, el articulo 20° de este cuerpo legal precisa que estas contrataciones se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo ser aprobadas por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y remitirse junto con los informes que contienen la justificacion tecnica y legal a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, bajo responsabilidad del Titular del Pliego; adicionalmente, de acuerdo al articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, debera publicarse en el SEACE; Que, el articulo 144° del Reglamento citado en el considerando anterior dispone que, en los casos donde no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que MORDAZA un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; esta MORDAZA considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se establecio la exclusividad del proveedor; asimismo, el articulo 148° del mismo cuerpo legal establece que la Entidad efectuara las adquisiciones y contrataciones de forma directa, mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases; estas acciones las realizara la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado por el Titular del Pliego para el efecto; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene adquiridos y utiliza licencias de productos Oracle, respectivamente, por lo que la contratacion del servicio requerido le permitira reducir el indice de fallas por problemas de vulnerabilidad, dotando de mayor eficiencia y adecuado funcionamiento estos productos, permitiendo la renovacion de mantenimiento y soporte tecnico de estas licencias, las actualizaciones de programas, asi como una serie de caracteristicas tecnicas detalladas en los terminos de referencia adjuntados al requerimiento; Que, al respecto, mediante Carta de fecha 14 de MORDAZA de 2008, legalizada notarialmente, Oracle

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