Norma Legal Oficial del día 09 de Agosto del año 2008 (09/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 9 de agosto de 2008

y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante el documento del visto la Direccion de Estudio y Registro de la Cultura en el Peru Contemporaneo solicita la declaracion de la danza Los Avelinos de San MORDAZA de Tunan, de Huancayo, MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion, conforme al Expediente Tecnico elaborado por los senores MORDAZA MORDAZA Cangahuala, MORDAZA Cangahuala Malpica y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la Sociedad de Auxilios Mutuos San MORDAZA de San MORDAZA de Tunan; Que, conforme a la informacion contenida en el precitado expediente, la citada danza habria surgido en el ano 1908 y se habria consolidado en el ano 1912, al fundarse la Sociedad de Auxilios Mutuos San MORDAZA de San MORDAZA de Tunan, como representacion o evocacion de diversos momentos de la MORDAZA de La Brena liderada por MORDAZA MORDAZA Caceres; Que, la importancia de la referida danza ­ recreacion se sustenta no solo en el episodio historico que recuerda, sino en el conjunto de actividades socioculturales realizadas por el personaje MORDAZA, el mismo que se ha consolidado como representante protagonico del pueblo de San MORDAZA de Tunan. Esta danza hace referencia a la heroica participacion de los pueblos del MORDAZA del Mantaro y, en particular al de San MORDAZA, en la MORDAZA de La Brena, puesto que narra como MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lider de la resistencia, escogio a los jovenes mas habiles del pueblo de San MORDAZA para formar un cuerpo de espionaje cuyos integrantes, disfrazados como Huishuitos (personajes sucios y andrajosos, aparentemente enajenados) obtendrian la informacion sobre los planes de las fuerzas enemigas; Que, el area tecnica ha determinado que el danzante MORDAZA manifiesta una marcada identidad regional con respecto a las vivencias historicas trascendentales y con los acontecimientos politicos del Peru y del MORDAZA, al plasmar satiricamente los mismos en sus ya conocidos "Programas", folletos anuales que contienen un mensaje y el programa de las actuaciones previstas para la fiesta; Que, la danza de los Avelinos es de pasos sencillos y de balanceo ritmico con desplazamiento de comparsa en pasacalle, por lo que se le puede considerar como danza de coreografia libre. Como parte de las actividades de la comparsa, resaltan las actividades culturales y religiosas tradicionales que engloban las costumbres de todo el pueblo y cuya diversidad es muy singular y creativa, poniendo enfasis en un rasgo que define al poblador de San MORDAZA, el patriotismo y el heroismo demostrados en la MORDAZA de La Brena; Que, la citada danza mantiene las tradiciones musicales de la region, pues se ejecuta con instrumentos de uso popular en la region como la tinya (tambor de origen precolombino) y la wacra (corneta de cuerno de toro), asi como el violin, el arpa MORDAZA, el clarinete y el saxofon;

Que, los elementos MORDAZA citados son suficientes para determinar que la danza de Los Avelinos de San MORDAZA de Tunan es una valiosa manifestacion del patrimonio inmaterial de la region MORDAZA, que contribuye, por su contenido historico, cultural, social y religioso, a mantener la identidad colectiva de los pueblos de la MORDAZA central en particular y del MORDAZA en su conjunto; Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:

Articulo Unico.DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la danza Los Avelinos de San MORDAZA de Tunan, de Huancayo, MORDAZA, toda vez que, por su contenido historico, cultural, social y religioso, contribuye a la afirmacion de la identidad colectiva regional y nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional

235436-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican los alcances de numeral 9 de la Res. Nº 713-2007-OS/CD relativa a la aplicacion de multa impuesta a la Compania Minera Raura S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 553-2008-OS/CD
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2008 VISTO: El escrito de registro Nº 988051 de fecha 1 de MORDAZA de 2008, presentado por COMPANIA MINERA RAURA S.A., representada por el senor MORDAZA MORDAZA Quinteros, solicitando la revision de los alcances de la Resolucion Nº 713-2007OS/CD de fecha 20 de noviembre de 2007; CONSIDERANDO: 1. Mediante Resolucion Nº 713-2007-OS/CD de fecha 20 de noviembre de 2007, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de diciembre de 2007, se declaro infundado el recurso de revision interpuesto por COMPANIA MINERA RAURA S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 444-2006MEM/DGM de fecha 11 de diciembre de 2006, vinculada a la aplicacion de 28 UIT de multa por incumplimiento de la normativa ambiental detectada con ocasion de la MORDAZA fiscalizacion del ano 2005. El detalle del monto de la multa (28 UIT) fue desarrollado en la Resolucion Nº 713-2007-OS/CD: a) Incumplimiento de los compromisos ambientales asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) "Deposito de Relaves Caballococha" consistente en garantizar que la calidad del agua de los recursos hidricos adyacentes (lagunas Caballococha, Tinquicocha, Chuspicocha, Patarcocha y Lauricocha) se encuentre dentro de los valores limites establecidos en la Ley General de Aguas, lo cual corresponde a las recomendaciones

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