Norma Legal Oficial del día 11 de Agosto del año 2008 (11/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca y su Reglamento. Articulo 8º.- La Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, efectuara las acciones correspondientes a efecto de vigilar el cumplimiento de los derechos administrativos otorgados a traves de la presente resolucion; debiendo informar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para las acciones a que MORDAZA lugar. Articulo 9º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a solicitud de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, impedira que la embarcacion a que se refiere el Articulo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas, si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca, registrara alguna obligacion pendiente frente al Ministerio de la Produccion, derivada de las obligaciones de pesca autorizada por la presente resolucion. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 235191-1

Declaran improcedente solicitud de autorizacion para incremento de capacidad de procesamiento presentada por Pesquera Capricornio S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 387-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2008 Visto los escritos con registros Nº 00019403 de fechas 19 de agosto, 18 de octubre del 2005, 22 de febrero, 10 de octubre, 5 de diciembre de 2006, 28 de febrero, 21 de MORDAZA, 15 de junio, 24 de MORDAZA, 10, 21 y 24 de agosto, 17 y 25 de setiembre de 2007, 9 de enero, 13 de MORDAZA, 13 de junio de 2008 y escritos de registros Nº 00082395 de fechas 29 de noviembre, 4 de diciembre de 2007, 4 de junio, 3 y 9 de MORDAZA de 2008, presentados por PESQUERA CAPRICORNIO S.A., MORDAZA MAQUINARIAS S.A. y THE CHALACO CORPORATION OF PERU S.A.C., respectivamente. CONSIDERANDO Que el Articulo 116° inciso 116.2, de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que pueden acumularse en un solo escrito mas de una peticion siempre que se trate de asuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse conjuntamente; Que por Resolucion Ministerial Nº 359-2007PRODUCE, de fecha 29 de noviembre de 2007, se modifica la denominacion del procedimiento administrativo Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, por "Cambio de titular de la licencia de operacion con MORDAZA de Verificacion de EIA o PAMA"; Que por Resolucion Ministerial Nº 713-97-PE, del 11 de noviembre de 1997, se otorgo a PESQUERA CAPRICORNIO S.A., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de productos hidrobiologicos a traves de su planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial ubicado en Av. Prolongacion Centenario Nº 2620-2628, MORDAZA Los Ferroles, Provincia Constitucional del Callao, con la capacidad instalada de 30 t/h de procesamiento pesquero;

Que por Resolucion Directoral Nº 034-99-PE/DNPP de fecha 5 de MORDAZA de 1999, se otorgo a MAQUIMAR S.A., licencia de operacion para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, a traves de su planta de harina de pescado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Pasaje Don MORDAZA Nº 150, MORDAZA Industrial Acapulco de la Provincia Constitucional del Callao, con la capacidad instalada de 8 t/h de procesamiento de materia prima; Que mediante los escritos del visto, PESQUERA CAPRICORNIO S.A. solicita autorizacion para el incremento de capacidad instalada con innovacion tecnologica, via fusion de capacidades de dos plantas de harina de pescado con licencia de operacion vigente, y asimismo, solicita el cambio de titular de una de las plantas, como es MAQUIMAR S.A. al MORDAZA de la Escritura de Compra Venta, Constitucion de Hipoteca, Prenda Industrial, Cesion de Derechos, Cancelacion y Levantamiento de Hipoteca y Prenda Industrial que celebran como vendedora MAQUIMAR S.A. en LIQUIDACION y como compradora ASTILLEROS Y MAESTRANZA ANDESA S.A.C., con intervencion de MORDAZA MAQUINARIAS S.A., MORDAZA MORDAZA MORDAZA y OTROS; Que de conformidad con lo senalado en el numeral 60.1 del articulo 60 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "si durante la tramitacion de un procedimiento es advertida la existencia de terceros determinados no comparecientes cuyos derechos o intereses legitimos puedan resultar afectados con la resolucion que sea emitida, dicha tramitacion y lo actuado les deben ser comunicados mediante citacion al domicilio que resulte conocido, sin interrumpir el procedimiento", en ese sentido y con la finalidad de realizar un analisis adecuado de la solicitud de cambio de titular de la licencia de operacion se considero pertinente poner a conocimiento de la empresa MORDAZA MAQUINARIAS S.A., de la solicitud efectuada por PESQUERA CAPRICORNIO S.A., con la finalidad de que senale cual es la situacion actual de los bienes hipotecados y dados en prenda, segun consta en el Contrato de Compra Venta, indicado en el MORDAZA considerando; por lo que dicha empresa se opuso rotundamente a que se autorice cualquier cambio de titularidad de la licencia de operacion de MAQUIMAR S.A. en Liquidacion, tal circunstancia se notifica a PESQUERA CAPRICORNIO S.A., a traves de Oficios Nº 1348-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 1927-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dchi y Nº 2509-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, alcanzando su descargo con una valorizacion de equipos y maquinarias; Que por otro lado, a traves de los escritos del visto, la empresa THE CHALACO CORPORATION OF PERU S.A.C., solicita cambio de titular de licencia de operacion de la citada planta de harina de pescado, al MORDAZA de una Transaccion Extrajudicial celebrada entre ASTILLEROS Y MAESTRANZAS ANDESA S.A.C. MORDAZA MAQUINARIAS S.A. con intervencion de la empresa THE CHALACO CORPORATION OF PERU S.A.C, en dicho documento aparece el contrato de reconocimiento de obligacion, transaccion extrajudicial, compra venta, opcion de compra y levantamiento de hipoteca, el mismo que en su acapite 1.5 la empresa MORDAZA MAQUINARIAS declara que mediante Oficio Nº 482-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, ha tomado conocimiento que ANDESA habia suscrito con un tercero un Contrato de Asociacion en Participacion, con el objeto de acumular la licencia de operacion de la linea de produccion de harina de pescado que fuera trasferida a ANDESA a traves del contrato sin haber previamente contado con la autorizacion expresa de MORDAZA MAQUINARIAS, considerando que dichos bienes habian sido afectados en garantia a favor de este ultimo en respaldo de las obligaciones asumidas por ANDESA en el contrato; a su vez ANDESA reconoce lo senalado por MORDAZA MAQUINARIAS en el parrafo precedente y declara que no se ha producido entrega fisica de los bienes que conforman la linea de produccion de harina de pescado a la empresa PESQUERA CAPRICORNIO S.A. y que estos lo tienen bajo su posesion en el local industrial donde han sido autorizados. MORDAZA partes reconocen que esta situacion es una causal de resolucion de contrato. Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves de Informes Nº 2512007-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 320-2007-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, Nº 632-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi y Nº 119-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi; que sustentan la

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