Norma Legal Oficial del día 19 de Agosto del año 2008 (19/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 19 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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Nombre 15 16 17 18 19 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Medicamentos e Insumos Medico-Quirurgicos ­ SISMED, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM, modificada por Resolucion Ministerial Nº 367-2005/MINSA; Con la visacion de los Directores Generales de la Direccion General de Salud de las Personas y las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoria Juridica, la Secretaria General, el Jefe del Seguro Integral de Salud, asi como del Viceministro de Salud; De conformidad con el literal l) del articulo 8º, de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Seguro Integral de Salud para que otorgue cobertura integral para la atencion de salud de los menores senalados en el Anexo "A" de la presente Resolucion, asi como de las secuelas de enfermedad que ocasione la Hepatitis B, sin que resulte aplicable la exclusion especifica de "Secuela de enfermedades infecciosas y parasitarias" al Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2007-SA. Articulo 2º.- Disponer que el Instituto Nacional de Salud del MORDAZA o cualquier otra Institucion de Salud de su Red asistencial, asi como los establecimientos de salud de las Direcciones Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces, efectuen la vigilancia medica de los menores senalados en el Anexo "A" de la presente Resolucion, por el tiempo que se requiera; y en caso que alguno de los menores afectados desarrollen la enfermedad de la hepatitis B, brindar el tratamiento medico en forma integral, asumiendo los gastos que irroguen dichos tratamientos hasta la total e integral recuperacion de su salud. Articulo 3º.- Disponer que, cuando resulte necesario el traslado de los menores afectados a la MORDAZA de MORDAZA, el Ministerio de Salud asumira los viaticos correspondientes, alojamiento y alimentacion, para cada menor afectado y su acompanante, con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Salud del MORDAZA o de las Instituciones de Salud de su Red asistencial. Articulo 4º.- Facultar a los Titulares de los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, a utilizar los fondos a los que se refiere el numeral 7.5.14 de la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Medico-Quirurgicos ­ SISMED, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 1753-2002-SA/DM, modificada por Resolucion Ministerial Nº 367-2005/MINSA, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente Resolucion. Articulo 5º.- El Instituto Nacional de Salud del MORDAZA y el Organo de Control Institucional dependiente de la Contraloria General de la Republica, informara al Ministro de Salud, del resultado de las investigaciones efectuadas, para la determinacion de las responsabilidades correspondientes. Articulo 6º.- Disponer que la Defensoria de la Salud del Ministerio de Salud sea el organo encargado de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, debiendose ademas hacerse cargo de las coordinaciones que resulten necesarias con los familiares de los ninos afectados para su atencion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud ANEXO A Resolucion Ministerial Nº 568-2008/MINSA
Nombre 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nathaly Angellys MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maricielo Mulatillo MORDAZA Nayeli MORDAZA Lavan MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de profesional del Ministerio a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 103-2008-MTC
MORDAZA, 18 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Fax Nº 50/2008-DNO/ANTT, del 09.07.08, el Director General de la Agencia Nacional de Transporte Terrestre del Brasil confirma los dias del 20 al 22 de agosto de 2008 para la realizacion de la V Reunion Bilateral de los Organismos de Aplicacion del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre ­ ATIT, entre el Peru y el Brasil que se desarrollara en la MORDAZA de Rio MORDAZA, Estado de Acre, Brasil; Que, se ha visto por conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Transporte Terrestre, en la Reunion MORDAZA mencionada; Que, el gasto por concepto de viaticos sera asumido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto. El desplazamiento de la MORDAZA de Puerto MORDAZA a la MORDAZA de Rio MORDAZA, Estado de Acre, Brasil, y viceversa se efectuara via terrestre no irrogando gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el 11.08.08 la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitio la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 01613-2008 de conformidad con lo establecido en el articulo 77º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 29142; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional de la Direccion General de Transporte Terrestre, a la MORDAZA de Rio MORDAZA, Estado de Acre, Brasil, del 19 al 23 de agosto de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 600.00

Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, el referido profesional debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional debera presentar ante la Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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