Norma Legal Oficial del día 27 de Agosto del año 2008 (27/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2008

nacionales necesarios, entre ellos, el Reglamento Nacional de Vehiculos; Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004-MTC, 0142004-MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 006-2008-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el articulo 28º del citado Reglamento establece que para la inscripcion en el Registro de Propiedad Vehicular de las modificaciones efectuadas a las caracteristicas registrables de los vehiculos inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular, se debe acreditar a traves del Certificado de Conformidad de Modificacion el cual acredita que dichas modificaciones no afectan negativamente la seguridad del vehiculo, el MORDAZA terrestre, el medio ambiente o incumplen las condiciones tecnicas reglamentarias; Que, el articulo 92º del mismo Reglamento establece que el Certificado de Conformidad de Fabricacion, sera requerido para el caso de fabricacion de vehiculos a partir de partes y piezas y servira para acreditar que el vehiculo cumple con las exigencias tecnicas minimas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias; Que, mediante Directiva Nº 002-2002-MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 1573-2002-MTC/15, la cual regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras autorizadas a emitir los Certificados de Conformidad de Modificacion, Montaje y Fabricacion, se establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Entidad Certificadora ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C. se advierte que ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Entidad Certificadora de Conformidad establecidos en el numeral 6.1 de la Directiva Nº 0022002-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 1573-2002-MTC/15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: · Solicitud firmada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante legal de la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C., solicitando se le autorice como Entidad Certificadora de Conformidad. · Declaracion jurada de la solicitante senalando que prestan servicios o desarrollan actividades de inspeccion vinculadas al MORDAZA automotriz, cumplen con los requisitos y no se encuentra comprendida dentro de las restricciones para obtener la autorizacion para la emision de los Certificados de Conformidad. · MORDAZA del Testimonio de Constitucion de Asociacion bajo la denominacion de "Asociacion Metal-Mecanica Automotriz de la Provincia de Trujillo" ante Notario MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con fecha 30 de MORDAZA de 1990. Asimismo, MORDAZA del Testimonio de Escritura de Modificacion de Estatuto ante Notario MORDAZA MORDAZA Odiaga, con fecha 04 de MORDAZA del 2007. Finalmente MORDAZA del Testimonio de Escritura de Transformacion Social, Cambio de Nombre o Denominacion y Modificacion de Estatuto, ante Notario MORDAZA MORDAZA Odiaga, con fecha 04 de Octubre del 2007, otorgada ante ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C. mediante la cual se acredita su experiencia en el desarrollo de actividades vinculadas al MORDAZA automotriz. · Registro de firmas de los ingenieros acreditados y autorizados para la suscripcion de los certificados de conformidad. · Nomina de ingenieros mecanicos y mecanicoelectricistas, colegiados y habilitados, con sus respectivas copias de sus documentos de identidad, titulo profesional, certificado de habilidad vigente y hojas de MORDAZA, que acreditan su experiencia respectiva en el MORDAZA automotriz. · Convenios con tres talleres de carrozado para que realicen las subsanaciones de las observaciones efectuadas en el MORDAZA de certificacion. · Plano de Distribucion de la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR

S.A.C., mediante el cual acredita que en las instalaciones de dicho centro puede ingresar el total de un vehiculo a un solo nivel y que cuenta con la zanja o fosa para la revision del vehiculo desde el lado inferior del mismo. · Facturas comerciales que acreditan la propiedad de la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C. sobre los siguientes equipos y herramientas: analizador de gases homologado, opacimetro homologado, sonometro, equipo de medicion del alineamiento de faros: regloscopio, desacelerometro y equipo para ensayo con particulas magneticas para la inspeccion de uniones soldadas. · Declaracion Jurada firmada por el Representante Legal senalando que los equipos de taller: instrumentos de medicion y calibracion, equipo mecanico de alineamiento de direccion, gatas hidraulicas para elevar vehiculos y multitester digital son de propiedad de la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C., mediante el cual acredita la posesion de dichos equipos. De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehiculos y la Directiva Nº 002-2002-MTC/15 que establece el regimen de autorizacion, procedimientos y requisitos para la emision de los Certificados de Conformidad; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C. ubicada en la Mz. A Lote 15 A.H. San MORDAZA - Prolongacion MORDAZA MORDAZA N° 1714, La Rinconada - MORDAZA, Region La MORDAZA, como Entidad Certificadora de Conformidad a fin de realizar las inspecciones tecnicas de los vehiculos y emitir los Certificados de Conformidad de Modificacion, Montaje y Fabricacion, de acuerdo a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2002-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 1573-2002-MTC/15, el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas modificatorias, complementarias y conexas. Articulo 2º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre

243405-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la difusion del MORDAZA denominado "Homicidio por MORDAZA o atropello con vehiculo automotor y las medidas de coercion personal", a realizarse en MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 318-2008-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 26 de agosto del 2008 VISTO: El Oficio Nº165-2008-EFAJA-CSJLI/PJ., cursado por el Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director de la Escuela

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