Norma Legal Oficial del día 29 de Agosto del año 2008 (29/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

378809

y Estructura Organica Basica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047 ­ 2002 ­ PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002 ­ 2004 ­ DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008 ­ 2004 ­ DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la permanencia en Comision de Servicio en el Extranjero con eficacia anticipada a partir del 16 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2008 del Crl Com MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP Nº 111002000 y DNI Nº 43590210, para que preste servicios como Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), MORDAZA de MORDAZA D. C. - Estados Unidos de MORDAZA, el cual se desarrollara del 16 de MORDAZA de 2008 al 16 MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,050.00/31 x 16 dias (julio) US$ 3,050.00 x 05 meses (agosto-diciembre) Articulo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias aprobados. Articulo 4º.- El citado Oficial Superior durante el tiempo que permanecera en el extranjero, pasara Lista de Revista en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito. Articulo 5º.- De conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, el citado Oficial esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 23º de la presente Ley, mas el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duracion de la comision de servicio. Articulo 6º.- El referido Oficial debera cumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002 ­ 2004 ­ DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008 ­ 2004 ­ DE/SG de fecha 30 de junio de 2004. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 245026-5

Que, con Facsimil (DGS) Nº 884 de fecha 21 de agosto de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, en el ano 2007 se llevo a cabo la XII Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Peru y Ecuador, acordandose la ejecucion del Curso de MORDAZA MORDAZA a cargo de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de Ecuador, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 01 al 30 de setiembre de 2008, para participar en el Curso de MORDAZA MORDAZA a cargo de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 896-2008/DE/SG 28.ago.2008 a) MOTIVO Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de cinco (05) efectivos de las Fuerzas Armadas de Ecuador para participar en el Curso de MORDAZA MORDAZA a cargo de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. b) IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE ECUADOR, SIN MORDAZA DE MORDAZA, QUE INGRESARA AL TERRITORIO DE LA REPUBLICA:
1. 2. 3. 4. 5. ALFG-IM ALFG-IM SGOP-IM SGOS-IM CBOP-IM MORDAZA IZURIETA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ORMAZA MORDAZA MORDAZA GUAGUA SIMISTERRA MORDAZA MECIAS MORDAZA MORDAZA

Autorizan el ingreso al Peru de personal militar de Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 896-2008-DE/SG MORDAZA, 28 de agosto de 2008

c) TIEMPO DE PERMANENCIA Del 1 al 30 de setiembre de 2008. 244888-1

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