Norma Legal Oficial del día 29 de Agosto del año 2008 (29/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que mediante el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante su vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Solo realiza la actividad extractiva el titular del permiso de pesca. No corresponde la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 023-95PE, de fecha 17 de enero de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en el ambito del litoral peruano entre otros a la empresa PESQUERA MORDAZA MORDAZA S. A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" con matricula CE-0228-PM de 240 TM. de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que por Resolucion Ministerial Nº 175-97-PE de fecha 10 de MORDAZA de 1997, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar entre otras la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM, a nombre de UNION FISHING S. A; Que mediante Resolucion Directoral Nº 244-99-PE/ DNE de fecha 19 de octubre de 1999, se aprobo entre otros el cambio de nombre del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM, a favor de PESQUERA ARYAL S. A., en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que por Resolucion Directoral Nº 323-2001-PE/ DNEPP de fecha 12 de diciembre de 2001, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado para operar entre otras la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM, a favor de PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S. A. C; Que por Escritura Publica PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S. A. C, transfiere a PESQUERA INDUSTRIAL NAUTICA S. A. C, entre otras la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" Que mediante contrato de compra venta celebrado el 7 de MORDAZA del 2003, PESQUERA INDUSTRIAL NAUTICA S. A. C, transfiere a la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S. A. C, entre otras la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" Que por Escritura Publica de fecha 5 de MORDAZA del 2005 LANGOSTINERA CALETA DORADA S. A. C, celebro contrato de compra venta con la empresa MARICULTURA EL MORDAZA S. A. C, entre otras de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM; Que por documento privado de fecha 16 de MORDAZA del 2005, LANGOSTINERA CALETA DORADA S. A. C, celebro contrato de arrendamiento entre otras de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM con la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S. A. C; Que mediante los escritos del visto, COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S. A. C, en virtud a un contrato de arrendamiento ha solicitado el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, modificado por la Resolucion Ministerial Nº 175-97-PE, Resoluciones Directorales Nros. 244-99-PE/DNE y 323-2001-PE/ DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula CE0228-PM; sin embargo, el Certificado Compendioso de Dominio y Certificado de Matricula presentados por la empresa solicitante se aprecia que el dominio de la citada embarcacion pesquera lo ejerce la empresa LANGOSTINERA CALETA DORADA S. A. C;

Que mediante los Oficios Nros. 2763 y 4464-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi de fechas 01 de agosto y 03 de diciembre del 2007; 306, 713, 1386, 1821 y 25952008-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fechas 24 de enero, 21 de febrero, 03 y 30 de MORDAZA, 19 de junio del 2008 respectivamente, se requirio y reitero a la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S. A. C; la MORDAZA del Certificado Compendioso de Dominio en el que se consigne el contrato de arrendamiento celebrado con la empresa LANGOSTINERA CALETA DORADA S. A. C., Certificado de matricula vigente consignando la capacidad de bodega en m3, y la Declaracion Jurada en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE; Que a la fecha COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S. A. C, no ha cumplido con presentar los requisitos solicitados en el parrafo precedente, entre ellos el Certificado Compendioso de Dominio que consigne el contrato de arrendamiento celebrado con LANGOSTINERA CALETA DORADA S. A. C, mediante el cual acredite la posesion de la embarcacion pesquera "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 352 2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 023-95-PE, modificada por Resolucion Ministerial Nº 175-97-PE, Resoluciones Directorales Nros. 244-99-PE/DNE y 323-2001-PE/ DNEPP, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "SAN MORDAZA 10" de matricula CE-0228PM, solicitado por la empresa COMERCIALIZADORA OLEADAS MORDAZA S. A. C., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 244434-2

Otorgan a SERMARSU S.A.C. autorizacion de instalacion de establecimiento industrial pesquero para procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 441-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 11 de agosto del 2008 Visto los escritos con Registro Nº 00023878 de fechas 03 de MORDAZA, 24 de MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2008, respectivamente, presentados por la empresa SERMARSU S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso

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