Norma Legal Oficial del día 29 de Agosto del año 2008 (29/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES

378847

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Autorizan celebracion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 171
Chaclacayo, 16 de agosto del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia del senor MORDAZA y con el quorum reglamentario, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo prescrito en el Articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru, la Comunidad y el Estado protegen a la familia, promueve el matrimonio y lo reconocen como instituto natural y fundamental de la sociedad. Asimismo, tal como senala el Articulo 233° del Codigo Civil, la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con las normas y principios senalados en la Constitucion Politica del Estado; Que, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, tiene como funciones proteger a la familia y promover el matrimonio, sobre todo, de aquellas parejas que viven en union de hecho, cautelando de esta manera su legalidad y seguridad juridica; Que, la MORDAZA II, inciso c.3) del T.P. del TUO del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 139-99-EF concordado por el Articulo 68º inciso b) del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2004-EF, senala que, las municipalidades pueden imponer tasas, siendo una de ellas, las tasas por servicios administrativos o derechos que se MORDAZA por la tramitacion de procedimientos administrativos; Que, el tramite del procedimiento, los requisitos y tasas por concepto de "Matrimonio Civil" en la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, estan estructurados en el Item 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 079/MDCH, estando la municipalidad en la facultad de exonerar dichas tasas, en atencion a la facultad prevista en el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades concordante con la MORDAZA IV del T.P. del TUO del Codigo Tributario; En atencion a las facultades establecidas en articulo 9º inciso 9) y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de lectura y aprobacion de acta se aprobo la siguiente:

Aprueban otorgamiento de Beneficio de reduccion del valor de multas administrativas impuestas en aplicacion de la Ordenanza Nº 092-MDCH
ORDENANZA MUNICIPAL N° 172
Chaclacayo, 16 de agosto del 2008 VISTO: El Informe Nº 184-2008-GGM/MDCH de la Gerencia General Municipal, referente al Beneficio de Rebaja del 95% del valor de las Multas Administrativas; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194º, concordado con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, por Ordenanza Municipal Nº 092-MDCH se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad, y con su aplicacion se impusieron multas demasiado excesivas, que los contribuyentes no han podido cancelar; Que, con Ordenanza Municipal Nº 159-MDCH se aprobo el MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y el Cuadro de Infracciones de la Municipalidad, para estar acorde con los cambios y necesidades de los contribuyentes del distrito, sin embargo es necesario establecer mecanismos que permitan beneficiar a los contribuyentes a quienes se les impuso multas en aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 92-MDCH; Que, es politica de nuestra actual gestion otorgar facilidades para el pago de las deudas administrativas, teniendo en cuenta la dificil situacion economica por la que atraviesa actualmente el MORDAZA, estableciendo asi las bases para una buena y eficiente gestion administrativa, siendo nuestro objetivo otorgar beneficios a fin de que los administrados adecuen sus conductas senaladas como infracciones, cenidos al cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; En atencion a las facultades establecidas en la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de lectura y aprobacion de acta se aprobo la siguiente:

ORDENANZA:
Articulo Primero.- Aprobar el Otorgamiento del Beneficio con la Rebaja del 95% del valor de todas las multas administrativas impuestas a las personas naturales y juridicas en aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 092-MDCH de fecha 19 de noviembre del 2004. Articulo Segundo.- El presente beneficio tambien es de alcance a los contribuyentes cuyas multas se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre que cumplan con pagar previamente los costos y gastos del proceso. Articulo Tercero.- El beneficio de rebaja tendra una temporalidad de 60 dias calendario a partir de la fecha de su publicacion. Articulo Cuarto.- Solo se beneficiaran todos los contribuyentes que a la fecha de publicacion hayan subsanado el motivo de la sancion (Licencias de funcionamiento y otros). Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA

ORDENANZA:
Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, a llevarse a cabo el dia 27 de Septiembre del 2008, a horas 6:00 p.m. en el local de la Biblioteca Municipal. Articulo Segundo.- DISPONER la exoneracion de los plazos legales para la celebracion del Matrimonio Civil a que se refiere el Articulo Primero del presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER como pago unico por derechos administrativos la suma de S/.80.00 (ochenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General ­ Oficina de Registro Civil, la verificacion de la documentacion requerida y los demas tramites legales que correspondan y la efectiva difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. VALCARCEL CAHEN MORDAZA

244058-1

244059-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.