Norma Legal Oficial del día 29 de Agosto del año 2008 (29/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES

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en sus respectivos espacios. Se MORDAZA mayor prioridad a los proyectos ligados a los objetivos del Plan de Desarrollo y seran incorporados al Presupuesto los que obtengan mayores puntajes en la priorizacion, hasta el monto del dinero asignado. Los proyectos que queden seleccionados en la priorizacion pasaran al presupuesto institucional de apertura de la Municipalidad y los preseleccionados no priorizados pasaran a un banco de proyectos que la Municipalidad creara para tal fin. Estos pasaran nuevamente a ser debatidos y priorizados en el Presupuesto Participativo del siguiente ano.

CAPITULO VII DE LOS PARTICIPANTES EN LOS PROCESOS DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Articulo 14°.- Participan sin exclusion de ningun MORDAZA en las Etapas y pasos del Presupuesto Participativo las organizaciones sociales y otras formas organizativas de la poblacion, MORDAZA territoriales o tematicas con asiento territorial MORDAZA reconocidas y registradas debidamente en el Registro de organizaciones sociales (ROS) de la Municipalidad Distrital de Pucusana. Los ciudadanos y ciudadanas residentes en la jurisdiccion pueden participar a titulo individual dentro del MORDAZA con voz pero sin MORDAZA de acuerdo al reglamento. Articulo 15°.- Las organizaciones sociales y otras formas organizativas de la poblacion que estan debidamente acreditadas eligen representaciones ante la Asamblea del Presupuesto Participativo en el numero y modalidad que senala el Reglamento del Proceso. Los espacios de concertacion generada por el plan de desarrollo seguiran un mismo sistema para su representacion. Articulo16°.-ElgobiernoLocalpromuevepermanentemente la participacion comunal y coordina la intervencion de las Autoridades Publicas Locales en la formacion, debate y conservacion del Presupuesto Participativo, conforme a los mecanismos que se establece en la presente ordenanza. La Municipalidad elaborara un cronograma de reuniones con el fin de hacer los informes correspondientes y para la priorizacion en los Proyectos de acuerdo a los criterios aprobados. En estas reuniones y talleres se recogeran las iniciativas de los posibles proyectos presentados por las organizaciones sociales y de forma individual para todas las ciudadanas y ciudadanos sin exclusion. Asimismo, se coordinara la relacion de las Asambleas de caracter Distrital con la participacion efectiva de los representantes elegidos en las reuniones, de acuerdo al reglamento, con la finalidad de aprobar los criterios basicos del MORDAZA, validar la aprobacion de proyectos distritales y realizar la priorizacion de los mismos. Articulo 17°.- Del Consejo de Coordinacion Local Distrital El MORDAZA de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo para el ejercicio fiscal 2009 contara con la participacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital actual, cuyo mandato aun no concluye.

El Comite de vigilancia y control del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 estara conformado por no menos de cuatro miembros elegidos entre los Agentes Participantes del MORDAZA de Planeamiento Concertado y Presupuesto Participativo en el Primer Taller de Trabajo. El Comite de Vigilancia y Control de Presupuesto Participativo 2009 debera vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas del MORDAZA, segun los principios del instructivo N° 002-2008/76.01, asi como el cumplimiento de los acuerdos concertados en el presupuesto participativo del ano fiscal 2009, este Comite tendra una vigencia de 02 anos a partir de la fecha de eleccion y juramentacion. Mediante Decreto de Alcaldia se designara expresamente al funcionario responsable de brindar toda la informacion publica requerida por los ciudadanos de conformidad con la Ley N° 27806, sobre transparencia y acceso a la informacion publica. La funcion se ejerce bajo la responsabilidad segun lo dispuesto por la misma Ley. La Municipalidad Distrital de Pucusana, utilizara los medios a su alcance a fin de lograr la adecuada y oportuna informacion a todos los vecinos sobre el MORDAZA de planeamiento concertado, presupuesto participativo, ejecucion del plan y del gasto publico, asi como los informes de los organos de control sobre ejecucion presupuestal. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS: Primera.- El reglamento para el adecuado funcionamiento del registro de organizaciones que se refiere el articulo 14 de la presente Ordenanza sera promulgado por Decreto de Alcaldia en un plazo no mayor de 30 dias a partir de la entrada de vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- Mediante Decreto de Alcaldia se dictara las disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CUYA MORDAZA MORDAZA 242791-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Amplian la Situacion de Emergencia en la provincia de Canete
ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-2008-MPC
Canete, 20 de agosto de 2008 Visto: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, la ampliacion de Situacion de Emergencia en la provincia de Canete; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 y en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, es un organo de gobierno local con autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; que tiene como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 053-2008MPC, de fecha 16 de Junio de 2008, se declaro ampliar la Situacion de Emergencia en la provincia de Canete, del departamento de MORDAZA, a partir del dia 16 de MORDAZA al 12 de agosto del 2008; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2008-PCM del 10 de agosto de 2008 se prorrogo por el termino de sesenta

CAPITULO VIII DE LA APROBACION Y EJECUCION DE LOS PRESUPUESTOS
Articulo 18º.- Aprobacion y Ejecucion de los Presupuestos El presupuesto participativo es aprobado por los miembros del Concejo Municipal, luego que el Consejo de Coordinacion Local y los Agentes Participantes suscriban al Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo; el mismo que debe difundirse entre la poblacion a traves de los medios de comunicacion masiva.

CAPITULO IX DE LA VIGILANCIA SOCIAL A LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Articulo 19°.- De la participacion ciudadana en la ejecucion y evaluacion del Presupuesto Participativo

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