Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2008 (11/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 11 de diciembre de 2008

Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros 289268-9

Que, conforme a la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN) es un Organismo Publico adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 ha prohibido el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, salvo, segun su inciso d), en los supuestos de contratacion o nombramiento, segun corresponda, con cargo a los presupuestos institucionales respectivos, aprobados en dicha Ley, en los casos establecidos en el "Anexo C: Excepciones para contratar o nombrar - Ano Fiscal 2008", en el que se ha previsto para el Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN), la posibilidad de poder contratar noventa (90) personas; Que, en el numeral 1.16 del articulo 1º de la Resolucion de Secretaria de Gestion Publica Nº 001-2008-PCM-SGP, que establece disposiciones relativas a la contratacion o nombramiento de personal por parte de las Entidades autorizadas mediante la Ley Nº 29142, se ha dispuesto que si en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) vigente de las Entidades autorizadas no existen cargos o puestos previstos que permitan la contratacion o nombramiento, previamente deberan modificar su CAP o aprobar uno MORDAZA, debiendo cumplir con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; Que, de acuerdo con los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros ha evaluado la propuesta formulada por el OSITRAN, emitiendo el Informe Nº 100-2008-PCM-SGP.RFN, adjunto al Memorandum Nº 624-2008-PCM/SGP, en el que se opina por la aprobacion de dicha propuesta; Que, el articulo 15º de los Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, establece que los CAP de los Organismos Publicos se aprueban mediante Resolucion Suprema refrendada por el Titular del Sector al que pertenezca el respectivo organismo; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 043-2004PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico (OSITRAN). Articulo 2º.- Dejese sin efecto el CAP del OSITRAN aprobado por la Resolucion Suprema Nº 003-2006-PCM, la Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-2006-CDOSITRAN y las demas disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del OSITRAN a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe), de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. Articulo 4º.- El MORDAZA CAP del OSITRAN aprobado por la presente Resolucion, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en los portales indicados en el articulo anterior. Articulo 5º.- Las funciones y responsabilidades del personal del OSITRAN se estableceran en forma detallada en el Manual de Organizacion y Funciones del OSITRAN, que sera aprobado dentro de los sesenta (60) dias calendario posteriores a la publicacion de la presente Resolucion.

Acreditan al Ministerio de Agricultura y al Gobierno Regional del Callao para la transferencia de funciones sectoriales en materia agraria
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 064-2008-PCM/SD MORDAZA, 04 de diciembre de 2008 VISTOS:

El Informe de Concordancia Nº 039-2008-PCM/SDOTME, elaborado segun lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, aprobada por la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, la misma que establece las normas para la transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, durante el ano 2007; y, el Informe Nº 037-2008PCM/SD-FNH. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", el mismo que comprendio al resto de funciones no incluidas en los Planes Anuales 2004, 2005 y 2006, a efecto de cumplir con la primera medida del Shock Descentralizador, MORDAZA por el Presidente de la Republica en octubre de 2006, que disponia concluir, al 31 diciembre de 2007, con la transferencia a los Gobiernos Regionales de las 185 funciones de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, en merito a lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 2º de dicha MORDAZA, se aprobo la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD: "Normas para la Ejecucion de la Transferencia del ano 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia", mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/ SD, a traves de la cual se establecio un procedimiento simplificado de transferencia de funciones sectoriales, en el MORDAZA de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 004-2007-PCM/SD, se aprobaron los requisitos especificos minimos a ser cumplidos por los Gobiernos Regionales, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, MORDAZA mencionada, los cuales fueron propuestos por los Sectores involucrados en el MORDAZA de Transferencia de Funciones Sectoriales; Que, mediante el Informe de Concordancia Nº 0262007-PCM/SD-OTME, elaborado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.6 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, MORDAZA mencionada, el Gobierno Regional del Callao fue declarado POR POTENCIAR, al no haber cumplido con alguno de los requisitos especificos minimos establecidos, segun los respectivos Informes Situacionales elaborados por el Ministerio de Agricultura y el propio Gobierno Regional, para acceder a la transferencia de funciones sectoriales, en materia Agraria; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 5.1.5 de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, a efecto de facilitar la certificacion, y posterior acreditacion de funciones

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