Norma Legal Oficial del día 11 de Diciembre del año 2008 (11/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

384928

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de diciembre de 2008

establecidas de capacitacion y rendimiento para el Sector Publico. TITULO IV DE LA JORNADA LABORAL Capitulo I. De la Modalidad De Trabajo Articulo 21º.- Jornada laboral del profesional Biologo en el sector publico La jornada laboral de los profesionales biologos que prestan sus servicios en el sector publico se rige de acuerdo a su modalidad de contratacion. Asimismo, la jornada laboral de los profesionales biologos comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 23536, Ley que establece las normas generales que regulan el trabajo y la MORDAZA de los profesionales de la salud, sera de seis (06) horas diarias o treinta y seis (36) horas semanales, en tanto cumpla funciones en materias propias de su profesion, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley en mencion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0019-83-PCM. Articulo 22º.- Jornada laboral del profesional Biologo en el sector privado La jornada laboral de los profesionales biologos que prestan sus servicios en el sector privado se rigen por las normas pertinentes del regimen laboral de la actividad privada, de acuerdo a la Constitucion Politica del Peru. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Todos los derechos, deberes y obligaciones del profesional Biologo que labore en el sector publico o privado se sujetaran, en todo lo que le corresponda a las disposiciones legales vigentes aplicables para cada caso. Las disposiciones del presente Reglamento se aplican en concordancia con las normas legales aplicables al regimen laboral en que se encuentre el profesional Biologo. Segunda.- Mediante Resolucion Ministerial de los sectores se dictaran las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicacion del presente Reglamento. 289268-7

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 267-2008/ MINSA, se designo al medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, Asesor II, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, como representante del Ministro de Salud ante la Comision de Tercer Nivel de Nombramiento del Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial, que se encuentre prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional, debiendo presidir la citada Comision; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 764-2008/ MINSA, se dio por concluida la designacion del medico cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, al cargo de Asesor II, Nivel F-5 del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud; Que, a fin de no afectar la continuidad del MORDAZA de nombramiento, resulta necesario designar a la profesional propuesta como representante del Ministro de Salud ante la Comision de Tercer Nivel de Nombramiento del Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial; Con el visado de los Directores Generales de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y Asesoria Juridica, asi como del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal I) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Designar a la abogada MORDAZA Desilu MORDAZA CHEMPEN Asesor II, del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Salud como representante del Ministro de Salud ante la Comision de Tercer Nivel de Nombramiento del Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial, que se encuentran prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a Nivel Nacional, debiendo presidir la citada Comision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 288989-1

Designan representante del Ministro ante la Comision de Tercer Nivel de Nombramiento del Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 865-2008/MINSA MORDAZA, 9 de diciembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28560, Ley de Nombramiento del Personal Tecnico Asistencial y Administrativo, Personal de Servicios y Auxiliar Asistencial, se autorizo al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la citada Ley, se encontraran prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 528-2007/ MINSA, se dispuso que las Comisiones de Nombramiento de Tercer, MORDAZA y Primer Nivel, reinicien sus funciones a fin de llevar a cabo el MORDAZA de nombramiento, debiendo llegar solamente hasta la fase de declarar aptos y no aptos de los servidores contratados, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28560 y su Reglamento;

Designan representante de la Alta Direccion del Ministerio ante las Mesas de Dialogo Permanente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 866-2008/MINSA MORDAZA, 9 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 177-2008/ MINSA, se establecieron tres (3) Mesas de Dialogo Permanente con la Federacion Medica Peruana, Federacion Nacional Unificada de Trabajadores del Sector Salud y Sindicato Nacional de Enfermeras (os) del Ministerio de Salud, las mismas que estan encargadas de analizar la problematica laboral de los servidores del Ministerio de Salud y proponer alternativas de solucion; Que, mediante los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 769-2008/MINSA, se modifico la conformacion de las Mesas de Dialogo Permanente a que se refiere el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 177-2008/MINSA, indicando entre otros aspectos que la presidencia se encuentra a cargo del Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 7942008/MINSA, se modifico la conformacion de las Mesas de Dialogo Permanente a que se refieren los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 769-2008/MINSA, quedando integradas por dos (02) representantes de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, uno de los cuales la presidira;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.