Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2008 (12/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

384981

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban Reglamento de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion
DECRETO SUPREMO Nº 081-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1030, se ha aprobado la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final de dicho Decreto Legislativo, corresponde al Poder Ejecutivo expedir el Reglamento de la citada Ley; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ha propuesto la aprobacion de las normas reglamentarias respectivas a fin de implementar el funcionamiento del Sistema Nacional de Acreditacion y perfeccionar el MORDAZA normativo en que se formulan y aprueban las Normas Tecnicas Peruanas; y, En uso de la facultad que confiere el inciso 18) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebese el Reglamento de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, el mismo que consta de veintiocho (28) articulos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias Finales, dos (2) Disposiciones Complementarias Transitorias, y una (1) Disposicion Complementaria Derogatoria, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros

Decreto de ampliacion de convocatoria de la Primera Legislatura Ordinaria del Periodo Anual de Sesiones 2008-2009
DECRETO DE PRESIDENCIA Nº 01-2008-2009-P/CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Que, el articulo 49º del Reglamento del Congreso establece que el periodo anual de sesiones comprende dos legislaturas ordinarias; Que, segun la citada MORDAZA reglamentaria, la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 20082009, culmina el 15 de diciembre de 2008; Que, durante el receso parlamentario funciona la Comision Permanente, cuyas funciones son establecidas por los articulos 99º, 100º y 101º de la Constitucion Politica del Peru; Que, sin perjuicio de las funciones que le corresponde ejercer a la Comision Permanente durante el receso parlamentario, hay importantes proyectos de ley y otros asuntos que deben ser tratados por el Pleno del Congreso de la Republica, alguno de los cuales no pueden ser objeto de delegacion de facultades legislativas a la Comision Permanente, segun lo senalado en el MORDAZA parrafo del inciso 4) del articulo 101º de la Constitucion Politica del Peru; y, EJERCIENDO la facultad de ampliacion de convocatoria de las legislaturas ordinarias, prevista en el ultimo parrafo del articulo 49º del Reglamento del Congreso de la Republica; DECRETA: Ampliase la convocatoria de la primera legislatura ordinaria del periodo anual de sesiones 2008-2009, hasta el 15 de enero de 2009, con la finalidad de que el Pleno del Congreso se reuna para tratar los siguientes asuntos materia de agenda fija: 1. Los dictamenes y proyectos de ley o de resolucion legislativa y otras proposiciones que se encuentren en la Agenda del Pleno del Congreso al 15 de diciembre de 2008, y aquellos que se acuerden en la Junta de Portavoces, conforme a sus atribuciones; 2. las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con caracter de urgencia; 3. el Informe de la Comision Investigadora encargada de investigar las supuestas irregularidades en la adjudicacion y concesion de lotes petroleros a favor de la empresa Discover Petroleum, y la participacion de funcionarios en ellas; y, 4. la delegacion de facultades legislativas a la Comision Permanente. Dado en MORDAZA, en el Palacio del Congreso, a los once dias del mes de diciembre de dos mil ocho. Publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Congreso de la Republica 289871-1

REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SISTEMAS NACIONALES DE NORMALIZACION Y ACREDITACION TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento complementa las disposiciones de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion y precisa la competencia del INDECOPI en la administracion de ambos Sistemas. Salvo expresa indicacion contraria, cuando en el texto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.