Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2008 (12/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2008

Que la embarcacion BENDICION DE MI MORDAZA 2 de matricula PL-18448-CM con 50.63 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada con permiso de pesca vigente, en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion; Que a traves del Oficio Nº 2775-2008-REGIONANCASH/DIREPRO/DEPP-514 con registro de ingreso Nº 00053012 del 15 de MORDAZA del 2008, la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA, remite el expediente administrativo presentado por la senora MORDAZA HUMANCHUMO NUNTON, via dicha dependencia regional a traves de los escritos con registros Nº 5000 y 5197 de fechas 10 y 17 de junio del 2008, y el escrito con registro Nº 5828 del 10 de MORDAZA del 2008, y los escritos con registro Nº 00053012 de fechas 13 y 27 de agosto y 14 de octubre del 2008, mediante los cuales solicita autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega hasta 64.09 m3 de la embarcacion BENDICION DE MI MORDAZA 2 de matricula PL-18448-CM de 50.63 m3 con permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 016-2000-PRE/P, via sustitucion y aplicacion del saldo de bodega de 13.46 m3 con acceso a los recursos anchoveta y sardina, reservado en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 129-2008-PRODUCE/DGEPP, proveniente de la embarcacion sustituida BENDICION DE MI MORDAZA de matricula PL-3655-BM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se observa que la recurrente ha formulado su solicitud conforme al procedimiento Nº 12 del MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas modificatorias, y en concordancia con la normatividad pesquera vigente; determinandose que la recurrente ha presentado los requisitos acorde a su solicitud; por lo que de acuerdo al numeral 38.2 del articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificatorias, y ademas en virtud a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, se considera viable autorizar el incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion BENDICION DE MI MORDAZA 2 de matricula PL-18448-CM hasta 64.09 m3, con permiso para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, via sustitucion y aplicacion del saldo de bodega de 13.46 m3 con acceso a los recursos anchoveta y sardina, reservado en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 129-2008PRODUCE/DGEPP, proveniente de la embarcacion sustituida BENDICION DE MI MORDAZA de matricula PL3655-BM; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun los Informes Nºs 4622008-PRODUCE/DGEPP-Chi, 476-2008-PRODUCE/ DGEPP-Chi y 625-2008-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fechas 8 y 18 de agosto y 20 de octubre del 2008 respectivamente, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, Ley N° 26920, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-1998, y modificado por los Decretos Supremos Nº 001-99-PE, Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE, y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE y modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de la senora MORDAZA HUMANCHUMO NUNTON, autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion BENDICION DE MI MORDAZA

2 de matricula PL-18448-CM de 50.63 m3 hasta 64.09 m3, con acceso a la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½" pulgada (13 mm) y 1 ½" pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa, via sustitucion y aplicacion del saldo de bodega de 13.46 m3 con acceso a los recursos anchoveta y sardina, reservado en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 129-2008-PRODUCE/DGEPP, proveniente de la embarcacion sustituida BENDICION DE MI MORDAZA de matricula PL-3655-BM. Articulo 2°.- La autorizacion otorgada por el articulo precedente tendra un plazo de vigencia de veinticuatro (24) meses. Vencido dicho plazo, la citada autorizacion de incremento de flota caducara, debiendo ser declarada expresamente por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, conforme a lo establecido en el 37° del Reglamento de la Ley General de Pesca, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE publicado con fecha 4 de agosto del 2007. Articulo 3°.- Ejecutado la ampliacion de capacidad de bodega, dentro del plazo previsto y senalado en el articulo precedente, la senora MORDAZA MORDAZA NUNTON, debera solicitar dentro del plazo MORDAZA de un (1) ano contado a partir de la acreditacion del termino de la construccion, la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion BENDICION DE MI MORDAZA Nº 2 de matricula PL-18448-CM en el extremo referido a la capacidad de bodega, bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota otorgado, declarandose la misma mediante Resolucion Directoral. Articulo 4°.- Dejar si efecto lo dispuesto en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 129-2008-PRODUCE/ DGEPP, en razon de que el saldo de bodega reservado, ya ha sido utilizado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 289085-5

Declaran caducidad de permisos de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 653-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 28 de octubre del 2008 Visto: el escrito recibido el 15 de setiembre de 2008 del senor MORDAZA MORDAZA GLENNI MORDAZA, titular de la embarcacion pesquera MORDAZA I de matricula PL12465-CM (Registro Nº 70259); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2008PRODUCE modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2008-PRODUCE se dispuso conceder un plazo de quince (15) dias habiles, el cual vencio el 20 de MORDAZA de 2008, para que todos los titulares de permisos de pesca de mayor escala, presenten ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero una declaracion jurada indicando si existe alguna diferencia entre la capacidad de bodega real de la embarcacion y la capacidad de bodega consignada en el permiso de pesca otorgado; caso contrario, se iniciaran los procedimientos administrativos de caducidad de los permisos de pesca correspondientes;

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