Norma Legal Oficial del día 12 de Diciembre del año 2008 (12/12/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

385034

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2008

Articulo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, incorpore en el Plano de Zonificacion de los Distritos de Los MORDAZA y Comas, la modificacion aprobada en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA, a los 5 DIC. 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 288938-1

ORDENANZA

Articulo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Aplicacion y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas. Articulo Segundo.- APROBAR, el Anexo Nº 01: Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones, el mismo que forma parte integrante del Reglamento de Aplicacion y Sanciones Administrativas. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Fiscalizacion y sus Subgerencias, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia, indefectiblemente, a los sesenta (60) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE APLICACION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS TITULO PRELIMINAR

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas
ORDENANZA Nº 275-C/MC Comas, 7 de noviembre de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 7 de noviembre del 2008, el Dictamen de la Comision Especial que aprueba el proyecto de Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad Distrital de Comas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; por otro lado, representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; asimismo, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, el parrafo MORDAZA del Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de las multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias"; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, se determina que es el Concejo Municipal quien aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes; a traves de ordenanzas se determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion de sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias o medidas complementarias; Que, siendo politica de la actual gestion promover que los administrados logren el cambio voluntario y adecuen sus conductas, que puedan tipificarse como infracciones, al cumplimiento de las disposiciones municipales administrativas; asimismo, cumplan con formalizar sus actividades, sobre las cuales los Gobiernos Locales tienen competencia de regulacion y control, conforme a Ley; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa del tramite y aprobacion del Acta, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, aprobo por Mayoria, la siguiente:

ARTICULO I.- POTESTAD SANCIONADORA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS La capacidad sancionadora de la Municipalidad Distrital de Comas se establece en el Titulo III, Capitulo II, Sub Capitulo II de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Ello implica la tipificacion de las conductas constitutivas de infraccion, la fiscalizacion, la instauracion del MORDAZA administrativo sancionador y la aplicacion de multas administrativas y otras medidas complementarias, ante el incumplimiento de las disposiciones municipales, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. ARTICULO II.- PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR MUNICIPAL La potestad sancionadora y el Procedimiento Administrativo Sancionador Municipal se rigen por los principios establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como aquellos correspondientes al procedimiento sancionador que establece el Titulo IV, Capitulo II de la misma norma. ARTICULO III.- FINALIDAD El presente Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas tiene por finalidad establecer las disposiciones generales orientadas a estructurar el procedimiento sancionador, garantizando al administrado la correcta aplicacion de sanciones y debido procedimiento, ante el incumplimiento de las normas administrativas municipales. ARTICULO IV.- BASE LEGAL 1. Constitucion Politica del Peru. 2. Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. 3. Ordenanza Nº 230-C/MC que aprueba el ROF de la Municipalidad de Comas. 4. Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias. 5. Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, su Reglamento y sus Modificatorias. 6. Ley Nº 29060 ­ Ley del Silencio Administrativo y modificatorias. ARTICULO V.- SUJETOS DE FISCALIZACION Son sujetos pasibles de fiscalizacion y control municipal, las personas naturales, personas juridicas, entidades publicas e instituciones privadas dentro del ambito de la jurisdiccion del distrito de Comas y en general todos aquellos que por mandato de las disposiciones municipales deban cumplir determinadas conductas o abstenerse de realizar estas, dentro de la jurisdiccion. Las personas juridicas o patrimonios autonomos, son responsables por el incumplimiento de las disposiciones municipales, aun cuando la infraccion MORDAZA sido realizada por una persona natural con la cual mantengan algun MORDAZA de vinculacion laboral, contractual o de dependencia.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.