Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2008 (17/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, asimismo, dicho articulo precisa que se encuentran expresamente incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, considerando que conforme a lo informado por la Oficina de Imagen Institucional, en su Memorandum Nº 411-2008-MTC/04.04, asi como por la Oficina de Abastecimiento, en su Informe Nº 1002-2008-MTC/10.02, en el presente caso se requiere contratar el servicio de publicidad radial y televisiva para la difusion de la MORDAZA denominada "Viaje Seguro en las MORDAZA de fin de ano"; y atendiendo a lo prescrito en la MORDAZA resenada precedentemente, se concluye que se esta ante la presencia de un servicio personalisimo y, por lo tanto, resulta procedente que su contratacion se efectue via exoneracion de MORDAZA de seleccion; Que, tratandose de publicidad, resulta necesario hacer referencia a la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, cuyo articulo 1º establece que constituye objetivo de dicha MORDAZA el establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinaran al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y television; asi como fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de tales recursos; Que, de acuerdo con el articulo 2º de la referida ley, se entendera por publicidad institucional a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, asi como la difusion de la ejecucion de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias. En ese sentido, dado que conforme a lo indicado por la Oficina de Imagen Institucional, en su Memorandum Nº 411-2008-MTC/04.04, el objetivo de la MORDAZA que se desea efectuar, es aumentar la percepcion de los riesgos de quienes incurren en conductas equivocadas al momento de realizar viajes a nivel interprovincial, y difundir recomendaciones orientadas a sensibilizar sobre esta problematica, tanto a conductores como usuarios, se tiene que constituye obligacion de este Ministerio verificar que dicha MORDAZA se ajuste a los requisitos exigidos en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, los que se encuentran recogidos en su articulo 3º; Que, al respecto, la Oficina de Imagen Institucional, en su Memorandum Nº 411-2008-MTC/04.04, ha senalado que la documentacion sustentatoria del presente procedimiento exoneratorio se encuentra conforme a lo establecido en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; motivo por el cual, dado que en dicha documentacion se hace referencia a la descripcion y justificacion de la MORDAZA, a la propuesta y justificacion tecnica de la seleccion de MORDAZA, asi como al presupuesto; informacion exigida en el articulo 3º de la citada MORDAZA, resulta procedente continuar con el tramite correspondiente para contratar el servicio de publicidad radial y televisiva requerido; Que, en congruencia con lo senalado en el articulo 20º de la Ley, correspondera que la contratacion del servicio se efectue en concordancia con los articulos que regulan la fase de ejecucion contractual. Asimismo, la Resolucion que aprueba la exoneracion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; siendo que dentro del mismo plazo, MORDAZA de tal documento, asi como de los informes que la sustentan, deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y sus modificatorias; y en congruencia con la Ley Nº 28874; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del MORDAZA de seleccion correspondiente a Concurso Publico, para la contratacion del servicio de publicidad radial y televisiva para la difusion de la MORDAZA denominada "Viaje Seguro en las MORDAZA de fin de ano", por tratarse de un servicio personalisimo, conforme a lo

dispuesto en el numeral f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el articulo 145º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun el detalle siguiente: a) MORDAZA de contrato : Contratacion de servicio.

b) Descripcion de la contratacion: Servicio de Difusion de Spots Radial y Televisivo en Medios de Comunicacion de alcance nacional para la MORDAZA "Viaje Seguro en las MORDAZA de fin de ano". - Item 1: Radio - Item 2: Television c) Duracion - Item 1: Quince (15) dias. - Item 2: Catorce (14) dias. :

d) Valor Referencial Total : S/. 952 417.69 (Novecientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Diecisiete y 69/100 Nuevos Soles) - Item 1: S/. 252 484.99 (Doscientos Cincuenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Cuatro y 99/100 Nuevos Soles) - Grupo RPP S.A. - Corporacion Radial del Peru S.A.C. - Grupo Panamericana de Radios S.A. : S/. 111 728.00 : S/. 84 299.60 : S/. 56 457.39

- Item 2: S/. 699 932.70 (Seiscientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Treinta y Dos y 70/100Nuevos Soles).
- Frecuencia Latina Representaciones S.A.C. - Compania Peruana de Radiodifusion S.A. - Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - MORDAZA de Radiodifusion S.A.C. : S/. : S/. : S/. : S/. 133 379.23 299 245.33 50 186.27 217 121.87

e) Fuente de financiamiento f) Dependencia que contrata

: Recursos Directamente Recaudados. : Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General.

Articulo 2º.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administracion de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a fin que realice la contratacion del servicio a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion mediante acciones inmediatas, de conformidad con lo establecido en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Articulo 3°.- Remitir la presente Resolucion, asi como el Memorando N° 3334-2008-MTC/10.02, de la Oficina General de Administracion; el Memorandum Nº 4112008-MTC/04.04, de la Oficina de Imagen Institucional, el Informe Nº 1002-2008-MTC/10.02, de la Oficina de Abastecimiento; asi como el Informe N° 3163-2008MTC/08, de la Oficina General de Asesoria Juridica, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 4°.- Publicar, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 291796-1

Modifican permiso de operacion de aviacion comercial otorgado a la empresa LC Busre S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 194-2008-MTC/12 MORDAZA, 6 de octubre del 2008

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