Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2008 (17/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2008

Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas Encargado del Despacho del Ministerio de Economia y Finanzas MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Encargada del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 291797-7

Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Articulo 3.- Derogatoria Derogase toda otra MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura REGLAMENTO DECRETO LEGISLATIVO QUE PROMUEVE LA IRRIGACION DE TIERRAS ERIAZAS CON AGUAS DESALINIZADAS ­ DECRETO LEGISLATIVO N° 1007 TITULO PRELIMINAR Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento desarrolla el MORDAZA normativo para la promocion de la inversion privada en proyectos de irrigacion de tierras eriazas con aguas desalinizadas para ser destinadas a fines agricolas y agroindustriales, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1007. Articulo 2º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento, se entendera por:

AGRICULTURA
Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1007, que promueve la irrigacion de tierras eriazas con aguas desalinizadas
DECRETO SUPREMO N° 033-2008-AG CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica, mediante Ley N° 29157, delego en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre determinadas materias, con la finalidad de facilitar la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru ­ Estados Unidos y apoyar la competitividad economica para su aprovechamiento, encontrandose dentro de las materias comprendidas en dicha delegacion la mejora del MORDAZA regulatorio, asi como la mejora de la competitividad de la produccion agropecuaria; Que, en uso de esa delegacion de facultades, mediante Decreto Legislativo Nº 1007 se promueve la irrigacion de tierras eriazas con aguas desalinizadas, estableciendose el MORDAZA juridico para la promocion y regulacion de dichas actividades; Que, de conformidad con el articulo 5º del Decreto Legislativo que promueve la Irrigacion de Tierras Eriazas con Aguas Desalinizadas ­ Decreto Legislativo N° 1007, mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura se aprobara su Reglamento; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y el numeral 1 del articulo 6º y el literal e) del numeral 2 del articulo 8º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion Apruebase el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1007, que consta de diecinueve (19) articulos, dos (02) disposiciones complementarias; y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

a) Adjudicatario: Es la persona juridica o consorcio de personas juridicas o consorcio de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras, al cual se le adjudique en venta las tierras eriazas con aptitud MORDAZA una vez concluido el procedimiento establecido en el presente Reglamento. b) Agua desalinizada: Es la extraida MORDAZA para ser utilizada con fines de uso MORDAZA, agroindustrial y poblacional, previo MORDAZA de extraccion o eliminacion de las sales mediante plantas desalinizadoras. c) Agua de mar: Es la que se encuentra en los oceanos y mares y comprende agua de transicion y aguas saladas de acuiferos; caracterizada por su alta concentracion de sales minerales disueltas, predominando el cloruro de sodio. d) Agua de transicion: Es el agua superficial proxima a las desembocaduras de los MORDAZA y parcialmente MORDAZA como consecuencia de su cercania al mar. e) Agua salada de acuifero o salobre: Es la denominacion que recibe el agua que proviene de la explotacion de pozos de acuiferos salinizados por distintos motivos. f) Ley: Es el Decreto Legislativo N° 1007, Decreto Legislativo que promueve la utilizacion de aguas desalinizadas con fines de irrigacion para ser destinadas a fines agricolas y agroindustriales. g) Organismo Promotor de la Inversion Privada: Es el organismo que se encargara de ejercer las funciones de conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada y de tramitar y evaluar las iniciativas privadas en proyectos de inversion que se presenten en el MORDAZA de la Ley y el presente Reglamento. Para el caso de los proyectos de inversion de alcance nacional, el Organismo Promotor de la Inversion Privada sera el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada ­ CEPRI AGRICULTURA. Tratandose de proyectos de inversion de alcance regional o local, seran los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respectivamente, los que ejerceran directamente o a traves de una entidad encargada de la promocion de proyectos regionales de inversion quien asuma las funciones de Organismo Promotor de la Inversion Privada.

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