Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2008 (17/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 2º.- OTORGAR el beneficio de la exoneracion total de pago de los arbitrios municipales de periodos anteriores hasta el 2006 a los contribuyentes en su condicion de propietarios y/o poseedores, con predios en las zonas 03, 04 y 05 del distrito, siempre y cuando cancelen AL CONTADO el integro de los arbitrios municipales del 2007 y/o 2008, considerando el MORDAZA de prelacion de las deudas. Articulo 3º.- OTORGAR la los contribuyentes de la jurisdiccion, la condonacion de pago de la Multa Tributaria por Omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autoavaluo o no declaracion de Transferencia de predio a favor de tercero. Articulo 4º.- OTORGAR por unica vez, a los contribuyentes que tengan a la fecha Convenio de Fraccionamiento de tributos municipales impagos y vencidos, la exoneracion de pago de intereses moratorios correspondientes y su no derivacion a instancia de Ejecucion Coactiva, siempre y cuando cancelen AL CONTADO, el total del Convenio correspondiente. Caso contrario, se procedera a su remision a la instancia coactiva, para su cobro coercitivo correspondiente. Igual beneficio se aplicara a los fraccionamientos por Multas Tributarias, Administrativas y derechos de licencias y anuncios publicitarios. Articulo 5º.- OTORGAR excepcionalmente y por unica vez a los infractores del distrito, la ANULACION de la NOTIFICACION PREVENTIVA por no contar con Licencia de Funcionamiento y/o Autorizaciones por Anuncios Publicitarios. No se incluye a los contribuyentes que actualmente se encuentren en MORDAZA de Fiscalizacion Tributaria, considerando que los mismos son responsables solidarios por la Notificacion preventiva impuesta por Licencia de Funcionamiento y/o Autorizacion de Anuncios Publicitarios. Articulo 6º.- OTORGAR a favor de la personas naturales o juridicas con actividades comerciales y de servicios el Beneficio del pago del 50% del monto actual de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento. El presente Beneficio no comprende a los contribuyentes que esten actualmente en MORDAZA en curso de Fiscalizacion Tributaria. Articulo 7º.- .OTORGAR el Beneficio de la Exoneracion del 50% del Derecho de pago por Autorizacion de Anuncios Publicitarios. a favor de las personas naturales o juridicas con actividades comerciales y de servicios. El presente Beneficio no comprende a los contribuyentes que esten actualmente en MORDAZA en curso de Fiscalizacion Tributaria.

Articulo 8º.- PRECISAR que la vigencia de los Beneficios senalados en ellos Articulos MORDAZA y Setimo, tendra una vigencia a partir del 01 al 31 de octubre del presente ano. Articulo 9º.- FACULTAR al Despacho de Alcaldia emitir el Decreto de Alcaldia correspondiente a efecto de las acciones complementarias que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo 10º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los organos estructurados competentes de la Municipalidad Distrital de Ancon, asi como encargar a la Gerencia de Rentas la difusion de la presente norma. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 290810-1

Disponen inicio de medidas conducentes al establecimiento de responsabilidades administrativas por la declaracion en situacion de desabastecimiento inminente de la adquisicion de suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad, aprobada por Acuerdo de Concejo Nº 007-2008-MDA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 093-2008-MDA Ancon, 28 de agosto de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCON; VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Acuerdo de Concejo Nº 007-2008-MDA del 08 de Enero del 2008, Oficio Nº 077-2008-CG/CA de la Gerencia de Contrataciones y Adquisiciones de la Contraloria General de la Republica del 22 de MORDAZA de 2008, Informe Nº 0202008-GM/MDA de la Gerencia Municipal del 11 de Junio de 2008, Informe Nº 099-2008-OAJ/MDA de la Oficina de Asesoria Juridica del 25 de Agosto de 2008; y,

PUBLICACION DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES
Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributacion Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifican y aprueban el Regimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2009, deberan publicarse a mas tardar el 31 de diciembre de 2008. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestion que se genera por las MORDAZA de fin de ano, MORDAZA llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, MORDAZA del 21 de diciembre.

LA DIRECCION

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