Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

d. La DRE / UGEL a traves del equipo de personal, bajo responsabilidad, debe verificar y determinar el sistema pensionario al que pertenece el postulante ganador, informacion que debera ser considerada en la resolucion de contrato correspondiente. e. En el caso de presentarse la figura de doble cargo, segun lo establece la presente Directiva, se debe tener en cuenta para el pago de la remuneracion, las prohibiciones de doble percepcion senaladas en cada una de las normas legales que aprueban las asignaciones y/o bonificaciones otorgadas tanto al personal administrativo, docente como profesional de la salud. f. Los descuentos por tardanzas, inasistencias, huelgas, paralizaciones y permisos de los servidores, se efectuan de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Jefatural Nº 1344-2008-ED14. VI. DEL COMITE DE EVALUACION 6.1. Las Direcciones Regionales de Educacion ­ DRE y las Unidades de Gestion Educativa Local ­ UGEL aprobaran mediante resolucion, los Comites de Evaluacion de las Sedes Administrativas y de las Instituciones Educativas pertenecientes a su jurisdiccion, a propuesta de los directores de cada institucion educativa. 6.2. El Comite de Evaluacion de la Sede Administrativa es ademas responsable del MORDAZA de evaluacion en aquellas instituciones educativas de su jurisdiccion, donde no se puedan conformar los comites por falta de personal titular. 6.3. El Comite de Evaluacion una vez emitida su resolucion de conformacion, ejercera sus funciones durante todo el ano 2009, evaluando a los postulantes para cubrir las vacantes, inclusive las que se generen posteriormente. 6.4. El Comite de Evaluacion de la DRE/UGEL estara conformado por: a) Director o Jefe de Gestion Institucional, quien la preside. b) Especialista Administrativo en Personal. c) Dos (02) representantes titulares y dos (02) alternos de los servidores administrativos de la entidad, elegidos en votacion por mayoria simple. d) Un (01) representante titular y uno (01) alterno del Organo de Participacion correspondiente (COPARE, COPAL). 6.5. El Comite de Evaluacion de la Institucion Educativa esta conformado por: a) Director de la institucion educativa, titular o encargado mediante resolucion, quien la preside. b) Un (01) representante titular y uno (01) alterno de los servidores administrativos, elegidos en votacion por mayoria simple. En caso de no existir servidores administrativos se elegira en votacion a un profesor de carrera. c) Un (01) representante titular y un (01) representante alterno del CONEI. 6.6. En caso de que algun miembro del Comite de Evaluacion, tenga relacion de parentesco con alguno de los postulantes, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, este se abstendra de participar en dicho caso en particular, retomando sus funciones en los subsiguientes. MORDAZA de consaguinidad: 1º Padre, hijo 2º Abuelo, MORDAZA, hermano 3º Bisabuelo, bisnieto, tio y sobrino 4º Primos hermanos entre si MORDAZA de afinidad: 1º Conyuge, suegro 2º Cunados

educativa, seran reemplazados por el Director o Jefe de Gestion Pedagogica, Jefe de Administracion y por directivo, jerarquico o docente con mayor tiempo de servicios oficiales en la MORDAZA del profesorado respectivamente. 6.7. Son funciones de cada Comite de Evaluacion:

a) Publicar el cronograma de actividades en la Sede Administrativa y/o Institucion Educativa correspondiente. b) Llevar un libro de actas, donde se registraran las actividades desarrolladas y ocurrencias del proceso. c) Efectuar la evaluacion y seleccion del personal administrativo y profesional de la salud. d) Publicar el cuadro de meritos, una vez concluida la evaluacion. e) Recepcionar y atender los reclamos de los postulantes sobre los resultados, luego de publicado el cuadro de meritos. f) Elaborar y publicar el Cuadro de Meritos luego de resueltos los reclamos, si los hubiere. g) Emitir las actas de adjudicacion a los postulantes ganadores. h) El Presidente de cada Comite remitira los expedientes del personal adjudicado a la instancia de gestion educativa descentralizada (DRE, UGEL) respectiva. i) Elaborar y presentar el Informe del MORDAZA de evaluacion documentado a la instancia de gestion correspondiente, despues de culminada la adjudicacion. 6.8. No pueden ser miembros del Comite de Evaluacion, los servidores que se encuentren con sancion administrativa vigente por procesos disciplinarios, ni los que se encuentren en uso de licencia. 6.9. Se requiere la presencia de cada uno de los miembros del Comite de Evaluacion (o sus alternos), para el inicio de las sesiones respectivas. 6.10. Los Comites de Evaluacion tendran en cuenta en su funcionamiento lo establecido en el Subcapitulo V del Capitulo II del Titulo II de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. VII. DE LAS COMPETENCIAS 7.1. DIRECCION DE LA INSTITUCION EDUCATIVA a) Proponer a la instancia de gestion administrativa la conformacion del Comite de Evaluacion. b) Verificar y publicar las vacantes reportadas por la DRE / UGEL. En caso de encontrar alguna irregularidad, deberan reportarla a la instancia correspondiente con el sustento respectivo, para su evaluacion. c) Cumplir con las disposiciones que dicte la DRE/ UGEL para la ejecucion del presente proceso. 7.2. DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION / UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL a) Conformar el Comite de Evaluacion de la Sede Administrativa de la DRE / UGEL y de las Instituciones Educativas de su jurisdiccion, mediante resolucion. b) Publicar la relacion de vacantes, considerando nombre de la DRE, UGEL, I.E, cargo, motivo de vacante, codigo de NeXus. c) Supervisar el MORDAZA de evaluacion y seleccion de personal administrativo y/o profesional de salud en las sedes administrativas e instituciones educativas. d) Expedir las resoluciones de contrato de los postulantes ganadores del MORDAZA de evaluacion.

En caso de abstencion por parte de alguno de los miembros del Comite, para evaluar dicho caso, seran reemplazos por sus alternos. En el caso especifico del Director o Jefe de Gestion Institucional, Especialista Administrativo en Personal y el Director de la institucion

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Normas Tecnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o Paralizaciones y Permisos de Personal.

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