Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 20. MEJESA S.R.L. Mediante Resolucion Nº 33272008-TC-S3 de 17.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3022-2008-TC-S3 de 20.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 21. COANZA CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Mediante Resolucion Nº3327-2008-TC-S3 de 17.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3022-2008-TC-S3 de 20.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 22. SAMI CONSTRUCTORES CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Mediante Resolucion Nº 33272008-TC-S3 de 17.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3022-2008-TC-S3 de 20.10.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 23. OSPINA S.A.C. Mediante Resolucion Nº 33342008-TC-S3 de 18.11.2008, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2955-2008-TC-S3 de 15.10.2008, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 24. VULCAIN METAL COMPANY S.A.C. (VULMETCO S.A.C.) Mediante Resolucion Nº 33362008-TC-S3 de 18.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3157-2008-TC-S3 de 31.10.2008, que le sanciona con once (11) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 25. SERVICIOS GENERALES y VIGILANCIA S.R.L. (SEGEVISA S.R.L.) Mediante Resolucion Nº 33392008-TC-S3 de 18.11.2008, se declaro improcedente el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3142-2008-TC-S3 de 30.10.2008, que le sanciona con quince (15) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en el MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

26. BUSINESS INTERNATIONAL USA E.I.R.L. Mediante Resolucion Nº 3340-2008-TC-S3 de 18.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 3132-2008-TC-S3 de 30.10.2008, que le sanciona con quince (15) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

27. R & N CONTRATISTAS GENERALES S.R.L. Inhabilitacion por ocho (8) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta en los procedimientos seguidos ante el RNP, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3349-2008-TCS3 de 18.11.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

28. INDUSTRIA DE MORDAZA PARQUET CARPINTERIA SAN MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3350-2008-TCS3 de 18.11.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. CARPINTERIA Y EBANISTERIA EN GENERAL MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 3350-2008-TC-S3 de 18.11.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 30. CARPINTERIA MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3350-2008-TCS3 de 18.11.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 31. PROYECTOS INTEGRALES ART' 99 S.A. Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 3350-2008-TC-S3 de 18.11.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 32. INDUSTRIA DE POSTES SULLANA S.A.C. Mediante Resolucion Nº 3358-2008-TC-S3 de 19.11.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa

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