Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

385530

NORMAS LEGALES
Sancion Pecuniaria

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008
Organos competentes para resolver Primera instancia Empresas Electricas (Tipo 4) Empresas de Distribucion de Gas Natural por Ductos MORDAZA instancia

Rubro 1

Infraccion

Base Normativa

Empresas Electricas (Tipo 1)

Empresas Electricas (Tipo 2)

Empresas Electricas (Tipo 3)

O.I

O.S.

28) Cuando la concesionaria no cumpla con el acuerdo celebrado con el usuario durante la tramitacion del procedimiento, o con las resoluciones emitidas, sea en primera o MORDAZA instancia administrativa, o su cumplimiento es fuera del plazo establecido en dichos actos o en la normativa vigente. 29) Cuando en el MORDAZA de un procedimiento de verificacion muestral se advierta el incumplimiento de la concesionaria respecto de los mandatos contenidos en Resoluciones emitidas por la JARU

Articulo 192º de la Ley Nº 27444. Numeral 6.1 de la Resolucion Nº 671- 2007OS/CD. 1 a 30 UIT 2 a 80 UIT 2 a 280 UIT 2 a 1000 UIT 2 a 1000 UIT STA JARU JARU TASTEM

Resolucion Nº 184-2007OS/CD

Hasta 50 UIT

Hasta 100 UIT

Hasta 300 UIT Hasta 1500 UIT

Hasta 1500 UIT

STA JARU JARU

TASTEM

292466-1

Aprueban Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 676-2008-OS/CD MORDAZA, 18 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante "Ley"), se dispone que, dentro de los tres (3) primeros anos de su vigencia, las Empresas Concesionarias de Distribucion (en adelante "Distribuidoras") podran convocar a licitaciones, con una anticipacion menor a tres (3) anos para cubrir la totalidad de la demanda no contratada de sus usuarios regulados; en cuyo caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor a cinco (5) anos; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6º de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 101-2007-OS/ CD (en adelante "Norma Lineamientos") es aplicable a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009, en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley; Que, la empresa Electro Sur Medio S.A.A. (en adelante "ELECTRO SUR MEDIO"), de conformidad con el numeral 3 del Articulo 4º de la Ley, publico en su pagina Web y en un diario de circulacion nacional su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia. Como consecuencia de dicha publicacion, ninguna empresa manifesto su intencion de incorporarse al procedimiento al MORDAZA del Articulo 4.3 de la Ley; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 6522008-OS/CD, se aprobaron las Bases para la Licitacion de Suministro de Energia Electrica para ELECTRO SUR MEDIO en MORDAZA convocatoria y, posteriormente, con Resolucion OSINERGMIN Nº 665-2008-OS/CD,

se aprobaron las Bases Integradas de la referida licitacion; Que, el dia 01 de diciembre de 2008 se efectuo el acto publico de MORDAZA de propuestas y adjudicacion de la buena pro. Como consta en el acta del acto publico, no se presento ninguna oferta por lo que el Comite de Adjudicacion lo declaro totalmente desierto; Que, con fecha 01 de diciembre de 2008, se recibio la carta Nº A-013643-2008/GC con la propuesta de Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; Que, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.12 de la MORDAZA Lineamientos, OSINERGMIN debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido en cuenta lo dispuesto en la Resolucion OSINERGMIN Nº 341-2008-OS/CD que fijo los Precios en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2008 - MORDAZA 2009; Que, se han emitido el Informe Nº 0516-2008-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe Nº 0517-2008-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en los que se analiza el proyecto de Bases remitido por la Licitante. Los mencionados informes complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en ese sentido, no habiendose encontrado observaciones, corresponde aprobar las Bases para la Tercera Convocatoria a Licitacion de Suministros de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion ELECTRO SUR MEDIO; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" (Aplicables a las licitaciones cuya primera y siguientes convocatorias se efectuen hasta el 24 de MORDAZA de 2009 en el MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832). SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2º:

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