Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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en la parte resolutiva de dicha resolucion, "el periodo exonerado"; si bien dicha informacion ha sido consignado en el tercer considerando de la referida resolucion (un ano), atendiendo a lo indicado por el CONSUCODE, corresponde emitir la presente resolucion, con la finalidad de efectuar la precision solicitada; Estando a lo dispuesto en el Oficio N° E-178-2008/ DOP/STEC; el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; con la respectiva visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE:

Articulo Unico.- Precisar en el articulo primero de la Resolucion Nº 265-2008-SUNARP/SN, senalando que el plazo de la prestacion del servicio de Soporte Tecnico es de un ano y son 8 las licencias ORACLE que se actualizaron. Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 292477-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban Reglamentos de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional Sectorial de Salud de Tacna y de la Direccion de Red de Salud Tacna
ORDENANZA REGIONAL N° 021-2008-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dos de diciembre del ano dos mil ocho, en sesion extraordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el Decreto Supremo Nº 043­2006­PCM, establece que los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF); en el articulo 27 de la MORDAZA citada, senala: "Las entidades del sector publico deben incorporar a sus correspondientes ROF las funciones generales y especificas para el adecuado ejercicio de cada funcion"; Que, en el articulo 2 de la Resolucion Nro. 016­2007­ PCM/SD, emitida por la Secretaria de Descentralizacion, certifica que los Gobiernos Regionales senalados, dentro de los cuales se encuentra el Gobierno Regional de Tacna, han cumplido los requisitos minimos para la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Salud; Que, el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 419-2008/MINSA, establece: "Declarar que el Gobierno Regional de Tacna ha culminado el MORDAZA de transferencia de las funciones sectoriales en materia de

salud contenidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales (...); en tal virtud, el Gobierno Regional de Tacna es competente para el ejercicio de dichas funciones"; Que, con Oficio Nº 565-2008-GGR-PR-GOB.REG. TACNA, del 27 de noviembre del 2008, la Presidencia Regional remite al Consejo Regional, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), tanto de la Direccion Regional Sectorial de Salud Tacna y de la Direccion de Red de Salud Tacna, solicitando se incluya en agenda del Pleno para la aprobacion correspondiente; se adjunta el Informe Nº 835-2008-ORAJ/GOB.REG.TACNA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, asimismo el Informe Nº 036-2008-GRPPAT-SGDO/GOB.REG. TACNA de la Sub-Gerencia de Desarrollo Organizacional - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; asi como, el Oficio Nº 1382-2008-EORG-DEPE-DG/DRS.T/GOB.REG.TACNA, al cual se adjunta Informe Tecnico del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Diresa-Tacna y Direccion de Red de Salud Tacna, emitido por la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrategico y la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Regional de Salud. Todos estos documentos opinan y recomiendan la aprobacion del documento de gestion puesto a consideracion del Pleno; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el articulo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional, en sesion extraordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion Regional Sectorial de Salud de Tacna, el cual contiene: 35 (treinta y cinco) articulos, VII (siete) Titulos, 04 (cuatro) Disposiciones Complementarias y Transitorias, 02 (dos) Disposiciones Finales y el Organigrama Estructural, documento que adjunto, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo: APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Direccion de Red de Salud Tacna, el cual contiene: 16 (dieciseis) articulos, VII (siete) Titulos, 05 (cinco) Disposiciones Complementarias y Transitorias, 02 (dos) Disposiciones Finales y el Organigrama Estructural, documento que adjunto, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia General Regional y Direccion Regional Sectorial de Salud, la implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Institucion, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, a los dos dias del mes de Diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, a los seis dias del mes de Diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 292755-1

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