Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2008 (19/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 19 de diciembre de 2008

Que, se advierte del informe tecnico y del informe legal, que se habrian presentado estos dos elementos; toda vez que el no poder ejecutar el MORDAZA de seleccion en el presente ejercicio fiscal, conforme lo establece el Convenio suscrito con el Ministerio de Educacion, ocasionaria no atender la necesidad del mejoramiento de la infraestructura de la IE 5093- MORDAZA Raymondi, y por ende para no poner en riesgo a la poblacion estudiantil habria la necesidad de considerar el cierre de dicha institucion educativa, lo que motivaria la ausencia del servicio educativo en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, comprometiendo con ello un servicio esencial directamente relacionado con el cumplimiento de los fines y funciones institucionales de la municipalidad en materia de educacion. Que, el articulo 141 del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo No. 084-2004-PCM, senala "que la necesadidad de los bienes, servicios u obras, debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos..."; bajo este contexto se configura que la necesidad de realizar la ampliacion y rehabilitacion del I.E. 5093 MORDAZA Raymondi, es actual y de imperiosa atencion. Que, es importante considerar que la referida ausencia de un bien, servicio u obra ha de comprometer en forma indirecta e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Al respecto, debe entenderse por servicios esenciales aquellos que estan relacionados con el cumplimiento de los fines y funciones institucionales, segun su ley de creacion y/o estatutos; asi como a las diversas funciones que por leyes expresas se han atribuido a diversas Entidades Publicas, deviniendo en esenciales. Que, por otro lado, el articulo 20° item c) del Texto Unico Ordenado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la exoneracion de los procesos de seleccion por situacion de desabastecimiento inminente, en concordancia con el articulo 9° de la Ley N° 27972- Ley Organica de Municipalidades. Que, cabe indicar que conforme lo dispone el articulo 21° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la falta de prevision para atender las situaciones de desabastecimiento, acarrean las responsabilidades de los funcionarios o servidores involucrados, constituyendo una agravante si la situacion fue generada por dolo culpa inexcusable del funcionario o servidor de la entidad, por lo que el documento aprobatorio debera ordenar, el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47° de la Ley; debiendose precisar que por la situacion extraordinaria e imprevisible que ha sido motivada por las condiciones establecidas en el numeral 4.2.13 del Convenio suscrito con el Ministerio de Educacion, no se advierten responsabilidades en el presente caso. Que, la obra "Ampliacion y rehabilitacion de la I.E. 5093 ­ MORDAZA Raymondi, Urb. MORDAZA MORDAZA de Caceres" con codigo SNIP N° 51776 del Distrito de Ventanilla, el numero de beneficiarios y las metas del proyecto se encuentran definidos en el respectivo perfil de inversion publica. Siendo que a efectos de implementar el proyecto mencionado, la Municipalidad Distrital de Ventanilla carece de asignacion de recursos, considerando que para el presupuesto del ano 2009 tampoco ha sido considerado, lo que supone un riesgo, en ese sentido, el Ministerio de Educacion suscribe el Convenio Especifico de transferencia financiera para la ejecucion de proyectos de infraestructura educativa, de acuerdo a la Resolucion Ministerial N° 0439-2008-ED. Que, el informe legal, advierte que la situacion acontecida para la ejecucion de la presente obra, califica como una situacion de desabastecimiento inminente y, por tanto, emite opinion favorable, respecto de la exoneracion del MORDAZA de seleccion, el mismo que se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19 y en el articulo 21 de las normas MORDAZA invocadas. Que, el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala el procedimiento para el caso de

las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de seleccion. Que, el informe teecnico Nº 1357-2008/MDV-GDUO, senala que el valor para la presente obra asciende a S/. 1,724.376 nuevos soles. Que, la Resolucion Ministerial Nº 0439-2008-ED, resuelve en su articulo primero, autorizar una trasnferencia finaciera del pliego 010:Ministerio de Educacion, a favor de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, por la fuente de financiamiento 01:recursos ordinarios, para la ejecucion de proyectos de inversion publica, declarados viables; en el que se encuentra la obra: "Ampliacion y Rehabilitacion de la I.E. 5093 ­ MORDAZA Raymondi Urb. MORDAZA MORDAZA de Caceres" Codigo SNIP N° 51776 del Distrito de Ventanilla". Que, la ejecucion de la obra, mencionada en el parrafo precedente, se encuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2008, mediante Resolucion de Gerencia Municipal No. 295-2008/MDV/ GM de 16 de diciembre del 2008. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley No. 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 41 de la Ley 27972- Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidas a asuntos institucionales, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto; y Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, el Concejo Municipal con el MORDAZA POR UNANIMIDAD, y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA:

Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion de licitacion publica por concurso oferta, para la elaboracion del expediente tecnico y la ejecucion de la obra: "Ampliacion y rehabilitacion de la I.E. 5093 MORDAZA Raymondi, Urb. MORDAZA MORDAZA de Caceres" del Distrito de Ventanilla, por causal de desabastecimiento inminente. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, a contratar en forma directa con sujecion al articulo 148° del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la elaboracion el expediente tecnico y la ejecucion de la obra referida en el articulo precedente por el monto de S/. 1,724.376 nuevos soles, incluido impuestos, a financiarse con los recursos provenientes de la trasnferencia financiera autorizada a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0439-2008-ED, por el plazo de cuatro meses. Articulo Tercero.- COMUNICAR a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el presente Acuerdo, asi como disponer su publicacion en el SEACE y el Diario oficial "El Peruano", dentro del plazo de Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 292781-1 ACUERDO DE CONCEJO N° 172-2008­MDV-CDV Ventanilla 17 de diciembre del 2008 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de diciembre del 2008, el Informe legal Nº 514-2008/MDV-

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