Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2008 (20/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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2.- El sorteo publico se desarrollara con las siguientes caracteristicas: a) Se utilizara un anfora donde se depositaran los numeros de codigo de los contribuyentes que se encuentren al dia en sus pagos. b) Se procedera al respectivo movimiento del anfora, para luego extraer el numero ganador, este MORDAZA sera en todo momento publico y mostrado a los concurrentes, paso por paso. c) Completado este primer MORDAZA, se indagara a traves del sistema informatico el nombre del contribuyente ganador. d) Se llamara a los ganadores y se efectuara la entrega simbolica del premio en el mismo acto. e) El Notario Publico MORDAZA fe del numero de codigo de contribuyente que salga sorteado, de la entrega del premio, a fin de que se cumpla con el protocolo que MORDAZA el sorteo.

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Regulan Servicio de Transporte Publico de Pasajeros en Vehiculos Menores e incorporan MORDAZA Cuadro de Infracciones y Sanciones
ORDENANZA N° 061-2008-MDP Pucusana, 22 de noviembre de 2008 ACUERDO DE CONCEJO EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO: Visto, en Sesion de Concejo celebrado en la fecha y el pedido formulado por el senor MORDAZA, para reglamentar el servicio de Transporte Publico de Pasajeros de vehiculos Menores (MOTOTAXIS), con EL PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DE VEHICULOS MENORES (MOTOTAXI), LOS PARADEROS, EMPRESAS Y ASOCIACIONES DE TRANSPORTE QUE PRESTAN DICHO SERVICIO. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales son organos de gobierno que poseen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de conformidad al Articulo 81º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" numeral 1.2 las Municipalidades provinciales tienen la funcion de normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia. Asimismo el numeral 1.6. de la Ley MORDAZA mencionada establece que las Municipalidades provinciales tienen como funcion la de normar, regular y controlar la circulacion de vehiculos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza. Que, el Articulo 15º de la Ley Nº 27181 "Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre" senala a las Municipalidades, como autoridades competentes respecto al transporte y MORDAZA terrestre segun corresponda, constituyendo objetivos permanentes de la municipalidad, preservar la seguridad publica, dar fluidez al MORDAZA vehicular y peatonal, educar y capacitar a la poblacion en el correcto uso de las vias publicas entre otros. Que, la Ley Nº 27189 Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, tiene por objeto reconocer y normar el caracter y la naturaleza del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. Que, el servicio de transporte en vehiculos menores es una actividad que permite la movilizacion de la poblacion en rutas cortas dentro de cada gobierno local, consecuentemente, constituye un complemento el servicio MORDAZA de Pasajeros. Que, siendo necesario el mejor control y ordenamiento del transporte de servicio publico de pasajeros en vehiculos menores en el Distrito de Pucusana, es imprescindible establecer, rutas de transporte, paraderos que seran de uso obligatorio, reconocer a las empresas formalmente constituidas como las unicas dedicadas a la prestacion de este servicio. Que, la Ordenanza Nº 241 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (31-Octubre-1999), se convierte en MORDAZA MORDAZA que regula este MORDAZA de servicio, clasificando al Mototaxi como vehiculo menor con ciertas caracteristicas y restricciones para prestar el servicio; senala entre otros aspectos que las Municipalidades Distritales son las competentes en aprobar y autoriza el servicio de transporte de vehiculo menor (Mototaxis) de empresas dedicadas a la prestacion de dicho servicio, Las Zonas de Trabajo,

V.- DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS Los que resulten ganadores, en caso de ser personas naturales, deben de acreditar su identidad mediante Documento Nacional de Identidad. Para las personas juridicas, poder debidamente inscrito en los Registros Publicos y MORDAZA del RUC. La entrega es personal, previa verificacion del codigo de contribuyente, pudiendo ser esta realizada durante el sorteo, de encontrarse presente el ganador, contando con la conformidad del Notario y del representante del Ministerio del Interior. De no encontrarse presente el ganador, la entrega se realizara en el domicilio fiscal del contribuyente cuyo codigo corresponda al numero ganador. Los asi notificados deberan presentarse personalmente ante la Gerencia de Rentas de lunes a viernes en horario de oficina, la cual gestionara el retiro del Almacen el premio a entregar, mediante el acta correspondiente con la suscripcion y asentamiento de huella digital del indice derecho del favorecido y suscripcion de guia de entrega de premio.

VI.- CASOS ESPECIALES EN LA ENTREGA DEL PREMIO En caso que el contribuyente, cuyo codigo corresponda al numero ganador, hubiere fallecido, podran solicitar la entrega del premio, quienes acrediten ser herederos mediante Sucesion Intestada o Declaratoria de Herederos. Adicionalmente, en estos casos, previo a la entrega del premio, los herederos con anterioridad al sorteo deberan haber regularizado la condicion de propiedad y situacion tributaria, mediante el procedimiento correspondiente ante la Sub Gerencia de Administracion Tributaria. En caso de que el ganador se encontrase impedido de asistir personalmente a recoger el premio obtenido, podra efectuarlo a traves de un tercero debidamente premunido de la autorizacion correspondiente, mediante poder notarial la persona autorizada se apersonara portando el poder descrito y original de su Documento Nacional de Identidad. Cualquier circunstancia no contemplada en estas bases, sera resuelta por la Gerencia Municipal, sin que su decision sea objeto de queja o impugnacion. VII.- PLAZO PARA RECOGER EL PREMIO Los ganadores del sorteo podran recoger los premios hasta el 31 de enero de 2008. Dicho plazo es improrrogable. VIII.- DESTINO DEL PREMIO NO RECOGIDO. En caso que el ganador debidamente notificado, no MORDAZA reclamado y/o recogido el premio dentro del plazo descrito precedentemente, el mismo pasara a constituir patrimonio de la Municipalidad de Carabayllo. IX.- RELACION DE GANADORES La publicacion del contribuyente ganador del premio sorteado, sera al dia habil siguiente del evento y, sera a traves de los siguientes medios: - Publicacion en las sedes de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicacion en la Pagina Web de la Municipalidad de Carabayllo. - Publicacion en un diario de circulacion nacional. 292569-1

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