Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2008 (20/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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"C" del Art. 20 de Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiendose el cumplimiento del Art. 148 del D. S. MORDAZA referido, en cuyo caso la adquisicion debe ser inmediata y con caracter definitivo, para la suscripcion del contrato respectivo por el titular del pliego, asi mismo, se debe tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art 150 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneracion no son impugnables. Por las consideraciones expuestas, de conformidad a los Arts 39 y 41 de la ley Organica de Municipalidades, por unanimidad del pleno de Regidores: ACORDO POR UNANIMIDAD:

Primero.- APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la adquisicion del terreno destinado para el Instituto Regional del Cafe, de conformidad al Art. 19 del D. S. Nº 083-2004-PCM y el D. S. Nº 084-2004-PCM, por considerarse un bien inmueble insustituible, la misma que sera financiada por la fuente de financiamiento FONCOMUN, por un valor referencial de S/. 65,000.00 nuevos soles (sesenta y cinco mil). Segundo.- Se disponga que la Oficina encargada de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, se encargue del cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148 del Texto Unico Ordenado del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por D. S. Nº 084-2004-PCM y la compra venta sera inmediata mediante escritura de compra y venta, en razon de que la contratacion sera de caracter definitivo. Tercero.- Publicar el Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUJE MORDAZA 290709-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de terreno destinado a la planta de tratamiento de reservorio de agua potable
ACUERDO DE CONCEJO Nº 128-2008-MDP Pichanaki, 25 de Noviembre del 2008. VISTOS: En Sesion Ordinaria de Consejo Municipal de fecha 25 de Noviembre del ano 2008, vistos el informe Tecnico Nº 1530-2008-IDUR/MDP y la Opinion Legal Nº 406-2008-OAJ-MDP, de fecha 15 de Noviembre del ano 2008, referido a la causal de exoneracion del MORDAZA de seleccion cuando los bienes no admiten sustituto o exista proveedor unico. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Art. 194 de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la ley 27972 ­ Ley Organica de Municipales; las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 41 de la ley Organica de Municipalidades Nº 27972, preve que los acuerdos son decisiones que toma el consejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal, institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. E) del Art.19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos o exista unico proveedor.

Que, la causal descrita precedentemente guarda relacion con lo normado en el Art. 141 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que establece en su MORDAZA parrafo la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, en concordancia con el D. S. 083-2004PCM, en su Art 19 describe que la exoneracion de los procesos de seleccion, estando consideradas entre ellas las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, en este sentido dado el MORDAZA legal, cuyo caso es aplicable al presente conforme el informe tecnico Nº 1530-2008-IDUR/MDP emitido por la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA y Rural de fecha 29 de Agosto del ano 2008, sobre LA JUSTIFICACION DEL MORDAZA DE EXONERACION PARA LA ADQUISICION DE TERRENO PARA LA PLANTA DE RESERVORIO Y TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE DEL PROYECTO PICHANAKI ­ SANGANI, mediante el presente se remite a la Oficina de Asesoria Legal y consecuentemente a sesion de consejo a fin de aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para adquirir el terreno, con fines de instalarse la infraestructura de la planta de reservorio y tratamiento de agua potable en el Distrito de Pichanaki asi mismo describe que existe el Acta de Acuerdo de fecha 06 de junio por medio del cual se tomaron los acuerdos, considerando que la ejecucion del proyecto es una necesidad inmediata, que cada entidad se comprometa, con la obra de ampliacion, mejoramiento, de los sistemas de agua potable y Alcantarillado Sangani ­ Pichanaki, quienes participaron la EPS MORDAZA Central S.A. representado por Econ. MORDAZA R. MORDAZA Casabona, Gerente General, Gobierno Regional de MORDAZA, Ing. MORDAZA A. MORDAZA C. Coordinador de Obras, MORDAZA del MORDAZA, por Consorcio Chanchamayo, Arq. MORDAZA Lombardi P. por la Municipalidad de Perene, Ing. Tonino MORDAZA MORDAZA por la Municipalidad Distrital de Pichanaki, mediante el cual se tomaron los acuerdos conforme a la letra del acta describe. Y mediante acta de inspeccion fisica, de fecha 10 de junio del presente ano, con presencia de los mismos actores responsables, se inspecciono el terreno, donde se tiene proyectado la construccion de la planta de tratamiento de reservorio de 700 m3 para Pichanaki, y de 1600 m3 para Sangani, por lo que verificaron y determinaron las caracteristicas del predio para su instalacion, por los funcionarios donde establecieron que el predio reune los requisitos, condiciones para la construccion como unico bien y que fue encargado a la Municipalidad del Distrito de Pichanaki para su adquisicion, conforme obra acta de compromiso. De la misma forma existe un requerimiento formal de adquisicion de terrenos, para la obra mejoramiento y ampliacion de los sistemas de agua potable y alcantarillado de Pichanaki ­ Sangani, requerido por la Entidad Prestadora de Servicio de Saneamiento "Selva Central S.A." de fecha 20 de junio del presente ano, senalando que siendo una necesidad la adquisicion de los terrenos en donde estaran ubicados la plata de tratamiento de Agua Potable. y habiendo un compromiso por parte de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, para la adquisicion de dichos terrenos, por la cual se elevo a nuestra representada para su adquisicion de dicho predio, conforme el expediente tecnico aprobado por el Gobierno Regional. Existe el plano del proyecto de la obra aprobado por el Gobierno Regional, donde se determina y se identifica el lugar a construirse, dentro de la propiedad de la Asociacion de Pequenos Productores La MORDAZA, asi mismo se encuentra inscrito la posesion en los Registros Publicos de Satipo Partida Nº 11023402, bajo el asiento 2007-00005153, posee su plano perimetrico, acta de asamblea ordinaria donde delegan a sus representantes, firmar cualquier acto, venta, transferencia y/o donacion Asi mismo existe el Informe Tecnico Nº 002-2008-CCH/ RO/LDA, remitido por el Ing MORDAZA del MORDAZA Alcazar, Residente de la Obra Consorcio Chanchamayo, senala que el predio a adquirir destaca por su area, asi como por su ubicacion geografica, estrategica y principalmente por la cota de entrega del sistema por gravedad de la linea de conduccion, por su importancia el terreno es de seleccion unica ya que reune los requisitos tecnicos necesarios para la ejecucion de los componentes proyectados de la linea de conduccion, de la planta de tratamiento de agua y reservorios y de las lineas de adiccion beneficiando el Distrito de Pichanaki ­ Sangani lo que concluye, considerando una necesidad y urgencia de contar con la instalacion de la planta de tratamiento de Agua Potable

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