Norma Legal Oficial del día 20 de Diciembre del año 2008 (20/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 20 de diciembre de 2008

en el Distrito de Pichanaki el proyectista ha ubicado los terrenos de los componentes del sistema, con un criterio tecnico, economico que permita el funcionamiento del sistema en su conjunto y de la seleccion de alternativa de ubicacion de los terrenos de los componentes del sistema han sido determinados como unica alternativa y viable, existe un INFORME LEGAL Nº 189-2008-OAJ-MDP, que senala en atencion a los documentos, los terrenos se encuentran saneados, por lo recomienda pase a Consejo Municipal, a fin de determinar la compra y el monto a ser cancelado, por lo que pasa a Sesion de Consejo y mediante ACUERDO DE CONSEJO Nº 070-2008-MDP, de fecha 23 de MORDAZA presente, se autoriza al Econ. MORDAZA MORDAZA Muje, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, en su condicion de representante legal, suscriba las Minutas, y/o Escrituras Publicas de Compra ­ Venta de 01 terreno, ubicado dentro de la Asociacion de Pequenos Productores La MORDAZA de una Extension Superficial conforme el estudio tecnico del proyecto de la obra para la planta de tratamiento de agua potable, es de 10161.40 m2. Que, estando al INFORME LEGAL Nº 406-2008-OAJMDP. De fecha 15 de noviembre del ano 2008, sobre MORDAZA de exoneracion de seleccion, por el cual la oficina de Asesoria legal ante los antecedentes y acciones relazadas, informes tecnicos Nº 002-2008-CCH/RO/LDA ­ INFORME TECNICO Nº 1530-2008-IDUR-MDP de fecha 15 de noviembre del 2008, expedido por el Area Usuaria, Gerencia de Infraestructura Desarrollo MORDAZA y Rural, cuyo responsable Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, donde senala la justificacion del bien senalado como unico bien y que no hay otro bien que pueda sustituir a este bien identificado y que reune las caracteristicas de altura y dotacion para una correcta ejecucion, distribucion y desempeno hidraulico de la estructura acanteada que beneficiara al Distrito de Pichanaki, que se encuentra en la Asociacion de Pequenos Productores la MORDAZA del Distrito de Perene con fines de construirse la planta de tratamiento de agua potable por considerarse una situacion de emergencia de la MORDAZA Central. lo que concluye la Oficina de Asesoria Legal OPINA se disponga la exoneracion del MORDAZA de seleccion del predio y parte de la propiedad de la Asociacion de Pequenos Productores la MORDAZA, del predio denominado la MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11023402 del Registro de Propiedad de la Oficina Registral sede Satipo, del sector parte del fundo Sangani, por haberse considerado un bien que no se admite sustituto alguno y haber una situacion de emergencia de contar con una planta de tratamiento y reservorio de Agua Potable.

En tal sentido. la adquisicion y la exoneracion del MORDAZA de seleccion debe darse mediante acuerdo de Concejo Municipal, cumpliendo con las exigencias del Inc. "C" del Art. 20 de Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, disponiendose el cumplimiento del Art. 148 del D. S. MORDAZA referido, en cuyo caso la adquisicion debe ser inmediata y con caracter definitivo, para la suscripcion del contrato respectivo por el titular del pliego, asi mismo, se debe tenerse presente lo que dispone el Inc. 2 del Art 150 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, que dispone que los actos que aprueban la exoneracion no son impugnables. Por las consideraciones expuestas, de conformidad a los Arts. 39° y 41° de la ley Organica de Municipalidades, por unanimidad del pleno de Regidores: Acordo por unanimidad:

Primero.- APROBAR la EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION correspondiente a la adquisicion del terreno destinado para la planta de tratamiento del reservorio de Agua Potable del proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de Pichanaki ­ Sangani" de conformidad al Art. 19 del D. S. Nº 083-2004-PCM y el D. S. Nº 084-2004PCM, por considerarse un bien inmueble insustituible, la misma que sera financiada por la fuente de financiamiento FONCOMUN, por un valor referencial de S/. 65,000.00 nuevos soles (sesenta y cinco mil). Segundo.- Se disponga que la Oficina Encargada de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pichanaki, se encargue del cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148 del Texto Unico Ordenado del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D. S. Nº 084-2004-PCM y la compra venta sera inmediata mediante escritura de compra y venta, en razon de que la contratacion sera de caracter definitivo. Tercero.- Se ordene publicar del contenido del acuerdo de consejo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MUJE MORDAZA 290709-2

PUBLICACION DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES
Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributacion Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifican y aprueban el Regimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2009, deberan publicarse a mas tardar el 31 de diciembre de 2008. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestion que se genera por las MORDAZA de fin de ano, MORDAZA llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, MORDAZA del 21 de diciembre.

LA DIRECCION

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