Norma Legal Oficial del día 21 de Diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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n

385705
ICG
i 1

(1) Categoria Domestica a. Aplicacion de Asignacion de Consumo

ICI i n

- Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 40 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 40 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 20 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. - Usuarios con Asignacion de Consumo actual de 16 m3 se le aplicara Asignacion de Consumo equivalente a 20 m3. b. Vigencia de Asignacion de consumo

Donde n es el numero de Metas de Gestion. Indice de Cumplimiento Individual (ICI): En el caso de las metas de micromedicion, agua no facturada, presion, continuidad, relacion de trabajo y conexiones activas de agua, el ICI se calculara como la diferencia del valor del indicador de gestion obtenido por la empresa y el valor del ano base, dividida por la diferencia del valor determinado en la Meta de Gestion menos el valor del ano base, expresada en porcentaje:
ICI (ValorObten ido ValorAnoBa se) (ValorMetaGestion ValorAnoBa se) x100

- Las Asignaciones de Consumo de 40 m3 y 20 m3 se aplicaran hasta el termino del primer ano regulatorio de vigencia de la formula tarifaria. A partir del MORDAZA ano seran de aplicacion las Asignaciones de Consumo de 20 m3.

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 90º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD1, o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. 3. El importe a facturar por el servicio de agua potable a todos los usuarios pertenecientes al primer rango de la categoria social no incluira el cargo fijo. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 91º del "Reglamento de Calidad de la Prestacion de Servicios de Saneamiento", aprobada mediante Resolucion Nº 011-2007-SUNASS-CD2 , o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. La tarifa por servicio de alcantarillado se aplicara sobre el volumen de agua potable registrado por el medidor de consumo de agua potable o por el volumen de la asignacion de consumo aplicable.
1 2

Para el caso de la evaluacion de las metas de incremento anual de conexiones de agua potable y de incremento anual de conexiones de alcantarillado, se dividira el valor acumulado de las nuevas conexiones obtenido por la empresa en los anos previos al establecido para el incremento tarifario o al ano de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion, entre el valor acumulado previsto de esta Meta de Gestion en la presente resolucion para el mismo periodo.
n n

ICI

(
i 1

# Nuevas Conex Obtenidas i /
i 1

# Nuevas Conex Metai ) x100

Para el caso de la evaluacion de la meta de actualizacion de catastro y continuidad se procedera a dividir el valor obtenido por la empresa entre el valor de la meta.
ICI ValorObten ido ValorMetaGestion x100

Para el caso de la evaluacion de la meta de presion minima se procedera a dividir: el valor minimo obtenido por la empresa entre el valor minimo de la presion requerida.
ICI ValorMinim oObtenido ValorMetaGestion x100

Para el caso de la evaluacion de la meta de presion MORDAZA se procedera a dividir: el valor MORDAZA de la presion requerida entre el valor MORDAZA obtenido por la empresa.
ICI ValorMetaGestion / ValorMaximoObtenido x100

Publicado el 5 de Febrero de 2007 en el diario "El Peruano". Ibid.

ANEXO Nº 2 Evaluacion del Cumplimiento de las Metas de Gestion por parte de la EPS MORDAZA CENTRAL S.A. para el Primer Quinquenio I.- DEFINICIONES Ano: Es el periodo que comprende un ano calendario computado desde la entrada en vigencia de la formula tarifaria. Indicadores de Gestion: Son los parametros que permiten la determinacion del cumplimiento de las obligaciones de la empresa y por ende el control de su gestion. Queda entendido que los valores de las Metas de Gestion fijados para estos indicadores son aquellos a que se refiere el Anexo 1 de la presente Resolucion, los cuales son el resultado de la aprobacion de las formulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestion. Indice de Cumplimiento Global (ICG): Es el indice que se utiliza para medir el cumplimiento de las Metas de Gestion. Este indice es el resultado de la media aritmetica del indice de cumplimiento individual de cada Meta de Gestion a nivel EPS expresado en variacion porcentual.

Este calculo de Indices de Cumplimiento Individual se realizara con respecto a las Metas de Gestion para el ano anterior al incremento tarifario. Si el ICI resulta mayor al 100%, se considerara un cumplimiento individual de 100%. De caso contrario, si el ICI resulta menor a 0%, se considerara un cumplimiento de 0%. II.- Incrementos Tarifarios La verificacion por el Organismo Regulador del cumplimiento de las Metas de Gestion previstas para cada ano autoriza a la EPS MORDAZA CENTRAL S.A. a aplicar los incrementos de la Formula Tarifaria aprobada. El cumplimiento de las Metas de Gestion se evaluara con el Indice de Cumplimiento Global a nivel EPS (ICG). El calculo del ICG a nivel EPS se obtendra de los Indices de Cumplimiento Individual (ICI) de las metas de gestion a nivel EPS: incremento de conexiones de agua potable, incremento de las conexiones de alcantarillado, micromedicion, agua no facturada, presion MORDAZA, presion minima, relacion de trabajo, conexiones activas y actualizacion del catastro de agua y alcantarillado; y los ICI a nivel localidad trasformadas a nivel EPS de las metas de gestion: continuidad definida en el Anexo 1 de la presente resolucion. Para hallar el ICI a nivel EPS, de las metas de gestion por localidad, se procedera a calcular un promedio del ICI por localidad de cada meta, ponderado por el numero

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