Norma Legal Oficial del día 21 de Diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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consumo a la vez de simplificar las estructuras en beneficio de la transparencia. Para ello se ha realizado las siguientes acciones: i) simplificar la estructura tarifaria reduciendo la dispersion y numero de tarifas diferentes, ii) reducir el primer rango de consumo de la categoria Domestica a efectos de focalizar el subsidio a los usuarios de menores recursos y iii) definir las categorias faltantes en las estructuras tarifarias.

PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MORDAZA CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, EPS MORDAZA CENTRAL S.A. 1. Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS.

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- Determinacion de la formula tarifaria y metas de gestion: La determinacion de los valores de los parametros de la formula tarifaria se realizara a traves de una metodologia que consiste en definir ingresos que generen flujos de MORDAZA que, descontados a la tasa de descuento citada anteriormente, permitan que el VAN sea igual a cero, o lo que es lo mismo, que la tasa de descuento iguale a la Tasa Interna de Retorno (TIR) de la empresa. - Incrementos Tarifarios Condicionados: En la propuesta de formula tarifaria y metas de gestion no se ha tarificado el efecto de la implementacion de un conjunto de proyectos de inversion, que no cuentan con financiamiento. Entre estos proyectos se encuentra la ejecucion y puesta en operacion de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en las localidades La MORDAZA, Satipo y Pichanaki y los proyectos de ampliacion de la cobertura de los servicios de agua potable y alcantarillado por encima de lo establecido en las metas de gestion, tal como se aprecia en el apendice B del anexo 1. La version completa de dicho Estudio se encuentra a disposicion del publico en general en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). III. CONSIDERACIONES LEGALES.III.1 Facultades del Organismo Regulador

Aprueban formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran aplicables por SEDAM HUANCAYO S.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 107-2008-SUNASS-CD
MORDAZA, 15 de diciembre de 2008 VISTOS: La Resolucion Nº 005-2008-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para los proximos cinco anos de la empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Municipal de Huancayo Sociedad Anonima, SEDAM HUANCAYO S.A., conforme a lo establecido en el articulo 20º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007SUNASS-CD; El Memorandum Nº 239-2008-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulacion Tarifaria que presenta el Estudio Tarifario final, que contiene la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por SEDAM HUANCAYO S.A. para el proximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 005-2008-SUNASS-GRT, la Gerencia de Regulacion Tarifaria inicio el procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion para el siguiente quinquenio regulatorio, conforme a lo establecido en el articulo 20º del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; Que, mediante Memorandum Nº 177-2008-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria presento el Estudio Tarifario con la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por SEDAM HUANCAYO S.A. para el proximo quinquenio; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 065-2008-SUNASS-CD, se aprobo (i) la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS, del Proyecto de Resolucion que aprueba la formula tarifaria, estructuras tarifarias, metas de gestion, asi como de su exposicion de motivos y la relacion de informes que constituyen el sustento de la referida Resolucion, y (ii) la convocatoria a audiencia publica para que la SUNASS exponga el Estudio Tarifario; Que, con fecha 16 de octubre de 2008 se realizo la audiencia publica en la cual SUNASS sustento la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion de SEDAM HUANCAYO S.A.; Que, mediante Memorandum Nº 239-2008-SUNASS110, la Gerencia de Regulacion Tarifaria ha presentado el Estudio Tarifario Final, el cual contiene la evaluacion de los comentarios recibidos respecto al proyecto publicado y los expresados con ocasion de la audiencia publica; asi como la propuesta final de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran de aplicacion por SEDAM HUANCAYO S.A. para el proximo quinquenio; Que, conforme al articulo 31º del Reglamento General de Tarifas, corresponde en esta etapa aprobar la formula tarifaria, estructuras tarifarias y las metas de gestion para la citada EPS; Que, mediante Resolucion Nº 091-2008-SUNASS-CD, la SUNASS aprobo el incremento por IPM de 3.77%, para el periodo Julio-Septiembre del 2008, para aquellas EPS que no cuentan con Formula Tarifaria Final. Sin embargo, en el periodo en el cual se emitio dicha Resolucion la Gerencia de Regulacion Tarifaria estaba determinando la Formula Tarifaria Final para SEDAM HUANCAYO S.A.

De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Publica en los Servicios Publicos, y los articulos 24º y 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion correspondiente a EPS publicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El articulo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. El articulo 85º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS municipales, publicas, privadas y mixtas. Asimismo, el articulo 96º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que excepcionalmente, en caso las EPS no cumplan con presentar su Plan Maestro Optimizado dentro de los plazos establecidos para tal fin, la Superintendencia podra establecer la formula tarifaria, estructuras tarifaria y metas de gestion de oficio, de acuerdo con la directiva que para tal efecto apruebe. IV IMPACTO ESPERADO.La aprobacion de la formula tarifaria, las estructuras tarifarias y las correspondientes metas de gestion aplicables a EPS MORDAZA CENTRAL S.A. beneficia, por un lado, a la empresa prestadora publica, y por el otro, a la poblacion atendida. A la empresa prestadora publica debido a que su aplicacion debe coadyuvar a la sostenibilidad economica y la viabilidad financiera de la empresa en el tiempo. Por otra parte, la poblacion se beneficia al existir un compromiso de la empresa reflejado en las metas de gestion, cuyo cumplimiento debera traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo tambien un beneficio para la poblacion la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. RELACION DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION APLICABLES A LA ENTIDAD

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