Norma Legal Oficial del día 21 de Diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Segunda.- Corresponde a la Gerencia de Autorizacion y Control verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente MORDAZA, en coordinacion con la Subgerencia de Educacion, Deporte y Recreacion. Tercera.- Los aspectos no contemplados en el presente reglamento seran resueltos por la Autoridad Municipal competente, acorde con el ordenamiento legal vigente.

REGLAMENTO DE USO DE AREAS PUBLICAS PARA EL DEPORTE DE VUELO LIBRE Titulo I Generalidades Articulo 1º.- Alcance El presente Reglamento regula las actividades y procedimientos establecidos por la Ordenanza Nº 284MM, desarrollando los aspectos contemplados en la misma, especificamente para las actividades deportivas de Vuelo Libre (Parapente y Ala Delta) consignadas en los literales g) y k) del articulo 3º de dicha norma; no siendo de aplicacion a otras actividades deportivas; encontrandose sujetos a la presente MORDAZA, todas las personas naturales que en forma individual o asociada practican el vuelo planeado sin motor, con impulso muscular del piloto para el despegue, desde areas de uso publico del distrito. Articulo 2º.- Sujetos autorizados Podra obtener la Autorizacion Temporal para el uso de espacios publicos para ejercer deportes de aventura, cualquiera de las personas naturales y/o juridicas comprendidas dentro de lo establecido en el Titulo II De la Autorizacion de la Ordenanza Nº 284-MM. La MORDAZA promueve la asociacion de diversas personas juridicas con miras a conformar patrimonios mayores y un mayor numero de asociados; para el caso del deporte de Vuelo Libre, las personas juridicas autorizadas seran las Academias de Deporte de Aventura ­ Vuelo Libre. Articulo 3º.- Participacion de las personas naturales y/o personas juridicas Para efectos de la presente MORDAZA, las Academias de Deporte de Aventura ­ Vuelo Libre, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 11º de la Ordenanza Nº 284-MM, seran autorizadas a realizar la instruccion, obtener el uso de un area delimitada de MORDAZA u otros espacios para sus actividades y dedicarse a la ensenanza, capacitacion, practica, adiestramiento, entretenimiento en el Deporte de Aventura ­ Vuelo Libre en areas de uso publico del distrito, pudiendo tambien promover el deporte y el turismo de aventura. Asimismo, las personas naturales podran promover el deporte de aventura, en las areas de uso publico delimitadas, previa coordinacion y recomendaciones de cualquier persona juridica autorizada, quien extendera la MORDAZA respectiva, sin perjuicio para la Municipalidad de las responsabilidades que implique la inobservancia de las recomendaciones. Titulo II De la Autorizacion Articulo 4º.- Fines de la autorizacion Por medio de la autorizacion senalada en la Ordenanza Nº 284-MM, la administracion municipal otorgara un espacio claramente delimitado en areas de uso publico del distrito, a un operador particular, que sera una Academia de Deporte de Aventura - Vuelo Libre; la misma que debera instruir a sus asociados las reglas de seguridad internas en el area de vuelo, sin perjuicio de la supervision de dichas areas. Sobre estas, otras empresas no podran obtener autorizacion por parte de la administracion municipal. La Subgerencia de Fiscalizacion y Control verificara el cumplimiento de esta disposicion. La autorizacion para delimitar dichas areas no permite bajo ningun concepto, la construccion de obras privadas de ningun MORDAZA por parte de los particulares; las cuales seran autorizadas unicamente por la Gerencia de Obras y Servicios Publicos de la Municipalidad de Miraflores. Articulo 5º.- Uso de la autorizacion por personas naturales Las personas naturales podran dedicarse a la ensenanza, instruccion, capacitacion, adiestramiento, esparcimiento de otras personas bajo su responsabilidad directa, pudiendo en dicho caso, hacer uso de la autorizacion otorgada a una Academia en el espacio debidamente autorizado; la cual supervisara y monitoreara permanentemente a dicha persona. Articulo 6º.- Participacion de la persona juridica en vuelos con terceros Corresponde a la Academia de Deporte de Aventura

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Aprueban Reglamento de Uso de Areas Publicas para el Deporte de Vuelo Libre
DECRETO DE ALCALDIA Nº 027-2008-MM
EL MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO; El memorando Nº 049-2008-GPS/MM, de fecha 6 de octubre de 2008, el mismo que considera necesario regular las actividades de instruccion del Deporte de Vuelo Libre, al MORDAZA de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 284MM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia, se establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas municipales; asi como se establecen los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal; tal como lo establece el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo al articulo 82º de la MORDAZA MORDAZA citada, corresponde a las municipalidades fomentar el turismo sostenible; como regular los servicios destinados a ese fin; asi como normar, coordinar y fomentar el deporte, mediante el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas; Que, mediante Ordenanza Nº 284-MM, de fecha 22 de MORDAZA del 2008, se aprobo la regulacion de la Practica de los Deportes de Aventura en Areas Publicas del distrito de Miraflores; por lo que corresponde reglamentar los procedimientos y detalles conforme lo establece la Tercera Disposicion Transitoria y Complementaria de la citada norma; Que, conforme lo establece la MORDAZA G.040 del Reglamento Nacional de Edificaciones, los parques pueden contener instalaciones para el esparcimiento o para la practica de un deporte; Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º y del articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Uso de Areas Publicas para el Deporte de Vuelo Libre, el mismo que consta de cuarenta y tres (43) articulos y tres (3) disposiciones complementarias y transitorias. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalizacion y Control actue de acuerdo con sus atribuciones y competencias establecidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Miraflores. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Educacion, Deporte y Recreacion la supervision y el cumplimiento del Reglamento de Uso de Areas Publicas para el Deporte de Vuelo Libre. Articulo Cuarto.- El integro del Reglamento de Uso de Areas Publicas para el Deporte de Vuelo Libre, sera publicado en la pagina web de la Municipalidad de Miraflores, www.miraflores.gob.pe. Articulo Quinto.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Dado en el Palacio Consistorial de Miraflores, a los doce dias del mes de diciembre de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA

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