Norma Legal Oficial del día 21 de Diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

armonizados con las politicas Nacionales, Regionales y Locales y de acuerdo a las lineas de intervencion elegibles para las transferencias programaticas a los Gobiernos Locales, Distritales, se ha establecido para el ano 2008 la ejecucion de una de las Obras a financiarse, referente a "Construccion 04 aulas, Direccion, SS. HH. CESM MORDAZA MORDAZA ­ Anexo Ingenio - Meta: 01 aula + 01 direccion ­ Distrito MORDAZA MORDAZA ­ Luya ­Amazonas", con una partida presupuestal de S/. 160,000.00 (CIENTO SESENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); El Gobierno Regional Amazonas, otorgara a la Municipalidad a la firma del convenio la suma de S/. 120,000.00 (CIENTO VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), correspondiente al Costo Directo y Gastos Generales de obra, reteniendo la suma de S/. 40,000.00 (CUARENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) para Gastos de Supervision, Gastos Administrativos (seguimiento y monitoreo) y costo de elaboracion de Expediente Tecnico, afectandose a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados ­ Programa de Inversion 2008 ­ Gobierno Regional Amazonas; Y con relacion a la Adquisicion de Materiales de Construccion de conformidad con las Bases; con una partida presupuestal de S/. 95,967.89 (NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTISIETE Y 89/100 NUEVOS SOLES), afectandose a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados ­ Programa de Inversion 2008 del Gobierno Regional Amazonas; Que, la Decima Septima Disposicion Final, de la Ley Nº 29142, establece que los Proyectos de Inversion Publica, de los Gobiernos Regionales, enmarcados dentro de las competencias de los Gobiernos Locales, que MORDAZA inferiores a Un Millon y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1'000,000.00), delegan su ejecucion a los Gobiernos Locales del mismo Departamento, mediante Convenios de Cooperacion; Que el Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, senala que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Art. 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el articulo 22º de la Ley; asimismo, indica que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, no pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos consecutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion al MORDAZA de seleccion; Que, considerando la grave realidad que viene atravesando las diferentes Instituciones Educativas, del nivel Inicial, Primario y MORDAZA en la Jurisdiccion del Distrito de MORDAZA MORDAZA, debido a una inadecuada oferta de servicios educativos y la inadecuada infraestructura para el logro del aprendizaje en las areas de Comunicacion Integral, Logico Matematico de los alumnos de los tres primeros MORDAZA de primaria y equipamientos inadecuados de todos los niveles educativos, sin saneamiento fisico legal, que no se orientan a la investigacion educativa y Cientifica y la escasez de Laboratorios que no permiten la calidad en la educacion de los estudiantes cenido al incumplimiento de la normatividad tecnica y pedagogica, otras infraestructuras con necesidad de rehabilitacion, construccion y mejoramiento, al igual que la renovacion de mobiliario y equipos, unido a las limitadas condiciones socio familiares para apoyar los procesos de aprendizaje de sus hijos, debido a la falta de sensibilizacion de la propuesta educativa y para poner en practica la articulacion de las Instituciones Educativas en este entorno sociofamiliar, anadiendose la desnutricion infantil, que recae en la falta de atencion y concentracion y baja motivacion para el juego y exploracion de los ninos, asi como lo bajos niveles de autoestima causados por la violencia y el mal trato , mas aun si se tiene en cuenta los limitados recursos educativos y las herramientas necesarias para desarrollar las actividades educativas asi como nuevos

y mayores aprendizajes que repercuten en el limitado acceso a oportunidades de desarrollo humano, trayendo consigo incremento en las tasa de repitencia, extra edad y desercion, con procesos de ensenanza y aprendizaje y sistemas debiles de evaluacion, con procesos pedagogicos deficientes por parte de los docentes y el insuficiente acompanamiento de monitoreo a los procesos educativos y la falta de articulacion de los diferentes modelos pedagogicos en los diferentes niveles educativos. Estas situaciones a puesto en tela de juicio y por MORDAZA convierte en emergencia la actual situacion educativa de todo el ambito distrital de MORDAZA MORDAZA, que merece una urgente atencion por parte de todas las autoridades. Que, mediante Informe Tecnico Nº 003-2008-CE-MDSC/ PL/RA se especifica, que resulta urgente y necesario, llevar a cabo un MORDAZA de Seleccion por exoneracion, bajo la modalidad de Desabastecimiento Inminente, referente a un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de materiales de construccion para la obra "Construccion 04 aulas, Direccion, SS. HH. CESM MORDAZA MORDAZA ­ Anexo Ingenio ­ Meta: 01 Aula + 01 Direccion ­ Distrito MORDAZA MORDAZA ­ Luya ­Amazonas", con Codigo SNIP 13976, con referencia al Expediente Tecnico; Que, mediante Informe Legal Nº 003-2008-ALE-MDSC/ PL/RA, se especifica, que resulta procedente convocar a un MORDAZA de Seleccion, por Exoneracion, bajo la causal de Desabastecimiento Inminente y que se sintetiza en el Articulo VIII de la Ley Nº 27972, el Articulo 19º del TUO del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, concordante con el Articulo 22º, asimismo con el Articulo 141 del Reglamento de la Ley de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, entre otros; Que, el Art. II de la Ley 27972, concordante con el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru y los Art. 8º y 9º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, senalan que los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Y que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; En uso de las facultades conferidas en el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, los Informes Tecnico y Legal senalados en el Visto; el Concejo Municipal, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA:

Articulo Primero.- Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente, por la causal de Desabastecimiento Inminente, hasta el tiempo que dure el MORDAZA de Seleccion, referente a la adquisicion de materiales de construccion para la obra "Construccion 04 aulas, Direccion, SS. HH. CESM MORDAZA MORDAZA ­ Anexo Ingenio ­ Meta: 01 Aula + 01 Direccion ­ MORDAZA MORDAZA ­ Luya ­Amazonas" Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial del MORDAZA de Seleccion, encargado de llevar a cabo el MORDAZA para la adquisicion de materiales de construccion para la obra "Construccion 04 aulas, Direccion, SS. HH. CESM MORDAZA MORDAZA ­ Anexo Ingenio ­ Meta: 01 Aula + 01 Direccion ­ Distrito MORDAZA MORDAZA ­ Luya ­Amazonas", contratar directamente hasta por un monto de S/. 95,967.89 (NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTISIETE Y 89/100 NUEVOS SOLES), afectandose a la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados ­ Programa de Inversion 2008 del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Tercero.- Disponer que el Despacho de Alcaldia curse las comunicaciones a la Contraloria General de la Republica, y CONSUCODE a traves del SEACE, dentro del termino de 10 dias habiles, de conformidad con los articulos 20º y 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y sus modificatorias. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria de la Municipalidad la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en el plazo legal, asi como las demas acciones correspondiente para la ejecucion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Distrital

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